Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2003 (05/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

MORDAZA, viernes 5 de diciembre de 2003 CODIGO 276

NORMAS LEGALES

Pag. 256569

DESCRIPCION DE LA INFRACCION Por expender el pan sin uso de pinzas y cucharones de MORDAZA inoxidable o aluminio. SANIDAD Por negarse a las inspecciones sanitarias Por negarse a la obtencion de muestras para analisis de laboratorio violar los sellos de seguridad o lacrados de las fracciones, muestras contramuestras o dirimencias tomadas por el inspector, pretendiendo cambiar los resultados de los analisis. Tenencia o comercializacion de productos alimenticios en general u otros alterados, falsificados, adulterados contaminados y/o descompuestos. Expender productos comidas y/o bebidas en estado de descomposicion y/o que atenten contra la salud Reutilizar envases descartables o desechables en el expendio de alimento o comidas preparadas. Utilizar en la preparacion o comercializacion de alimentos sobras o restos de alimentos preparados el dia anterior. Por carecer de carne de salud o encontrarse vencido el de las personas que manipulan alimentos y quienes atienden al publico en actividades relacionadas con la venta, comercializacion y/o manipulacion de alimentos y bebidas Manipular alimentos teniendo heridas, cortaduras, quemaduras y/o infecciones a la piel. Expender mezclas de bebidas alcoholicas o bebidas en condiciones antihigienicas. Transportar almacenar comercializar frutas que se consuman con cascaras u hortalizas en envases inapropiados y que tengan contacto con el suelo o plataforma de transporte. Encontrarse alimentos en mal estado en las refrigeradoras, conservadoras y/o congeladora de los establecimientos de elaboracion y venta de alimentos No contar con Ficha Tecnica de Saneamiento Ambiental 1) Locales comerciales y/o de servicios en general 2) Hostales, Hoteles, Hospedajes: por cada habitacion 3) Camiones, cisternas 4) Clubes, Centros Educativos particulares Fumar o permitir fumar en ambientes no destinados para tal fin en locales 1) Fumador 2) Conductor del local Por carecer los establecimientos publicos de 1) Carteles «Prohibido Fumar Ley N° 25357 2) Ambientes para fumadores No encontrarse los locales comerciales, industriales y/o de servicios en optimas condiciones de higiene y libres de insectos, roedores o cualquier otro agente que pudiera ocasionar enfermedades para el hombre. Por carecer de Carne sanitario y/ estar vencido por persona No desinfectar o fumigar semestralmente los locales careciendo del respectivo certificado o tenerlo vencido: a) Locales comerciales y/o de servicios en general b) Hostales, Hoteles, Hospedajes: por cada habitacion c) Clubes, Centros Educativos particulares No usar o carecer los trabajadores de: uniformes, mandiles, guantes, gorros, panoletas, etc. y/o no observar las reglas minimas de higiene y aseo personal, en la elaboracion y/o comercializacion de productos de alimentos y/o comidas Por no presentar los empresarios contratos con artistas, actores Por permitir la presentacionen el espectaculo de artistas diferentes a la nomina aprobada por el Municipio Por permitir que participen en los espectaculos menores de edad sin el permiso de sus padres

SANCION EN PROPORCION UIT VIGENTE PECUNIARIA NO PECUNIARIA 3% 20%

277 278

20% Decomiso y/o Cierre Temporal Reincidencia da lugar a la clausura Decomiso

279

20% 20% 20%

280 281 282

20%

Inutilizacion

283

5% 5% 5%

Decomiso Decomiso Decomiso

284 285 286

5%

287

25% 15% 10% 10% 15%

Decomiso

288

289

5% 10% 5% 5%

290

291

10% 2%

292 293

2% 3% 10%

294

10% 10%

295 296

5% 5%

297

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