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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (28/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 27

PÆg. 250433 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de agosto de 2003 se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, caso contrario se dejará sin efecto la autorización. Artículo 3º.- La Asociación INSTITUTO DE DESA- RROLLO, EDUCACIÓN Y ASESORÍA LEGAL - PUNO, está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifu- sión concedido acorde con la presente resolución, es-tando impedida de modificar las características a que se contrae el artículo 1º de la presente resolución sin auto- rización previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la pre- sente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autoriza-do, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 15909 Aprueban revisión N” 3 del Manual del Inspector de Operaciones (MIO) de laDirección General de AeronÆutica Civil RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 207-2003-MTC/12 Lima, 1 de agosto del 2003 CONSIDERANDO:Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), es competente para aprobar sus manuales téc-nicos y de procedimientos, conforme a las facultades que la Ley de Aeronáutica Civil, Ley Nº 27261, artículo 9º lite- ral l) le confiere y tal como lo establece el artículo 2º desu Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050- 2001-MTC; Que, la DGAC mediante Resolución Directoral Nº 228- 99-MTC/15.16 aprobó el Manual del Inspector de Opera- ciones, por Resolución Directoral Nº 191-2000-MTC/15.16 se efectuó la primera revisión, y cuya última revisión fuerealizada mediante Resolución Directoral Nº 044-2002- MTC/15.16.; Que, dicha norma regula en forma precisa las atribuciones y funciones que los Inspectores de Operacio- nes de la Dirección General de Aeronáutica Civil osten- tan en su representación, precisándolas con el fin deposibilitar un control más efectivo sobre las distintas per- sonas naturales y jurídicas que intervienen en la activi- dad aeronáutica; Que, el mencionado Manual y los procedimientos técnicos que en él se detallan han sido reformulados con- forme a las necesidades derivadas de su aplicación, de-biendo ser aprobada su modificación mediante el resolu- tivo correspondiente; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 y su Regla- mento aprobado mediante D.S. Nº 050-2001-MTC/15.16 y a lo opinado por la Dirección de Seguridad Aérea y la Oficina de Asesoría Legal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la revisión Nº 3 del Ma- nual del Inspector de Operaciones (MIO) de la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil, del Ministerio de Transpor- tes y Comunicaciones, cuyo texto original se adjunta a la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que el Manual del Ins- pector de Operaciones , Revisión Nº 3, se encuentre a disposición del público en el Website de la Dirección Ge-neral de Aeronáutica Civil al cual se puede acceder en: http://www .mtc.gob.pe/dgac.html. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILSON BENZAQUÉN RENGIFO Director General de Aeronáutica Civil 15052Aprueban revisión N” 5 del Manual del Inspector de Aeronavegabilidad (MIA)de la Dirección General de AeronÆuti-ca Civil RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 208-2003-MTC/12 Lima, 1 de agosto del 2003 CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), conforme a las facultades que la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil le confiere y tal como lo estable- ce el artículo 2º de su Reglamento, aprobado por Decre-to Supremo Nº 050-2001-MTC, es competente para apro- bar sus manuales técnicos y de procedimientos; Que, la DGAC mediante Resolución Directoral Nº 143- 98-MTC/15.16 aprobó el Manual del Inspector de Aero- navegabilidad, el cual fue modificado mediante Resolución Directoral Nº 191-2000-MTC/15.16, y Resolución Direc-toral Nº 102-2001-MTC/15.16; cuya última revisión fue aprobada mediante Resolución Directoral Nº 046-2002- MTC/15.16. Que, dicha norma regula en forma precisa las atribu- ciones y funciones que los Inspectores de Aeronavega- bilidad de la Dirección General de Aeronáutica Civil os-tentan en su representación, precisándolas con el fin de posibilitar un control más efectivo sobre las distintas per- sonas naturales y jurídicas que intervienen en la activi-dad aeronáutica; Que, el mencionado Manual y los procedimientos téc- nicos que en él se detallan han sido reformulados confor-me a las necesidades derivadas de su aplicación, de- biendo ser aprobada su modificación mediante el resolu- tivo correspondiente; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 y su Re- glamento aprobado mediante D.S. Nº 050-2001-MTC/ 15.16 y a lo opinado por la Dirección de Seguridad Aéreay la Oficina de Asesoría Legal; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la revisión Nº 5 del Ma- nual del Inspector de Aeronavegabilidad (MIA) de la Direc-ción General de Aeronáutica Civil, del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones cuyo texto original se adjunta a la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que el Manual del Ins- pector de Aeronavegabilidad se encuentre a disposición del público en el Website de la Dirección General de Ae-ronáutica Civil al cual se puede acceder en: http:// www.mtc.gob.pe/dgac.html. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILSON BENZAQUEN R, Director General de Aeronáutica Civil 15053 Autorizan Acuerdo de Código Comparti- do suscrito entre Aero Continente S.A.y Air Europa Líneas AØreas S.A. paraprestar Servicio de Transporte AØreo Regular Internacional de pasajeros, car- ga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 216-2003-MTC/12 Lima, 14 de agosto del 2003 Vista, la solicitud de AERO CONTINENTE S.A., so- bre la aprobación de la operación bajo la modalidad de Acuerdo de Código Compartido suscrito con AIR EURO- PA LÍNEAS AÉREAS S.A. para prestar el Servicio deTransporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo;