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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G35/G35/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de diciembre de 2003 Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la Ordenanza Nº 134-MML y el Decreto Supremo Nº 007-85- VC; De conformidad con lo opinado por la Comisión Perma- nente de Desarrollo Urbano y Nomenclatura mediante Dic- tamen Nº 094-2003-MML-CDU del 02 de setiembre de 2003; Aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO Artículo Primero.- Modificar el Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana aMediano Plazo correspondiente al distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, de Vivienda Ta- ller - I1R4 a Comercio Sectorial - C3, de un terreno de pro-piedad de don Luis Matzumura Matzumura y su cónyuge doña Carmen Ruiz de Matzumura, cuya área es de 1,171.00 m2, ubicado en Av. Lima intersección con Pasaje Arica,dejando constancia que en el proceso de Habilitación Ur- bana que corresponde, la afectación de la sección vial de la Av. La Merced será considerada sobre el total del terre-no. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Ordenanza a la Oficina Registral de Lima y Callao y al Registro PredialUrbano para los fines pertinentes. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los trece días del mes de noviembre de dos mil tres. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 22528 ORDENANZA Nº 558 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de fecha 13 de noviembre de 2003, el Documento Simple Nº 16149-03 (Expedien- te Nº 2289-2000 M-2) seguido por el Instituto de Educa- ción Superior Privado Nuestra Señora de la Reconcilia-ción, solicitando cambio de zonificación de Equipamien- to Educativo - E1 a Equipamiento Educativo - E3, de un terreno de propiedad privada cuya área es de 7,467.56m2, ubicado en la Av. Manuel Olguín cuadra 6 s/n, distri- to de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, para el funcionamiento de un Instituto de Educa-ción Superior Privado; y, CONSIDERANDO:Que, es competencia de la Municipalidad Metropolita- na de Lima planificar el desarrollo urbano y rural de su cir-cunscripción, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial, de conformidad con el Artí- culo 195º inciso 6) de la Constitución Política del Perú,modificada por la Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV; concordado con el Artículo 11º inciso 1) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº23853, que establece que las Municipalidades Provincia- les son competentes para regular o pronunciarse sobre Zonificación y Urbanismo, aprobando mediante Ordenan-za a través de sus Concejos Municipales, los Planes Urba- nos que en el caso de la provincia de Lima se denomina Plan de Desarrollo Metropolitano, de conformidad con loestablecido en los Artículos 65º inciso 2), 70º inciso 1) y 134º inciso de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y el Artículo 3º del Reglamento de Acondicionamiento Te-rritorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-85-VC; Que, el cambio de zonificación solicitado corresponde a un predio de propiedad privada a favor del Jockey Club del Perú, el mismo que celebra un contrato de Cesión deDerecho de Superficie a favor de la Parroquia Nuestra Se- ñora de la Reconciliación, cuyo dominio figura inscrito en la Partida Nº 11090688 del Registro de la Propiedad In-mueble de la Oficina Registral de Lima y Callao; Que, en ejercicio de su competencia constitucional en materia de Planificación Urbana, la Municipalidad Metro-politana de Lima aprobó la Ordenanza Nº 134 del 19 de diciembre de 1997, Reglamentaria de Actualización y Re- ajuste del Plano de Zonificación General de Lima Metropo-litana, que tiene por finalidad normar el proceso de evalua- ción y reajuste del Plano de Zonificación General de Usos del Suelo de Lima Metropolitana; Que, el distrito de Santiago de Surco esta comprendido dentro del ámbito territorial de la provincia de Lima; conse- cuentemente, es de aplicación la ordenanza antes señala-da, la misma que refiere en su Articulo 13º sobre el proce- dimiento y aprobación para el reajuste de la Zonificación determinando las exigencias que deban cumplirse para talfin, por consiguiente, la Comisión Permanente de Desarro- llo Urbano y Nomenclatura en uso de sus atribuciones pro- cedió a evaluar los informes y opiniones; Que, al amparo de la Ordenanza Nº 134-MML, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco remite el referido expediente a la Municipalidad Metropolitana deLima, a fin de concluir con el Proceso de Actualización y Reajuste del Plano de Zonificación General de Lima Me- tropolitana del año 2000, haciendo mención que la Sub-dirección de Obras Privadas de la Dirección de Desa- rrollo Urbano está elaborando el estudio del Reajuste del Plan Urbano del distrito, indicando que dicha Comunaestá asumiendo la política de no convalidar las propues- tas de cambio de zonificación a E2 de los lotes zonifica- dos como E1, ni los que plantean cambiar a E1 los lotescon zonificación residencial, según Oficio Nº 009-2003- A-MSS del 15 de enero de 2003; Que, está acreditado que el cambio de zonificación so- licitado cuenta con opinión favorable de los vecinos; Que, el Instituto Metropolitano de Planificación, mediante Informe Técnico de Zonificación Nº 03-2002/MML-IMP desetiembre de 2000, ratificado mediante Oficio Nº 198-2003- MML-IMP, opina por la procedencia del cambio de E1 a E3 toda vez que el referido cambio no transgrede la compati-bilidad del entorno urbano, al haberse consolidado en el área una diversidad de equipamientos educativos y secto- riales de carácter local y metropolitano. El funcionamientode dicho instituto, por sus características de formación esta ceñido por reglas que garantizan no desarrollar conflictos urbanos; asimismo, los estacionamientos se resuelven asatisfacción en el interior del predio; Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; laOrdenanza Nº 134-MML y el Decreto Supremo Nº 007-85- VC; y con lo opinado por la Comisión Permanente de De- sarrollo Urbano y Nomenclatura mediante Dictamen Nº 034-2003-MML-CDU del 8 de abril de 2003; Aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO Artículo Primero.- Modificar el Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a Mediano Plazo correspondiente al distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, de EquipamientoEducativo - E1 a Equipamiento Educativo - E3, de un terre- no de propiedad privada cuya área es de 7,467.56 m2, ubi- cado en la Av. Manuel Olguín cuadra 6 s/n, para el funcio-namiento de un Instituto de Educación Superior Privado. Artículo Segundo.- Para la aprobación del proyecto de edificación, así como la respectiva licencia de funcio-namiento del equipamiento educativo aprobado en el ar- tículo anterior, la Municipalidad de Santiago de Surco de- berá considerar que dicho inmueble contenga la infraes-