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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (28/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 22

PÆg. 250428 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de agosto de 2003 Artículo 2º.- La empresa DAEWON SUSAN E.I.R.L., deberá operar su planta de congelado con sujeción a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurí- dico pesquero; así como las relativas a la preservacióndel medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desa- rrollo sostenido de la actividad pesquera; asimismo de-berá contar con un sistema de control del proceso que garantice la optima calidad del producto final, debiendo poner en operación los equipos y/o sistemas de mitiga-ción verificados por la Dirección Nacional del Medio Am- biente de Pesquería, tal como lo establece la Constancia de Verificación Nº 003-2003-PRODUCE/DINAMA de fe-cha 24 de abril de 2003. Artículo 3º.- Incorporar en el Anexo II de la Reso- lución Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE sobre plantasde procesamiento pesquero congelado cuya capacidad está expresada en toneladas/día (t/día), la planta de congelado de la empresa DAEWON SUSAN E.I.R.L.,ubicada en la Mz. "B", Lote Nº 2, Sublote 2C, Zona Indus- trial II, distrito y provincia de Paita, departamento de Piu- ra, con una capacidad verificada de 12 t/día. Artículo 4º.- El incumplimiento de lo señalado en el artículo 2º de la presente Resolución será causal de ca- ducidad del derecho otorgado o de la aplicación de lassanciones que pudieran corresponder, según sea el caso. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Regional de Pesquería de Piura y a la Direc-ción Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 15884 Corrigen la R.D. N” 198-2002-PE/DNE- PP mediante la cual se aprobó cambio de titular de permiso de pesca RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 233-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 11 de agosto de 2003Visto el escrito con registro Nº 09280002 del 23 de mayo de 2003, presentado por PABLO RAÚL HER-NÁNDEZ PORTAL. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 198-2002-PE/ DNEPP del 22 de mayo de 2002, se aprobó a favor de PABLO RAÚL HERNÁNDEZ PORTAL y DELIA TAPIA ALARICO de HERNÁNDEZ, el cambio de titular del per-miso de pesca, para operar la embarcación pesquera CECI (ex TRIDENTE I), con matrícula Nº CO-4131-CM (antes CE-4131-CM), de 35.43 m3; Que a través del escrito del visto, PABLO RAÚL HER- NÁNDEZ PORTAL solicita se efectúe la corrección de la Resolución Directoral Nº 198-2002-PE/DNEPP del 22 demayo de 2002, por cuanto en el segundo considerando se ha considerado a la embarcación CECI (ex TRIDEN- TE I), con matrícula Nº CO-4131-CM (antes CE-4131-CM), como una de madera, cuando dicha embarcación pesquera es de acero naval; Que conforme al numeral 201.1 del artículo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General -, los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retro-activo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que la embarcación CECI (ex TRIDENTE I), con matrícula Nº CO-4131-CM(antes CE-4131-CM), es de acero naval y no de madera, por lo que existe un error material en el segundo consi- derando de la Resolución Directoral Nº 198-2002-PE/DNEPP del 22 de mayo de 2002, correspondiendo sucorrección conforme al numeral 201.1 del artículo 201º de la Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administra- tivo General-; Contando con la opinión favorable de la Oficina Ge- neral de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el artículo 201º de la Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administrati-vo General-; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Corregir el segundo considerando de la Resolución Directoral Nº 198-2002-PE/DNEPP, debien-do señalarse embarcación pesquera de acero naval en lugar de embarcación pesquera de madera. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guar- dacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales de Pesquería del Litoral y a la Dirección Na-cional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 15887 Declaran improcedente reconsideración interpuesta contra la R.D. N” 030-2002- PRODUCE/DNEPP relativa a cambio de titular de permiso de pesca RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 241-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 11 de agosto del 2003Visto el escrito con registro Nº CE-00735002 de fe- cha 11 de setiembre de 2002, presentado por la empresaPESQUERA HAYDUK S.A., mediante el cual interpone Recurso de Reconsideración contra la Resolución Direc- toral Nº 030-2002-PRODUCE/DNEPP, que declara impro-cedente el tramite de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera "BARBARA" de ma- trícula Nº PT-11607-CM. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 356-97-PE de fecha 17 de julio de 1997, se otorgó permiso por el período de un año calendario renovable, contado a partir del día siguiente de la notificación o publicación de dicharesolución al armador pesquero EMPRESA PESQUERA SANTA BARBARA S.A., para operar la embarcación pes- quera denominada "BARBARA" con matrícula Nº PT-11607-CM, de 77.58 m3 de volumen de bodega, utilizan- do cajas con hielo como sistema de preservación a bor- do, para la extracción del recurso hidrobiológico merluzapara el consumo humano directo, en el área comprendi- do desde el extremo norte del dominio marítimo y los 9° 00´ L.S. a partir de las cinco (5) millas náuticas de lalínea de la costa, utilizando redes de arrastre con longi- tud mínima de malla en el copo de 90 mm.; Que mediante la Resolución Directoral Nº 030-2002- PRODUCE/DNEPP de fecha 20 de agosto de 2002, se de- claró improcedente la solicitud presentada por PESQUERA HAYDUK S.A., sobre cambio de titular del permiso de pes-ca otorgado por Resolución Ministerial Nº 356-97-PE para operar la embarcación pesquera "BARBARA" de matrícula Nº PT-11607-CM, debido al incremento de capacidad debodega de la referida embarcación de 77.58 m3 a 108.75 m3, según se desprende del Oficio Nº V.200-174 de fecha 13 de mayo de 2002, expedido por la Dirección de Controlde Intereses Acuáticos de la Dirección General de Capita- nías y Guardacostas del Ministerio de Defensa; Que mediante escrito del visto, la empresa PES- QUERA HAYDUK S.A. interpone el Recurso de Recon-