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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G35/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de diciembre de 2003 VISTO: El Oficio Nº 700-SENAMHI-OGA-OAS/2003 del 1-12- 03 mediante el cual, el Director de la Oficina General de Administración, solicita se emita la Resolución Jefatural aprobando la 3ra. Modificación del Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones correspondiente al año fiscal 2003, incluyendo los procesos correspondientes a la adquisición de equipos diversos, para ser utilizados en estudios de pro- nósticos hidrometeorológicos en la Zona Sur del país y excluyendo el Proceso de la construcción del Centro de Pronóstico Meteorológico; CONSIDERANDO:Que, el SENAMHI teniendo conocimiento de la proble- mática existente en la Zona Sur del país, con los Memo- randos Múltiples Nºs. 0330 y 0332-SENAMHI-JSS-OGA/ 2003 de fechas 27 y 28 de noviembre 2003, respectiva- mente, dispuso que las Direcciones de Línea presenten sus necesidades de equipos urgentes, para efectuar estu- dios y determinar los pronósticos hidrometeorológicos que permitan brindar información acorde a la situación actual; Que, es necesario adquirir el equipamiento y progra- mas de sistemas adecuados, para que las Direcciones de Línea del SENAMHI puedan efectuar estudios y determi- nar los pronósticos hidrometeorológicos que se presentan en la Zona Sur del país; Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM establece que cada entidad elaborará un Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones, el mismo que deberá ser aprobado por la máxima autoridad administrativa de la Entidad; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0010-SENAMHI- OGA-OAS/2003 de fecha 17 de enero del 2003, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SE- NAMHI para el año fiscal 2003; Que, con la Resolución Jefatural Nº 0278-SENAMHI- JSS-OGA-OAS/2003 del 10-10-03, se efectuó la 2da. Mo- dificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes del SENAMHI, correspondiente al año fiscal 2003; Que, es necesario efectuar la 3ra. Modificación del ci- tado Plan Anual, excluyendo el proceso de la construcción del Centro de Pronóstico Meteorológico, y al mismo tiempo incorporando los procesos correspondientes a la adquisi- ción de Un (1) Sistema Interface Gráfica de Usuario para Pronosticador, Un (1) Ground Check y Software de Radio Viento Sonda (Upgrades) y Una (1) Estación Automática Hidrometeorológica; De conformidad a lo dispuesto por el artículo 7º del Re- glamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM; con la visación del Director de la Oficina de Abaste- cimientos y Servicios Auxiliares, del Director de la Oficina General de Administración, del Director de la Oficina de Asesoría Jurídica y con la opinión favorable del Director Técnico; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la 3ra. Modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SENAMHI para el año 2003, según el anexo adjunto; el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones modificado, sea puesto a disposición del público, de conformidad a lo señalado en el artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Su- premo Nº 013-2001-PCM. Artículo Tercero.- Disponer la publicación y remisión de la presente Resolución al Consejo Superior de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.WILAR GAMARRA MOLINA Jefe del SENAMHI 22680SUNAT /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G41/G75/G78/G69/G6C/G69/G61/G72/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G2D /G6E/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G55/G63/G61/G79/G61/G6C/G69 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA INTENDENCIA REGIONAL LORETO RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 120-024-0000050/SUNAT Iquitos, 23 de octubre de 2003 CONSIDERANDO:Que, es necesario designar al Auxiliar Coactivo de la Oficina Zonal Ucayali para garantizar el normal funcio-namiento de su cobranza coactiva; Que, el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº135-99-EF, establece los requisitos que deberán de reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coacti- vo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la sexta disposición final de la Ley Nº 27038, esta- blece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979 no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese medianteConcurso Público; Que, la Resolución de Superintendencia Nº 094-2000/ SUNAT ha facultado al Intendente de Principales Contribu-yentes Nacionales y a los diferentes Intendentes Regio- nales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán comoAuxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la referida Resolución de Superintendencia y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 50º y 51º del Reglamento de Organización y Funciones de la SuperintendenciaNacional de Administración Tributaria, aprobado por De- creto Supremo Nº 115-2002-PCM; y, el artículo 23º del Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT, apro-bado por Resolución de Superintendencia Nº 041-98/ SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación del Sr. Juan José Donayre Sánchez - Registro 6271, como Auxiliar Coactivo de la Oficina Zonal Ucayali, nombrado como tal mediante Resolución de Intendencia Nº 120-024-0000042/SUNAT del 18 de septiembre de 2003. Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Oficina Zonal Ucayali, al Sr. Felipe Róger RengifoMeléndez - Registro 1801. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO AGUAYO RIVERA Intendente 22560 /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G2D /G73/G6F/G73/G20/G41/G75/G78/G69/G6C/G69/G61/G72/G65/G73/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G6E/G64/G65/G6E/G2D/G63/G69/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4C/G6F/G72/G65/G74/G6F SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA INTENDENCIA REGIONAL LORETO RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 120-024-0000054/SUNAT Iquitos, 24 de octubre de 2003