Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2003 (05/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

MORDAZA, viernes 5 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO;

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- Contribuir a la coordinacion y armonizacion de las politicas y acciones sectoriales de apoyo a las MYPE, a nivel regional y local. - Supervisar las politicas, planes y programas de promocion de las MYPE, en su ambito. - Presentar propuestas que permitan mejorar la competitividad de las MYPE de la Region Tacna. - Recoger y difundir informacion que tiene valor para los integrantes de la Comision Regional de Coordinacion de las MYPE establecer cronogramas de acciones comunes. - Definir agendas y el seguimiento de acciones. - Promover las acciones de coordinacion y cooperacion de las Instituciones promotoras del Desarrollo de las MYPE en la Region Tacna. Articulo Cuarto.- Los beneficios del Consejo Regional de la MYPE de la Region Tacna seran: - Generar un clima de dialogo y confianza entre las instituciones que promuevan a la MYPE - Facilitar el intercambio de informacion. - Realizar actividades utiles para las instituciones integrantes, a traves de charlas MORDAZA por expertos en la materia. - Posibilitar un aprendizaje de la experiencia internacional y nacional, a menos costo y con mayor interes. Articulo Quinto.- El Consejo Regional de la MYPE de la Region Tacna, estara integrado por: - Un representante del Gobierno Regional de Tacna, quien lo presidira. - Un representante de la Direccion Regional Sectorial de Trabajo y Promocion del Empleo de Tacna. - Un representante de la Direccion Regional Sectorial de la Produccion de Tacna. - Un representante de la Direccion Regional Sectorial de Comercio Exterior y Turismo de Tacna. - Un representante de la MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna - ZOFRATACNA. - Un representante de las organizaciones regionales privadas de promocion de las MYPE. - Un representante de cada Municipalidad Provincial de la Region. - Un representante de las Universidades de la Region. - Cuatro representantes de los gremios de la MYPE de la Region. Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia General Regional la ejecucion de la presente Ordenanza Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna para su promulgacion. En Tacna, a los seis dias del mes de noviembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Tacna, a los seis dias del mes de noviembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 22589

Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 199º estipula: "Los gobiernos regionales y locales son fiscalizados por sus propios organos de fiscalizacion y por los organismos que tengan tal atribucion por mandato constitucional o legal, y estan sujetos al control y supervision de la Contraloria General de la Republica, la que organiza un sistema de control descentralizado y permanente. Los mencionados gobiernos formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a Ley"; Que, la Ley Nº 27867, modificado por la Ley Nº 27902 y Nº 28103 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 8º.- Principios rectores de las politicas y la gestion regional, en el numeral 3 de dicho articulo establece: Gestion moderna y rendicion de cuentas.- La Administracion Publica Regional esta orientada bajo un sistema moderno de gestion y sometida a una evaluacion de desempeno. Los gobiernos regionales incorporaran a sus programas de accion mecanismos concretos para la rendicion de cuentas a la ciudadania sobre los avances, logros, dificultades y perspectivas de su gestion. La Audiencia Publica sera una de ellas. Los titulares de la administracion publica regional son gestores de los intereses de la colectividad y estan sometidos a las responsabilidades que la Ley establezca; Que, la mencionada Ley Organica de Gobiernos Regionales en su articulo 24º senala: "El Gobierno Regional realizara como minimo dos audiencias publicas regionales al ano, una en la capital de la region y otra en una provincia, en las que MORDAZA cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo"; Que, para la mejor realizacion de las audiencias publicas de rendicion de cuentas, es necesario contar con un Reglamento que contemple con suficiente detalle y orden los distintos aspectos que garantizaran el normal desarrollo de la actividad. El Reglamento ha de orientar - fundamentalmente - a promover y facilitar la participacion democratica y responsable de los ciudadanos y ciudadanas; Que, este Reglamento deberia ser propuesto por el Presidente Regional, en virtud de la atribucion contenida en el articulo 21º, literal u) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. La aprobacion del Reglamento corresponderia al Consejo Regional, tal como lo dispone el articulo 15º de la misma Ley, que contempla las atribuciones del Consejo Regional: Definir la politica permanente del fomento de la Participacion Ciudadana"; Que, en merito a la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28103 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, articulos 15º numeral a) y 38º, el Consejo Regional aprueba la siguiente: ORDENANZA Articulo Unico.- Aprobar el Reglamento de Audiencias Publicas Regionales de Rendicion de Cuentas para el Gobierno Regional de Tacna, que consta de 40º articulos y 5º Disposiciones Transitorias y Finales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna para su promulgacion. En Tacna, a los seis dias del mes de noviembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Tacna, a los seis dias del mes de noviembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 22590

Aprueban el Reglamento de Audiencias Publicas Regionales de Rendicion de Cuentas para el Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2003-CR/GOB.REG.TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional de Tacna, en su Sesion Extraordinaria de fecha 6 de noviembre del 2003, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

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