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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (05/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 91

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G35/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de diciembre de 2003 tradores de las Agencias Municipales y encargados de las Unidades de Desarrollo Social y Económico. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSE LUIS AYLLÓN MINI Alcalde 22521 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G53/G75/G73/G70/G65/G6E/G64/G65/G6E/G20/G74/G72/G61/G6D/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G73 /G64/G65/G20/G70/G61/G72/GE1/G6D/G65/G74/G72/G6F/G73/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/GED/G73/G74/G69/G63/G6F/G73/G20/G79/G20/G65/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G74/G6F/G2D/G72/G69/G6F/G73/G2C/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G61/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G7A/G6F/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G6F/G74/G72/G6F/G73/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G64/G75/G63/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G61/G66/G69/G6E/G65/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 98 Miraflores, 2 de diciembre del 2003 EL ALCALDE DE MIRAFLORESPOR CUANTO: El Concejo de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fe- cha; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales, son la expresión de las ne- cesidades distritales y en tal sentido promueven el desa- rrollo y la economía local y, la prestación de los servicios públicos, en armonía con las políticas y planes nacionalesy regionales, planificando el desarrollo urbano en su espa- cio territorial, lo que incluye aspectos de zonificación, ur- banismo y acondicionamiento territorial, de acuerdo con lodispuesto por el inciso 6) del artículo 195º de la Constitu- ción Política del Estado, modificada mediante Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralización; Que, los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado, constituyendo canales inmediatos de participación vecinal, que le permitan actuarcomo un ente promotor del desarrollo integral sostenible, que a su vez propicie el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, numerales 3.6.2 y 3.6.4 del artículo 79º, determina como funciones específicas, exclusivas de las MunicipalidadesDistritales, en materia de Organización del Espacio Físico y Uso del Suelo, regular y otorgar autorizaciones, dere- chos y licencias, y realizar las respectivas fiscalizaciones,respecto de remodelaciones, demoliciones de inmuebles, declaratorias de fábrica; y apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales deacuerdo con la zonificación; Que, en materia de educación, la Ley Orgánica de Mu- nicipalidades Nº 27972, numerales 1, 2, 4 y 6 del artículo82º determina entre las competencias y funciones com- partidas, la de promover el desarrollo humano sostenible en el nivel local, propiciando el desarrollo de comunidadeseducadoras; diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educa- tivo de su jurisdicción; lo que deberá homologarse con las transferencias de competencias que con motivo de ladescentralización de funciones será competencia exclusi- va municipal; Que, en tanto se termina de plasmar la aludida transfe- rencia de competencias, se requiere implementar una polí- tica de asimilación de las mismas; lo que comprende efec- tuar una acuciosa evaluación de la infraestructura educati-va, su seguridad, oferta y demanda dentro del distrito; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades confe- ridas por el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipali-dades Nº 27972, contando con el voto UNÁNIME del Con- cejo Municipal y con dispensa del trámite de lectura y apro- bación del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- Suspender por el plazo de seis me- ses la tramitación y expedición de Certificados de Paráme-tros Urbanísticos y Edificatorios, Constancias de Zonificación y Usos, Certificados de Compatibilidad de Uso, así como el otorgamiento de Licencias de Obra y Licencias de Funciona- miento Provisionales y/o Definitivas, para todos los Centrosde Educación Inicial (nidos, cunas, jardines y cualquier otra denominación), Centros de Educación de enseñanza Prima- ria y/o Secundaria, Centros de Educación Super ior Tecnoló- gica, Centros de Idiomas y Universidades y otros afines, a fin de adecuar el marco normativo a la nueva Ley Orgánica de Municipalidades y la nueva Ley General de Educación. Artículo Segundo.- Los expedientes administrativos que pudiesen haberse iniciado que estuviesen referidos a los trámites señalados en el artículo precedente, presen-tados cumpliendo con los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipali- dad de Miraflores, con anterioridad al presente Acuerdo,se deberán adecuar al mismo. Artículo Tercero.- La Gerencia Municipal, las Direccio- nes de Comercialización y Desarrollo Urbano, así como laSubdirección de Policía Municipal, serán las encargadas de dar cumplimiento al presente Acuerdo. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Teniente Alcalde Encargado de la Alcaldía 22662 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G66/G72/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G2D/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 013-2003-MDP/A Pachacámac, 28 de noviembre de 2003LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo, del 28 de noviembre del 2003, sobre Reglamento de Aplicación de Sanciones y Cuadro de Infracciones y Sanciones Admi- nistrativas de la Municipalidad; CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Rentas y la Dirección de Desarro- llo Urbano de la Municipalidad Distrital de Pachacámac han presentado el Proyecto de Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas - RAS así como el Proyecto delCuadro Único de Infracciones y Sanciones - CUIS de la Municipalidad Distrital de Pachacámac; Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalida- des dispone que las Ordenanzas Municipales pueden es- tablecer las sanciones de multa, decomiso, clausura por infracción de sus disposiciones, sin perjuicio de las demásresponsabilidades a que hubiere lugar conforme a Ley; Que, conforme lo dispone el artículo 231° de la Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General,el ejercicio de la potestad sancionadora corresponde a las autoridades administrativas a quienes les haya sido atri- buida por disposición legal o reglamentaria, sin que puedaasumirla o delegarse en órgano distinto; Estando a lo dispuesto en la Ley N° 27972 - Ley Orgá- nica de Municipalidades y el artículo 231° de la LeyN° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, el Concejo Municipal en pleno, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 28 de noviembre del 2003, por unani-midad, aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES (RAS) Y EL CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIO- NES ADMINISTRATIVAS (CUIS) DE LA MUNICIPALI- DAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC Artículo Primero .- APROBAR el Reglamento de Apli- cación de Sanciones (RAS) el cual consta de 5 capítulos y