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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (05/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 23

PÆg. 242193 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de abril de 2003 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa AERO CONTINENTE S.A., Renovación y Modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial - Servicio de Transporte Aéreo Re-gular Nacional de Pasajeros, Carga y Correo, por el plazode cuatro (4) años contados a partir del 31 de marzo de2003, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Reso-lución Directoral Nº 065-98-MTC/15.16 del 25 de mayo de 1998, sujeto a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial - Transporte Aéreo Regular de Pasajeros, Carga y Correo. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Fokker 28.- Boeing 727-100.- Boeing 737-100.- Boeing 737-200. - Boeing 767-200. RUTAS Y FRECUENCIAS: - Lima - Tumbes - Lima, vía puntos intermedios, siete (7) frecuencias semanales. - Lima - Piura - Lima, vía puntos intermedios, siete (7) frecuencias semanales. - Lima - Tarapoto - Lima, vía puntos intermedios, siete (7) frecuencias semanales. - Lima - Yurimaguas - Lima, vía puntos intermedios, dos (2) frecuencias semanales. - Lima - Cajamarca - Lima, vía puntos intermedios, siete (7) frecuencias semanales. - Lima - Iquitos - Lima, vía puntos intermedios, siete (7) frecuencias semanales. - Lima - Tacna - Lima, vía puntos intermedios, siete (7) frecuencias semanales. - Lima - Arequipa - Lima, vía puntos intermedios, siete (7) frecuencias semanales. - Lima - Juliaca - Lima, vía puntos intermedios, siete (7) frecuencias semanales. - Lima - Cusco - Lima, vía puntos intermedios, siete (7) frecuencias semanales. - Lima - Puerto Maldonado - Lima, vía puntos interme- dios, siete (7) frecuencias semanales. - Lima - Andahuaylas - Lima, vía puntos intermedios, tres (3) frecuencias semanales. - Lima - Ayacucho - Lima, vía puntos intermedios, siete (7) frecuencias semanales. - Lima - Pucallpa - Lima, vía puntos intermedios, siete (7) frecuencias semanales. - Lima - Rioja - Lima, vía puntos intermedios, dos (2) frecuencias semanales. - Lima - Trujillo - Lima, vía puntos intermedios, siete (7) frecuencias semanales. - Lima - Chiclayo - Lima, vía puntos intermedios, siete (7) frecuencias semanales. - Lima - Ilo - Lima, vía puntos intermedios, tres (3) fre- cuencias semanales. - Lima - Andoas - Lima, vía puntos intermedios, siete (7) frecuencias semanales. - Tarapoto - Iquitos- Tarapoto, siete (7) frecuencias se- manales. - Iquitos - Pucallpa - Iquitos, siete (7) frecuencias semanales. - Andoas - Iquitos - Andoas, siete (7) frecuencias semana- les. - Pucallpa - Tingo María - Pucallpa, siete (7) frecuencias semanales. - Tarapoto - Chiclayo - Tarapoto, siete (7) frecuencias semanales. - Tarapoto - Trujillo - Tarapoto, siete (7) frecuencias se- manales. - Tarapoto - Pucallpa - Tarapoto, siete (7) frecuencias semanales. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional "Jorge Chávez".- Aeropuerto de Iquitos.- Aeropuerto de Tarapoto. SUBBASES DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Pucallpa. - Aeropuerto de Chiclayo.- Aeropuerto de Tacna. - Aeropuerto de Arequipa.- Aeropuerto de Trujillo.- Aeropuerto de Cusco. - Aeropuerto de Rioja. - Aeropuerto de Yurimaguas.- Aeropuerto de Puerto Maldonado.- Aeropuerto de Piura. Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la empresa AERO CONTINENTE S.A. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matrícula vigentes, expe-didos -de ser el caso- por el Registro Público de Aeronavesde la Oficina Registral de Lima y Callao; de sus Certificadosde Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidadospor la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, de la Póli- za o Certificado de Seguros que cubran los riesgos deriva- dos de su actividad aérea. Artículo 3º.- La empresa AERO CONTINENTE S.A. está obligada a presentar a la Dirección General de AeronáuticaCivil, los datos estadísticos e informes que correspondan asu actividad aérea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 4º.- La empresa AERO CONTINENTE S.A. está obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicaciónentre los puntos a operar, a fin de mantener permanenteinformación del tráfico aéreo que realizan sus aeronaves. Artículo 5º.- La empresa AERO CONTINENTE S.A. em- pleará en su servicio, personal aeronáutico que cuente con su respectiva licencia y certificación de aptitud expedidos oconvalidados por la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 6º.- La empresa AERO CONTINENTE S.A. podrá hacer uso de las instalaciones de aeropuertos y/oaeródromos privados, previa autorización de sus propie- tarios. Artículo 7º.- Las aeronaves de la empresa AERO CON- TINENTE S.A. podrán operar en las rutas, aeropuertos y/oaeródromos cuyas alturas y longitudes de pista estén com-prendidas dentro de sus tablas de performance aprobadaspor el fabricante y la autoridad correspondiente. Artículo 8º.- El presente Permiso de Operación será revocado de inmediato en forma automática, cuando elpeticionario incumpla las obligaciones contenidas en la pre-sente Resolución; o pierda alguna de las capacidades le-gal, técnica o económico- financiera, exigidas por la Ley Nº27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; o renun- cie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Técnicas de Operación. Artículo 9º.- Si la Administración verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentación presentada oen las declaraciones hechas por el interesado, la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil, procederá conforme a lo se- ñalado en el Artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 10º.- La empresa AERO CONTINENTE S.A. requiere para realizar sus actividades aéreas el corres-pondiente Certificado de Explotador, así como las Especi-ficaciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dis- puesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Ae-ronáutica Civil. Artículo 11º.- La vigencia del presente Permiso de Operación queda condicionada al cumplimiento de la obli-gación por parte de AERO CONTINENTE S.A., de otorgar la garantía global que señala el Artículo 93º de la Ley Nº 27261, en los términos y condiciones que establece suReglamento y dentro del plazo que señala la Quinta Dispo-sición Transitoria y Final de dicho dispositivo. El incumpli-miento de esta obligación determinará la automática revo-cación del presente Permiso de Operación. Artículo 12º.- La empresa AERO CONTINENTE S.A. deberá presentar cada año el Balance de Situación, elEstado de Ganancias y Pérdidas al 30 de junio y 31 dediciembre, y el Flujo de Caja proyectado para el año si-guiente. Artículo 13º.- El presente Permiso de Operación que- da sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil, Ley Nº 27261, el Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; asícomo a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. GABRIEL DELGADO LEÓN Director General de Aeronáutica Civil (e) 06212