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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (05/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 90

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G35/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de diciembre de 2003 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 799-2003-A/MC Comas, 28 de noviembre de 2003 VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 056-2003-C/MC, de fecha 30 de junio del 2003; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Acuerdo del Visto, se acepta la dona- ción efectuada por la Embajada de Sudáfrica, consistenteen $ 300.00 (Trescientos Dólares Americanos), a favor de la Municipalidad de Comas para ser utilizado en cualquier contingencia de índole social; Que, de conformidad con el Artículo 15º de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, dispone que las donaciones dinerarias prove-nientes de instituciones nacionales o internacionales, pú- blicas o privadas, que se reciban para financiar programas sociales, serán aprobadas por Resolución del Titular delPliego, la misma que será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, la gestión actual se caracteriza por realizar sus actos con absoluta transparencia y cumpliendo las dispo- siciones legales inherentes a la función municipal, lo que resulta pertinente aprobar la donación recibida de la Em-bajada de Sudáfrica expidiendo el instrumento legal que lo haga viable; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades con- feridas por el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, Con el Visto Bueno de los Directores de las Oficinas de Administración y Finanzas, Planificación y Presupuesto, Asesoría Legal y Director Municipal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, la donación aceptada por el Pleno del Concejo, mediante Acuerdo de Concejo Nº 56-2003-C/MC, de fecha 30 de junio del 2003, efectuada por la Embajada de Sudáfrica, consistente en $ 300.00(Trescientos Dólares Americanos) a favor de la Munici- palidad Distrital de Comas y destinados a cualquier contin- gencia de índole social, en base a los considerandos ex-puestos en la presente Resolución. Artículo Segundo.- TRANSCRIBIR, copia de la pre- sente Resolución a la Comisión de Presupuesto y CuentaGeneral de la República del Congreso de la República den- tro de los treinta días calendario siguientes de su aproba- ción. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 22587 MUNICIPALIDAD DE LURÍN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G72/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G73/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G63/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G6E/G74/G65/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 075/ML Lurín, 24 de noviembre del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍN VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 24 de noviembre del 2003, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento que norma la elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local de la Munici-palidad Distrital de Lurín;CONSIDERANDO: Que, los Artículos 197º y 199º de la Constitución Políti- ca del Perú, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprue-ba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV,sobre Descentralización, establecen que las municipalida- des promueven, apoyan y reglamentan la participación ve- cinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos conla participación de la población y rinden cuenta de su eje-cución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, los Artículos 17º y 42º inciso g) de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, establecen que los gobiernos locales están obligados a promover la participa- ción ciudadana en la formulación, debate y concertaciónde sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la ges-tión pública; que ésta se canaliza a través de los espaciosy mecanismos de consulta, concertación, coordinación, fis-calización y vigilancia existentes y los que los gobiernos locales establezcan según ley; Que, los Artículos 102º al 105º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establecen la definición, com-posición, instalación, funciones y reglamentación del Con-sejo de Coordinación Local Distrital, como órgano de coor-dinación y concertación de la municipalidad distrital, seña- lando que el mismo estará integrado por el Alcalde, los Regidores y por los representantes de la sociedad civil, enla proporción del 40% del número legal del respectivo Con-cejo Municipal; Que, el Artículo 73º numeral 5 de la misma Ley, señala que las municipalidades asumen competencias y ejercen las funciones específicas en materia de participación veci- nal, debiendo promover, apoyar y reglamentar la participa-ción vecinal en el desarrollo local, organizar los registrosde organizaciones sociales y vecinales de su jurisdicción,así como establecer instrumentos y procedimientos de fis-calización; Que, es necesario normar y reglamentar la participa- ción de los representantes de la sociedad civil ante el Con-sejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad deLurín, a efecto de dar cumplimiento a lo establecido en losArtículos 102º al 105º de la Ley Nº 27972, definiendo losmecanismos y procedimientos para la conformación del registro de organizaciones de la sociedad civil de nivel dis- trital, la elección de sus representantes ante el Consejo deCoordinación Local, así como las condiciones, obligacio-nes y derechos de los mismos, de modo que puedan seracreditados y participar ante el Consejo de CoordinaciónLocal Distrital de la Municipalidad de Lurín; Que, es atribución del Alcalde proponer al Concejo Municipal proyectos de ordenanzas conforme a lo estable-cido en el Art. 20º inciso 4) de la Ley Nº 27972, Ley Orgá-nica de Municipalidades, correspondiendo al Concejo Mu-nicipal aprobar las normas que garanticen una efectivaparticipación vecinal, conforme a lo señalado en el Artícu- lo 9º inciso 14) del mismo cuerpo de leyes; Que, el Jurado Nacional de Elecciones mediante Reso- lución Nº 138-2003-JNE publicada en el Diario Oficial ElPeruano el 18 de julio del 2003, encarga a la SecretaríaGeneral del JNE las tareas de supervisión y asesoramien-to electoral en la realización de los procesos de elección de representantes de la Sociedad Civil ante los Consejos de Coordinación Regional y local; y para el caso de Lurínha sido la ONPE la institución quien ha brindado apoyo enasesoramiento, capacitación e información; De conformidad con las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 27972, teniéndose a la vista el Informe Nº 02- 03-UDSE/ML de la Comisión de las Unidades de Desarro-llo Económico Social y el Informe Legal Nº 444-03-OAJ/ML de la Oficina de Asesoría Jurídica; por mayoría y con ladispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, apro-bó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Apruébese el Reglamento que nor- ma la elección de los representantes de la sociedad civilante el Consejo de Coordinación Local de la Municipalidad Distrital de Lurín, la misma que consta de 6 títulos, 40 artí- culos y 2 Disposiciones Transitorias. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Dirección Municipal, Adminis-