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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G35/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que según lo dispuesto por el Art. 21º Inc. p.1 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, concordan-te con el Art. 11.2 parte pertinente del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado, por Ordenanza Regional N° 001-2003-CR/GR, la Presidencia del Gobierno Regio-nal Cajamarca ha cumplido con presentar al Consejo Re- gional para su aprobación el Plan de Desarrollo Regional Cajamarca 2003-2011; Que la gestión del Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de Mediano y Largo Plazo, el mismo que para el Gobierno Regional Cajamarcaha sido elaborado de acuerdo con las políticas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto con el Art. 45°, Inc. a), de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales aco- tada en el considerando que antecede, modificado por el Art. 4° de la Ley N° 27902, la función normativa y regula-dora de los Gobiernos Regionales se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance Regional; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regio- nal del Gobierno Regional Cajamarca en su sesión de fe- cha 17 de marzo del 2003 y a lo dispuesto por la parte pertinente del Art. 38º de la Ley Orgánica de GobiernosRegionales, antes citada ; Aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Único.- Aprobar el Plan de Desarrollo Regio- nal Cajamarca 2003-2011, cuyo documento en setenta y tres (73) folios, forma parte de la presente. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede Institucional de la Región Cajamarca, a los veinticuatro días del mes de marzo del dos mil tres. LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 22569 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G93/G43/G65/G72/G72/G6F/G20/G51/G75/G69/G6C/G69/G73/G68/G94/G20/G79/G20/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G4D/G69/G2D /G63/G72/G6F/G63/G75/G65/G6E/G63/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G72/GED/G6F/G73/G20/G51/G75/G69/G6C/G69/G73/G68/G2C/G20/G50/G6F/G72/G63/GF3/G6E/G79/G20/G47/G72/G61/G6E/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G52/G65/G73/G65/G72/G76/G61/G64/G61/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G2D/G74/G65/G67/G69/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C (Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional Cajamarca mediante Oficio Nº 2761- 2003-GR.CAJ/GGR-DRA/DL, recibido el 3 de diciembre de2003). ORDENANZA REGIONAL N° 007-2003-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Ley de Bases de la Des- centralización N° 17783, son objetivos de la Descentrali-zación a nivel ambiental, el ordenamiento territorial y del entorno ambiental, desde los enfoques de la sostenibilidad del desarrollo; así como la gestión sostenible de los recur-sos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental, cuya función específica, corresponde a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, deacuerdo a lo prescrito por los Arts. 29° Inc. 5) y 53° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867; Que el Consejo Provincial de Cajamarca con fecha 5 de octubre del 2002, aprobó la Ordenanza Municipal N°12-2000-CMPC, declarando Zona Reservada Protegida al Cerro Quilsh y las Microcuencas de los ríos Quilsh, Por- cón y Grande, norma que merece ser respaldada por el Gobierno Regional Cajamarca, por constituir un instrumentolegal no sólo de protección del medio ambiente y recursos naturales de la provincia, si no la vida y la salud del pueblo de Cajamarca, frente a la pretendida explotación por partede la Empresa Minera Yanacocha; Que, en uso de las potestades y atribuciones conferi- das por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680 y LeyOrgánica de Gobiernos Regionales, en su sesión Ordina- ria de fechas 17 y 18 de marzo del 2003 Aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Único.- Declarar Zona Reservada y Protegida por el Gobierno Regional Cajamarca, al “Cerro Quilish” y las Microcuencas de los ríos Quilish, Porcón y Grande, es-tableciéndose a través de las instancias administrativas los mecanismos de coordinación con el Consejo Provincial de Cajamarca y la sociedad civil organizada. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Institucional de la Región Cajamarca, a los veintiséis días del mes de marzo del dos mil tres. LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 22570 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G32/G30/G30/G33/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C (Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional Cajamarca mediante Oficio Nº 2761-2003-GR.CAJ/GGR-DRA/DL, recibido el 3 de diciembre de 2003). ORDENANZA REGIONAL N° 008-2003-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto por el Art. 191° de la Ley de Reforma Constitucional N° 27680, concordan- te con el Art. 21°, Inc. p.2 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, es competencia de los GobiernosRegionales formular y aprobar el Plan de Desarrollo Re- gional Concertado con las Municipalidades y la Sociedad Civil; Que el Programa de Inversiones 2003 - Pliego 445 Go- bierno Regional Cajamarca, Fuente de Financiamiento: Toda Fuente; así como la Programación de Inversionespor Provincias - Fuente de Financiamiento: Privatizacio- nes y Concesiones Canon y sobre Canon, han sido debi- damente coordinadas con los Gobiernos Locales Provin-ciales y la sociedad civil a través de sus Consejeros Re- gionales; Que, de conformidad con lo dispuesto con el Art. 45°, Inc. a), de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales aco- tada en el considerando que antecede, modificado por el Art. 4° de la Ley N° 27902, la función normativa y regula-dora de los Gobiernos Regionales se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance Regional; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regio- nal del Gobierno Regional Cajamarca en su sesión de fe- cha 27 de marzo del 2003 y a lo dispuesto por la parte