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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (11/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 67

Pág. 229805 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de setiembre de 2002 Que de otro lado la convocatoria a Licitación Pública Nacional Nº 001-2002-MDLL-CEA-PVL realizada en su oportunidad, fue declarada nula por los problemas a que se contrae en la Resolución Nº 426 de fecha 26 de agos- to del 2002. Para la adquisición de insumos del Progra- ma Vaso de Leche, de los meses de abril a diciembre del 2002 y para lo cual es necesario declarar de urgencia la compra del producto de los meses mayo y junio del pre- sente ejercicio presupuestal en tanto se inicia el proceso correspondiente para la adjudicación de los 6 restantes meses; Que el inciso c) de los Artículos 19º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, y Punto Nº 4º del Artículo 14º del Re- glamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 013-2001-PCM, dispone que están exonerados de Licitación Pública y Concurso Público las adquisiciones que se realicen en situación de Urgencia; Que el numeral 2) del Artículo 108º del Decreto Su- premo Nº 079-2001-PCM que modifica el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado pre- cisa que la situación de Urgencia constituye una medida temporal ante un hecho de excepción que determine una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indispensa- ble para paliar la urgencia; Que constituyendo recursos del Programa Vaso de Leche, elemento indispensable para financiar la ración alimentaria diaria, y siendo su desatención contingencia que pone en peligro la salud de los beneficiarios de la jurisdicción distrital, la misma que afectaría en forma ne- gativa, los objetivos del programa, a fin de garantizar las remesas de continuidad es necesario contar con los in- sumos a la brevedad posible en tanto dure el proceso correspondiente conforme a los dispositivos legales vi- gentes; Estando a los considerandos expuestos y a las faculta- des conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y a lo dispuesto por los Artículos 19º, 20º y 21º delDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y 105º, 113º, 114º, 115º y 116º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA, la adquisición de 24,026 latas de Leche Evaporada en presentación de 410 g. y 11,511.61 Kg. de hojuelas de avena precocida para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Las Lomas, co- rrespondiente a los meses de mayo y junio del 2002, se- gún el siguiente detalle: 1.- Valor Referencial :S/. 81,816.34 2.- Fuente de Financiamiento :Donaciones y Transferencias 3.- Relación de Ítems :Leche Evaporada S/. 46,130.34 Hojuela de Avena S/. 35,686.00 Artículo Segundo.- Autorizar al Área de Abasteci- mientos la adquisición de insumos para el Programa Vaso de Leche mediante proceso de adjudicación de menor cuantía en aplicación de los Artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución, dentro de los diez días calendario siguientes, a la Con- traloría General de la República, de conformidad con el último párrafo del Artículo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM. Disponiéndose su publicación en el Diario Oficial El Pe- ruano. Regístrese, comuníquese y archívese. ERNESTO MORALES R. Alcalde 16214 OSINERG Proyecto del Reglamento de Procedimiento de Comiso de Bienes como Sanción RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 1108-2002-OS/CD Lima, 15 de mayo de 2002 VISTO: El pedido de la Gerencia General, por el cual somete a aprobación del Consejo Directivo del Organismo Su- pervisor de la Inversión en Energía el Proyecto de Regla- mento de Procedimiento de Comiso de Bienes como Sanción. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia General ha elevado para su aproba- ción el Proyecto de Reglamento de Procedimiento de Co- miso de Bienes como Sanción; Que, para efecto de la aprobación del Reglamento an- tes mencionado, se requiere previamente de su prepubli- cación en el Diario Oficial El Peruano, a fin de acopiar las opiniones de las personas que tengan interés en hacer llegar las mismas; Que, a efecto de adecuar la política de transparencia institucional a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 032-2001-PCM y el Artículo 25º del Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, es necesario emitir una norma ordenan- do la prepublicación del citado Reglamento en el Diario Oficial El Peruano; y, Con la opinión favorable de la Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo 1 º.- Autorizar la prepublicación en el Diario Oficial El Peruano del Proyecto del Reglamento de Pro- cedimiento de Comiso de Bienes como Sanción, quecomo Anexo 1 forma parte integrante de la presente Re- solución. Artículo 2º.- Las sugerencias y observaciones serán recibidas por escrito en la Mesa de Partes de OSINERG - Gerencia General o vía correo electrónico usuarios@osinerg.org.pe hasta 15 días hábiles posterio- res de realizada la prepublicación en el Diario Oficial El Peruano. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo PROYECTO DE REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO DE COMISO DE BIENES COMO SANCIÓN Artículo 1º.- El Procedimiento de Comiso de Bienes como Sanción, es aplicable a las personas naturales o jurídicas que realizan actividades de comercialización de Hidrocarburos, así como almacenen envases y comer- cialicen Gas Licuado de Petróleo (GLP), sin contar con la Constancia de Registro vigente expedida por la Direc- ción General de Hidrocarburos (DGH) o la Dirección Re- gional de Energía y Minas (DREM) del Ministerio de Ener- gía y Minas, según corresponda. Artículo 2º.- El Comiso de Bienes se aplica en con- cordancia con lo dispuesto por la Escala de Multas y San- ciones aprobada por el Consejo Directivo. La Sanción de Comiso tiene por objeto: 2.1. Cumplir de manera ejemplar con el carácter pu- nitivo de la sanción. 2.2. Sea más ventajoso económicamente cumplir con la normatividad que incumplir 2.3. Tenga un claro efecto demostrativo y que pre- venga conductas no deseables que lleven a la