Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2003 (05/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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EXPEDIENTE MATERIA VISTOS:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de diciembre de 2003

Nº 00007-2003-GAF/PAA PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES

SENAMHI
Aceptan donaciones de materiales y equipos efectuadas a favor del SENAMHI
RESOLUCION JEFATURAL Nº 363-SENAMHI-JSS-OAS/2003 MORDAZA, 3 de diciembre del 2003 VISTO: La Carta RM404-2003/ms del 3 de noviembre del ano 2003, con la cual el Representante en el Peru del Instituto de Investigacion para el Desarrollo (IRD), manifiesta que sus Oficinas en Montpellier - MORDAZA, estan enviando al SENAMHI en calidad de "DONACION", materiales que seran utilizados como parte del trabajo en el MORDAZA del Convenio de Cooperacion Cientifica firmado entre el SENAMHI y el IRD; CONSIDERANDO: Que, el SENAMHI de acuerdo a su Ley Nº 24031, es un Organismo Publico descentralizado adscrito al Sector Defensa cuya finalidad es planificar, organizar, coordinar, normar, dirigir y supervisar las actividades meteorologicas, hidrologicas y conexas, mediante la investigacion cientifica la realizacion de estudios y proyectos y la prestacion de servicios en materias de su competencia; Que, el articulo 16º de la citada Ley en el parrafo precedente, establece que el Jefe del SENAMHI, esta autorizado a celebrar a nombre del Peru, convenios nacionales e internacionales de cooperacion tecnica o de intercambio, relacionados con las actividades de su competencia, de acuerdo a las normas legales vigentes; Que, uno de los recursos del SENAMHI esta constituido por las asignaciones, donaciones legados, transferencias y subvenciones que por cualquier titulo le otorguen personas naturales o juridicas, publicas o privadas, nacionales o extranjeras, incluyendo las provenientes de la cooperacion internacional; Que, el Representante en el Peru del Instituto de Investigacion para el Desarrollo (IRD), manifiesta que sus Oficinas en Montpellier - MORDAZA, estan remitiendo a nombre del SENAMHI en calidad de "DONACION", materiales que seran utilizados como parte del trabajo en el MORDAZA del Convenio de Cooperacion Cientifica firmado entre el SENAMHI y el IRD, valorizados en 3,511.68 euros, detallados de la siguiente manera:
ITEM CANT. U/M 1.2.3.4.5.1 6 1 1 1 DESCRIPCION PRECIO MORDAZA 1,402.00 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 523.32 834.00 78.36 674.00

El memorando Nº 592, de fecha 20 de noviembre de 2003 de la Gerencia de Administracion y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 034-GG-2003/OSIPTEL de fecha 4 de febrero de 2003, la MORDAZA autoridad administrativa aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, para el ejercicio presupuestal 2003; Que, el articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las inclusiones y exclusiones de los procesos de seleccion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones deberan ser aprobados por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad y seran comunicadas a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa -PROMPYME dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a dicha aprobacion; Que, conforme a lo dispuesto en los articulos 88º y 89º del Reglamento de OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, la Gerencia General es el organo ejecutivo responsable de la marcha administrativa de la Institucion y de la ejecucion de los acuerdos del Consejo Directivo y del Presidente de OSIPTEL; Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de OSIPTEL, para el ejercicio presupuestal 2003, no se han incluido el MORDAZA de seleccion que corresponden a la adjudicacion directa publica para la seleccion de una empresa o institucion que se encargue de proporcionar infraestructura y equipos, y en general la organizacion del curso de extension universitaria en regulacion de servicios publicos; Que, por el valor referencial a considerar, se incluya los procesos de seleccion de adjudicacion directa publica para la seleccion de una empresa o institucion que se encargue de proporcionar infraestructura y equipos, y en general la organizacion del curso de extension universitaria en regulacion de servicios publicos; Con la opinion favorable de la Gerencia de Administracion y Finanzas y la Gerencia Legal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la inclusion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Seleccion de una empresa o institucion que se encargue de proporcionar infraestructura y equipos, y en general la organizacion del curso de extension universitaria en regulacion de servicios publicos, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL correspondiente al ejercicio presupuestal 2003. Articulo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Administracion y Finanzas la implementacion de los procesos de seleccion que se incluyen en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de OSIPTEL para el ejercicio presupuestal 2003, asi como la afectacion de los montos programados y la ejecucion del gasto correspondiente. Articulo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision, comunique al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, la inclusion de los procesos a traves de los mecanismos contemplados en el numeral 7 de las Disposiciones especificas de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA V. DE MORDAZA Gerente General 22532

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Que, en consecuencia, es necesario aceptar la referida donacion; Que, el articulo 172º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado mediante D.S. Nº 154-2001-EF y el numeral 3.1.3 de la Directiva Nº 009-2002/SBN establecen que "las donaciones de bienes muebles procedentes del exterior seran aceptados mediante Resolucion del Titular del Sector al que corresponda el destino de los bienes muebles". Que, los procedimientos referentes al tramite de la presente exoneracion, se encuentran normados en el Decreto Ley Nº 21942, Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM, Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 809, Decreto Legislativo Nº 719 y con sujecion a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 0042000-PCM y Resolucion Ministerial Nº 055-2000-PCM; Que, en uso y atribuciones de la Resolucion Ministerial Nº 249-DE/FAP-CP del 25 de enero del 2002 y al MORDAZA de la Ley Nº 24031 - Ley Organica del SENAMHI; a lo informado por el Director de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, con la visacion del Director de la Ofi-

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