TEXTO PAGINA: 24
PÆg. 242194 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de abril de 2003 VIVIENDA Aprueban addendum a convenio PNUD- Proyecto PER/01/011 y modifican su denominación RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2003-VIVIENDA Lima, 4 de abril de 2003 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 182-2001-MTC/ 15.01, del 4 de mayo de 2001, se aprobó el Convenio de Administración de Fondos del Programa Lote Familiar -PROFAM, hoy MIBARRIO, entre el Ministerio de Transpor-tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción y el Progra-ma de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD; Que, mediante Ley Nº 27792 se aprobó la Ley Orgáni- ca del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, precisándose, en la Quinta Disposición Complementaria,Transitoria y Final de dicha ley, que toda mención al enton-ces Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda yConstrucción en las disposiciones vigentes en materia devivienda, construcción y saneamiento, debe entenderse que están referidas al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, mediante Resolución Suprema Nº 013-2002-VI- VIENDA, del 18 de octubre de 2002, se aprobó el Adden-dum Nº 01 al Convenio PNUD-Proyecto PER/01/011 antescitado, por el cual se prorrogó el plazo de vigencia del mismo hasta el 31 de diciembre de 2002, de acuerdo a las metas previstas para dicho año; Que, a fin de concluir con las metas establecidas en el convenio y Addenda citada en el considerando preceden-te así como continuar con la Asistencia Técnica, se requie-re ejecutar la suma de S/. 1 822 002,00 durante el presen- te ejercicio; por lo que es necesario ampliar la vigencia del mismo; Que asimismo, a la fecha han variado la denominación y las condiciones de los Programas que dieron lugar a la deno-minación del Convenio, por lo que es necesario modificardicha denominación por "PROGRAMA VIVIENDA-PACHA- CÚTEC" para adecuarlo a las políticas de vivienda y desarro- llo urbano del sector, que permita superar el déficit barrial y lascarencias o desviaciones negativas respecto de estándaresurbanos de los componentes de infraestructura, de equipa-miento, acompañamiento social, administración de recursosde pueblos jóvenes y otras categorías de centros poblados, sin que por ello se afecte la naturaleza del mismo; Que, de acuerdo con el artículo 25º de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2003, los convenios de Administración de recursos que losPliegos Presupuestales suscriban con organismos interna-cionales para encargarles la administración de sus recur- sos, así como el caso de addendas, revisiones u otros que amplíen la vigencia, modifiquen o añadan metas no con-templadas originalmente en estos convenios, se apruebanpor Resolución Suprema del Sector correspondiente, pre-vio informe favorable de la Oficina de Presupuesto y Plani-ficación o la que haga sus veces; Que, mediante el Informe Nº 026-2003/VIVIENDA- OGPP, del 2 de abril de 2003, la Oficina General de Plani-ficación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Cons-trucción y Saneamiento ha opinado sobre la procedenciadel Addendum al Convenio de Administración a que sehace referencia en el considerando anterior de la presente Resolución Suprema; y, De conformidad con la Ley Nº 27879 - Ley de Presu- puesto del Sector Público para el año fiscal 2003, Decre-to Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y LeyesNºs. 27779 y 27792; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Addendum Nº 02 al Convenio PNUD-Proyecto PER/01/011 y modificar su denominaciónpor la de "PROGRAMA VIVIENDA-PACHACÚTEC" a ser suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Programa de las Naciones Unidas parael Desarrollo - PNUD, por el cual se prorroga su plazo devigencia hasta el 31 de julio de 2003, de acuerdo con lasmetas previstas para el presente año.Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Sa-neamiento. Regístrese, publíquese y comuníquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 06720 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen permanencia de especialista legal como Juez Suplente del VigØsi-mo Segundo Juzgado Especializado enlo Civil de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0141-2003-P-CSJL/PJ Lima, 3 de abril del 2003 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, mediante documento cursado en la fecha la doctora Ana Barrientos Orihuela, Juez Provisional del Vigésimo Segundo Juzgado Especializado en lo Civil deLima, solicita se le conceda ampliación de licencia pormotivos de salud a partir del dos de abril al primero demayo del año en curso, adjuntando para tal efecto elcertificado de incapacidad temporal para el trabajo que así lo acredita; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 086-2003- P-CSJL/PJ de fecha 4 de marzo del presente año se dispu-so designar a la doctora Roxana Uculmana López comoJuez Suplente del Vigésimo Segundo Juzgado Civil deLima a partir del cinco de marzo al primero de abril del actual estando a la licencia por salud requerida por la doc- tora Barrientos Orihuela; Que, estando a lo expuesto resulta necesario emitir pronunciamiento respecto a la permanencia de la doctoraRoxana Uculmana López como Magistrada Suplente delDespacho del Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Lima en tanto perdure la ausencia de la doctora Barrientos Orihue- la; Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judi-cial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la permanencia de la doctora ROXANA INÉS UCULMANA LÓPEZ, Especialista Legal adscrita a la Sala de Familia de Lima, como JuezSuplente del Vigésimo Segundo Juzgado Especializadoen lo Civil de Lima, a partir del tres de abril al primero demayo del dos mil tres. Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de laMagistratura, de la Gerencia General, Supervisión de Per-sonal del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Oficina deAdministración Distrital y del magistrado para los fines co-rrespondientes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA Presidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima 06687