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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G39/G37/G39/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 14 de agosto de 2003 haya tenido en cuenta como requisito esencial a la per- sona del locador, ya sea por sus características inhe-rentes, particulares o especiales, o por su determinadacalidad, profesión, ciencia, arte u oficio, estableciendoel trámite y procedimiento para las adquisiciones y con-trataciones exoneradas; Que, DEVIDA de acuerdo a lo previsto en el artículo 7º de su Reglamento de Organización y Funciones aprobadopor Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM, establece que"Los Programas y Actividades de la Estrategia Nacionalcontra las drogas se ejecutarán a través de las diferentesinstituciones, organismos sectoriales y especializados delsector público y las municipalidades; así como las entida-des, empresas, asociaciones y organismos no guberna-mentales que se encuentren debidamente facultados paratal efecto"; Que, DEVIDA requiere contratar los servicios de una entidad que tome a su cargo la ejecución del Programa deSalud Materno Infantil y de Complementación Alimentariapara los infantes de 12 a 36 meses, en la provincia de Pa-dre Abad, departamento de Ucayali, programa que formaparte del Convenio con el Ministerio de Agricultura para elFortalecimiento del Desarrollo Alternativo en los valles delAlto Huallaga y Aguaytía; dentro del contexto de mejora-miento de servicios sociales y que se refiere el artículo 17ºdel citado Reglamento de Organización y Funciones deDEVIDA; Que, la Asociación Benéfica PRISMA es una Organización No Gubernamental de Desarrollo Perua-na, con personería jurídica que tiene una experienciade más de una década en el diseño, planificación y eje-cución de proyectos de salud y nutrición infantil comoel que se requiere implementar, lo que le ha permitidocrear modelos eficientes de intervención, que se vie-nen desarrollando en las áreas de desarrollo alternati-vo, así como en otras regiones del país. Un anteceden-te exitoso lo constituye, por ejemplo el denominado PAN-FAR (Programa de Alimentación y Nutrición de Familiaen Alto Riesgo) coejecutado con el Ministerio de Saluddurante 12 años en las 33 regiones de salud del país,con 2,400 establecimientos y atendiendo a más de60,000 familias por semestre que incluye niños meno-res de 5 años. Actualmente este programa continúa acargo del Ministerio de Salud; Que, Prisma viene desarrollando en la provincia de Padre Abad un programa de apoyo materno infantil parainfantes de 1-12 meses, a través de un Convenio con laDirección Regional de Salud. El proyecto que se propo-ne ejecutar con los recursos del Convenio DEVIDA-MI-NAG Sección 416 (b) ampliará la cobertura de madresy de niños en alto riesgo hasta los 36 meses de edad; Que, en ese orden de ideas, los artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado establecen los procedimientos y for-malidades a que deben someterse las contrataciones yadquisiciones exoneradas de los procesos de selecciónprecisándose, una vez aprobada la exoneración, que lacontratación deberá realizarse mediante acciones inme-diatas por el período que concluye el 31 de diciembrede 2003; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PCM, los artículos 105º, 111º, 113º, 115ºy 116º del Reglamento de la citada Ley aprobado medianteDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM y Decreto SupremoNº 032-2002-PCM que aprueba el Reglamento de Organi-zación y Funciones de la Comisión Nacional para el Desa-rrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Estando a la visación de las Gerencias de Desarrollo Alternativo, Asesoría Legal, Planeamiento y EvaluaciónGlobal y de Administración e Informática; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de Concurso Público para la contratación de los serviciospersonalísimos de la Asociación Benéfica PRISMA, para laprestación de los referidos en la parte considerativa de lapresente Resolución de Presidencia Ejecutiva, durante unperíodo que concluye el 31 de diciembre de 2003 y hastapor un monto de S/. 404,838 (Cuatrocientos Cuatro MilOchocientos Treintiocho y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Admi- nistración e Informática se encargue de realizar la contra-tación exonerada por la presente resolución conforme a laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y suReglamento, con cargo a la fuente de financiamiento Sec- ción 416 (b) del Convenio DEVIDA Ministerio de Agricultu-ra. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administración e Informática la publicación de la pre-sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, den-tro de los 10 días hábiles de su emisión, así como laremisión a la Contraloría General de la República decopia de la misma y de los documentos de vistos que lasustentan, dentro de los 10 días calendario siguientesa la fecha de aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.NILS ERICSSON CORREA Presidente Ejecutivo del Directorio 15226 INACC /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G72/G20/G72/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6D/G69/G6E/G65/G72/G61/G73/G20/G63/G75/G79/G6F/G73/G20/G74/GED/G74/G75/G6C/G6F/G73/G20/G68/G61/G6E/G20/G73/G69/G64/G6F/G20/G61/G70/G72/G6F/G2D /G62/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6A/G75/G6C/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G33 SECTOR ENERGÍA Y MINAS INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 02090-2003-INACC/J Lima, 7 de agosto de 2003 CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 015-2001-EM, actuali- zado mediante Decreto Supremo Nº 053-2002-EM, modifi-cado por Decreto Supremo Nº 002-2003-EM, se denominaa partir de la fecha como Instituto Nacional de Concesio-nes y Catastro Minero - INACC, al Organismo Público Des-centralizado del Sector Energía y Minas encargado de lasfunciones de tramitar las solicitudes y otorgar las conce-siones mineras, así como la administración del Derecho deVigencia y Catastro Minero; Que, el artículo 5º de la norma legal antes citada, dispone que a partir de su vigencia, las menciones alRegistro Público de Minería existentes en el Texto Úni-co Ordenado de la Ley General de Minería, aprobadopor Decreto Supremo Nº 014-92-EM, y demás normaslegales y reglamentarias relacionadas, se entenderáncomo referidas al Instituto Nacional de Concesiones yCatastro Minero - INACC; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Mi-nería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM,el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero- INACC, publicará mensualmente en el Diario Oficial -El Peruano-, por una sola vez, la relación de concesio-nes mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados enel mes anterior; Con la visación de la Dirección General de Concesio- nes Mineras y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 124 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, apro-bado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el Artículo 24del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese, en el Diario Oficial El Pe- ruano, las concesiones mineras cuyos títulos fueron apro-bados en el mes de julio del 2003, de acuerdo a la relaciónadjunta que forma parte integrante de la presente resolu-ción y para los efectos a que se contraen los Artículos 124del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24 del Decreto Su-premo Nº 018-92-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS BARCELLOS M. Jefe Institucional 15157