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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G39/G37/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 14 de agosto de 2003 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G6C/G69/G6D/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G5A/G6F/G6E/G61/G20/G41/G72/G71/G75/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G20/G56/G65/G6E/G74/G61/G6E/G69/G6C/G6C/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G4F/G74/G75/G7A/G2D/G63/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 550/INC Lima, 4 de agosto de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 167 tomado por la Comisión Na- cional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 11 de fecha24 de marzo de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu-cación, con personería jurídica de derecho público interno,responsable de la promoción y desarrollo de las manifesta-ciones culturales del país y de la conservación del Patri-monio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Ampa- ro al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacio-nal de Cultura la función de proteger y declarar el Patrimonio Cul-tural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifes-taciones culturales, orales y tradicionales del país; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 075/ INC de fecha 19 de febrero de 2003, se declaró PatrimonioCultural de la Nación a la Zona Arqueológica Ventanillas deOtuzco, ubicada en el distrito de Baños del Inca, provinciay departamento de Cajamarca, con su respectiva FichaTécnica y Memoria Descriptiva; Que, mediante Acuerdo Nº 167 de fecha 24 de marzo de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomien-da a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura apro-bar el Plano de Delimitación de la Zona Arqueológica Ventani-llas de Otuzco, Nº P-1 de fecha noviembre de 2002, a escala 1/2000, con un área de 22,358.90 metros cuadrados y un perí-metro de 643.63 metros lineales, ubicado en el distrito de Ba-ños del Inca, provincia y departamento de Cajamarca, con surespectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y la Oficinade Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nacióny el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED; que aprueba elReglamento de Organización y Funciones del Instituto Na-cional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plano de Delimitación de la Zona Arqueológica Ventanillas de Otuzco, Nº P-1 de fecha noviembrede 2002 a escala 1/2000, con un área de 22,358.90 metros cua-drados y un perímetro de 643.63 metros lineales, ubicado en eldistrito de Baños del Inca, provincia y departamento de Cajamarca,con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 2º.- Disponer la inscripción en Registros Pú- blicos y en el Sistema de Información Nacional de Bienesde Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimo-nio Cultural de la Nación de la Zona Arqueológica mencio-nada en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua-rios, obras habitacionales y otros que pudiesen afectar oalterar el paisaje de la Zona Arqueológica declarada "Patri-monio Cultural de la Nación", deberá contar con la aproba-ción del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridadespolíticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 15127INDECOPI /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G2D /G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G61/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G61/G6C/G20/G54/G72 /G61/G6E/G73/G69/G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G6C /G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G44/G45/G43/G4F/G50/G49 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 080-2003-INDECOPI/DIR Lima, 11 de agosto de 2003 CONSIDERANDO:Que el señor Paolo del Águila Ruiz de Somocurcio ha presentado renuncia al cargo de Secretario Técnico de laSala Concursal Transitoria del Tribunal del Indecopi; Que la citada renuncia ha sido aceptada por el Directo- rio de la Institución; y, De conformidad con el inciso e) del artículo 5º del De- creto Ley Nº 25868; RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Paolo del Águila Ruiz de Somocurcio al cargode Secretario Técnico de la Sala Concursal Transitoriadel Tribunal del Indecopi, con efectividad al 15 de agos-to de 2003, dándosele las gracias por los servicios pres-tados. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ARRUNÁTEGUI MARTÍNEZ Presidente del Directorio (e) 15060 /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/G69/G6F /G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G61/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G61/G6C/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G69/G74/G6F/G2D/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G44/G45/G43/G4F/G50/G49 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 081-2003-INDECOPI/DIR Lima, 11 de agosto de 2003 CONSIDERANDO:Que conforme a lo establecido en la Undécima Dispo- sición Complementaria y Final de la Ley Nº 27809, LeyGeneral del Sistema Concursal, se creó la Sala ConcursalTransitoria en el Tribunal del Indecopi; Que resulta pertinente encargar las funciones corres- pondientes a la Secretaría Técnica de la referida Sala delTribunal de la institución; Estando al acuerdo adoptado por el Directorio; y,De conformidad con el inciso e) del artículo 5º del De- creto Ley Nº 25868; RESUELVE:Artículo Único.- Encargar, a partir del 15 de agosto de 2003, al señor Luis A. León Vásquez las funciones de Se-cretario Técnico de la Sala Concursal Transitoria del Tribu-nal del Indecopi. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ARRUNÁTEGUI MARTÍNEZ Presidente del Directorio (e) 15061