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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (14/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 229984 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de setiembre de 2002 RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Ma- rio Modesto Rojas Torres con matrícula Nº N-3564 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales Libro II: de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 16499 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS AATE Modifican el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones para el año fiscal 2002 AUTORIDAD AUTÓNOMA DEL PROYECTO ESPECIAL SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE LIMA Y CALLAO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 064-2002-AATE/PE Santiago de Surco, 11 de setiembre de 2002 VISTO: El Informe Nº 010-2002-AATE/LOG de fecha 03.09.2002 del Área de Logística de la Gerencia de Administración y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 039-2002-AATE/PE de fecha 26.04.2002, se aprobó la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao para el Año Fiscal 2002; Que, mediante el documento del visto se solicita la modificación del Plan Anual de Contrataciones y Adquisi- ciones por la reprogramación de metas propuesta por la Gerencia de Operaciones; Que, el artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre- to Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que el Plan Anual podrá ser modificado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramaciones de metas propuestas; Con la visación de la Gerencia General, Gerencia de Administración y Finanzas, Oficina de Planeamiento y Pre- supuesto y la Oficina de Asesoría Legal; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Am- pliatorias y Modificatorias; así como, lo establecido por el artículo 21º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 024-1-88-MIPRE del 1 de febrero de 1988 y el artículo 5º del Manual de Organización y Funciones de la AATE, aprobado por Re- solución de Presidencia Ejecutiva Nº 012-2000-AATE/PE de fecha 22.2.2000; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la modificación al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, según el detalle se- ñalado en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones se ponga en conocimiento del CONSUCODE y a la Comisión de PROMPYME, de conformidad con el artículo 7º del Regla-mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo Tercero.- La Gerencia de Administración y Fi- nanzas dará cumplimiento a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GANOZA DE ZAVALA Presidente Ejecutivo 16486 CONASEV Disponen inscripción de bonos corpora- tivos "Bonos YURA - Primera Emisión del Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda YURA" RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 063-2002-EF/94.11 Lima, 11 de septiembre de 2002 Vistos: El expediente Nº 2002/08860 presentado por YURA S.A. y el Memorándum Nº 0671-2002-EF/94.45 de fecha 11 de septiembre de 2002 de la Gerencia de Mercados y Emiso- res; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 304º de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, las sociedades pue- den emitir obligaciones; Que, mediante Junta General de Accionistas de YURA S.A. de fecha 6 de julio de 2002, se aprobó realizar un pro- grama de emisión de instrumentos representativos de deu- da hasta por Cuarenta Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 40 000 000,00), o su equivalente en Nuevos Soles, delegando en el Directorio la facultad de decidir todos los términos, las condiciones, tipos, modalidades de inscripciones y las características del Programa, incluyendo a sus emisiones y series; Que, en mérito a las atribuciones delegadas, el Direc- torio en sesión de fecha 9 de julio de 2002 acordó delegar a los señores Vito Modesto Rodríguez Rodríguez, Jorge Columbo Rodríguez Rodríguez y Francis Albert Pilkington Ríos, para que indistintamente, firmando en conjunto dos de ellos, ejerzan las facultades delegadas al Directorio en la Junta antes referida respecto al Programa; Que, con fecha 25 de julio de 2002, YURA S.A. solicitó la aprobación del trámite anticipado, el registro del pros- pecto marco correspondiente a las ofertas de valores a realizar en el marco del primer programa de emisión de instrumentos representativos de deuda denominado "Pri- mer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda YURA", así como la inscripción de dicho programa en el Registro Público del Mercado de Valores, los mismos que fueron aprobados mediante Resolución Gerencia General Nº 057-2002-EF/94.11; Que, mediante comunicación de fecha 4 y 10 de sep- tiembre de 2002 YURA S.A., solicitó la inscripción de los valores típicos denominados "Bonos YURA - Primera Emi- sión del Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda YURA" hasta por un monto de Cincuenta Millo- nes y 00/100 de Nuevos Soles (S/. 50 000 000,00), así como el consiguiente registro del complemento del pros- pecto marco a utilizar, en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la información requerida por el Reglamento de Oferta Pú- blica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, modifica- do por Resolución CONASEV Nº 059-2001-EF/94.10, así como las disposiciones aprobadas mediante Resolución Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguien- tes del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, así como a lo establecido en sesión del Directorio de CO- NASEV de fecha 6 de abril de 1999, de acuerdo a lo cual el Gerente General de CONASEV se encuentra facultado para