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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G35/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de diciembre de 2003 182 Por vender con menor peso y/o medida los productos naturales 5% 183 Por usar medidas fraudulentas sin perjuicio del deco- miso 5% 184 Por tener incompleto el juego de medidas de peso y capacidad. 5% 185 Por violar el precinto colocado a las máquinas expende doras de gasolina y kerosene y/o no contar con precinto 40% 186 Por alteración de precios de productos de primera necesidad 10% 187 Por ocultar artículos de primera necesidad (acapara- miento). 30% 188 Por mezclar artículos de primera necesidad con otros de inferior calidad o viceversa. 20% 189 Por no indicar precios de los artículos 5% 190 Por exigir para venta de un artículo la venta de otro 10% 191 Por no vender en los horarios establecidos o excederse 10%192 Por vender aves beneficiadas y carnes de camales no autorizados. 15% 193 Por no conducir el puesto personalmente 10%194 Por no abrir los puestos de vías de primera necesidad y bodegas a las 08.00 horas y Farmacias que no cum- plan con el turno correspondiente. 5% 195 Por tener sus puestos en mal estado de higiene y con- servación. 10% 196 Por fomentar escándalos en los establecimientos, puestos y otros. 10% 197 Por ausentarse más de 8 días de su puesto sin pre- via comunicación y Autorización Municipal. 5% 198 Por modificar su puesto sin Autorización Municipal 5% 199 Por traspasar su puesto sin Autorización Municipal 5% 200 Por negarse a la venta de artículos de primera necesi- dad teniendo en stock. 10% 201 Por permanecer y/o pernoctar en el mercado municipal después del horario 5% 202 Por la venta de carne molida y embutidos sin tomar - las medidas de higiene y conservación. 10% 203 Por libar y/o beber licor dentro de los mercados 5%204 Por instalar mercadería en los pasadizos de los merca- dos, atentando contra la seguridad e integridad física 10% 205 Por utilizar papel periódico impreso para la envoltura de alimentos 5% 206 Por carecer de agua y desagüe en los puestos donde se venden alimentos preparados 10% ANUNCIOS PROPAGANDAS Y PUBLICIDAD EXTERIOR 207 Por pintar o pegar en las paredes propaganda comer- 3% retiro de inmediato del cial, afiches o colocar banderolas sin autorización mu- anuncio o propaganda nicipal en inmuebles en general o regularización Personas Naturales por cada anuncio 10% inmediata Personas Jurídicas por cada anuncio 13% 208 Por instalar afiches, postes, banderolas, láminas gigantografía y otros elementos similares 100% 209 Instalación de Anuncio y/o publicidad exterior sin autorización municipal 200% 210 Instalar elementos de publicidad en forma distinta a la autorizada 150% Regularización 211 No mantener los elementos de publicidad exterior, toldos o marquesinas en buen estado de limpieza y funcionam. 5% 212 Instalar toldos o marquesinas sin autorización municipal 10%213 Distribuir o arrojar volantes en las áreas de dominio público 6% 214 Instalar anuncio y/o publicidad exterior cuya solicitud Retiro inmediato del haya sido denegado por la Municipalidad mediante anuncio Resolución 100% 215 Por retiro de anuncio sin aviso 3% Regularización 216 Por modificación posterior del anuncio autorizado, sin Retiro del anuncio haberse comunicado previamente a la Municipalidad 25%CODIGO DESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIÓN SANCION EN PROPORCIÓN UIT VIGENTE PECUNIARIA NO PECUNIARIA