Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2003 (09/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, sabado 9 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Cusco. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Regional de Cultura MORDAZA del Instituto Nacional de Cultura que establezca las acciones necesarias para la elaboracion del Plano de Delimitacion de la precitada MORDAZA Arqueologica con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de la MORDAZA Arqueologica mencionada en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de la MORDAZA Arqueologica declarada "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese.

queologico mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueologico declarado "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 14955 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 517/INC MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2003

MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 14954 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 516/INC MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 322 tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion Nº 19 de fecha 19 de junio del 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante Acuerdo Nº 322, de fecha 19 de junio del 2003, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico "Qespiwanka", ubicado en el distrito y provincia de Urubamba, departamento de Cusco; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico "Qespiwanka", ubicado en el distrito y provincia de Urubamba, departamento de Cusco. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Regional de Cultura MORDAZA del Instituto Nacional de Cultura que establezca las acciones necesarias para la elaboracion del Plano de Delimitacion del precitado Sitio Arqueologico con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion del Sitio Ar-

VISTO, el Acuerdo Nº 320 tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion Nº 19 de fecha 19 de junio de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante Acuerdo Nº 320, de fecha 19 de junio de 2003, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica Tarawasi, ubicada en el distrito Limatambo, provincia de Anta, departamento de Cusco; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica Tarawasi, ubicada en el distrito Limatambo, provincia de Anta, departamento de Cusco. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Regional de Cultura MORDAZA del Instituto Nacional de Cultura que establezca las acciones necesarias para la elaboracion del Plano de Delimitacion de la precitada MORDAZA Arqueologica con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de la MORDAZA Arqueologica mencionada en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de la MORDAZA Arqueologica declarada "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a

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