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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G32/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 15 de diciembre de 2003 Artículo 23º.- Responsabilidades del Oficial de Cumplimiento Las responsabilidades del Oficial de Cumplimiento son las siguientes: a) Verificar la aplicación de las políticas y procedi- mientos implementados para el conocimiento del clien- te, conocimiento del mercado, conocimiento de la bancacorresponsal, según corresponda; así como respecto dela exclusión de clientes del registro de transacciones. b) Revisar las evaluaciones realizadas sobre los clien- tes excluidos del registro. c) Verificar la adecuada conservación y custodia de los documentos requeridos para la prevención del lava-do de activos. d) Promover la definición de estrategias de la empre- sa para prevenir el lavado de activos. e) Tomar las acciones necesarias, con el apoyo de las áreas de Recursos Humanos de las empresas, para asegurar que el personal de la empresa cuente con elnivel de capacitación apropiado que le permita detectartransacciones inusuales y/o sospechosas, y para la ade-cuada difusión del Código de Conducta y del Manual. f) Proponer señales de alerta a ser incorporadas en el Manual. g) Llevar un control de las transacciones comunica- das por el personal como inusuales. h) Analizar las transacciones inusuales detectadas, conjuntamente con el Comité para la Prevención del La-vado de Activos si lo hubiere, con la finalidad de deter- minar las transacciones que podrían ser calificadas como sospechosas. i) Elaborar los reportes de transacciones sospecho- sas para la UIF, en representación de la empresa. j) Ser el interlocutor de la UIF frente a la empresa.k) Emitir informes semestrales sobre la situación del sistema de prevención y su cumplimiento dentro de la empresa. l) Las demás que sean necesarias para vigilar el cum- plimiento del sistema de prevención. Para el debido cumplimiento de sus responsabilida- des, el Oficial de Cumplimiento debe elaborar un Pro- grama Anual de Trabajo que deberá ser puesto en consi-deración previa del Directorio y aprobado antes del 31de diciembre de cada año. Dicho programa debe seña-lar la metodología empleada para las revisiones del ni-vel de cumplimiento del sistema de prevención y las ac- tividades, plazos y fechas para la ejecución de las res- ponsabilidades antes descritas. Artículo 24º.- Primer informe semestral del Oficial de Cumplimiento Para efectos de lo señalado en el artículo anterior, el informe del Oficial de Cumplimiento correspondiente al primer semestre del año debe contener, por lo menos,información relativa a: a) Descripción de las nuevas tipologías de transac- ciones sospechosas detectadas, en relación con el in-forme anterior, en caso las hubiere. b) Número de clientes excluidos del registro de tran- sacciones durante el semestre. c) Nuevos procedimientos implementados para la de- tección y/o prevención de transacciones inusuales y/osospechosas, en relación con el informe anterior. d) Estadísticas mensuales de transacciones inusua- les. e) Estadísticas mensuales de transacciones sospe- chosas. f) Avance y grado de cumplimiento del Programa Anual de Trabajo. g) Toma de acciones correctivas en virtud de las ob- servaciones de la unidad de auditoría interna, auditoríaexterna, la casa matriz y la Superintendencia, si las hu- biere. h) Sanciones aplicadas a los trabajadores durante el semestre debido a incumplimientos del sistema de pre-vención, incluyendo información sobre la identidad delos trabajadores involucrados.i) Evidencia de presentación del informe semestral remitido al Directorio. j) Otros aspectos importantes a criterio del Oficial de Cumplimiento. Artículo 25º.- Segundo informe semestral del Ofi- cial de Cumplimiento El informe del Oficial de Cumplimiento correspondien- te al segundo semestre del año deberá comprender, ade-más de lo señalado en el artículo precedente, una eva-luación anual sobre la adecuación y el cumplimiento delas políticas y procedimientos de la empresa, referidos a los siguientes aspectos mínimos: a) Conocimiento del cliente y del mercado. b) Capacitación del personal en temas relativos a la prevención del lavado de activos. c) Cumplimiento del Código de Conducta por parte del personal, señalando aquellos casos en que éste ha sido incumplido y las medidas correctivas adoptadas. d) Conocimiento del personal mediante la evaluación de sus antecedentes personales, laborales y patrimoniales. e) Registro de transacciones, análisis y control del mismo por el personal encargado a fin de detectar tran- sacciones inusuales y/o sospechosas. f) Mantenimiento de registros de información de clien- tes y sus transacciones por el plazo legal. g) Estadísticas anuales de transacciones inusuales detectadas y de transacciones sospechosas comunica-das a la UIF. h) Cambios y actualizaciones del Manual. i) Cumplimiento del Programa Anual de Trabajo.j) Información sobre el personal que labora con el Ofi- cial de Cumplimiento para realizar las funciones señala-das en el artículo 23º, así como indicar la capacitaciónrecibida en materia de prevención del lavado de activos. k) Sanciones aplicadas a los trabajadores durante el año debido a incumplimientos del sistema de prevención,incluyendo información sobre la identidad de los traba-jadores involucrados. l) Observaciones formuladas por la unidad de audito- ría interna, auditoría externa, la casa matriz y la Super- intendencia, si las hubiere, así como las acciones toma- das y la oportunidad de las mismas. m) Evidencia de presentación del informe semestral remitido al Directorio. En caso se produjeran, en el siguiente semestre, cambios significativos respecto de la evaluación anual de los aspectos antes señalados, tales cambios deberán describirse en el si-guiente informe semestral del Oficial de Cumplimiento, así comoel impacto que estas modificaciones hayan tenido en el siste-ma de prevención del lavado de activos. Artículo 26º.- Plazos para la presentación de in- formes del Oficial de Cumplimiento El informe del Oficial de Cumplimiento correspondien- te al primer semestre (enero - junio), se deberá presen-tar a esta Superintendencia a más tardar el quinto díaútil del mes de agosto, y el informe del segundo semes- tre (julio - diciembre), hasta el quinto día útil del mes de febrero del siguiente año. Dichos informes deben serpuestos en conocimiento del Directorio antes de ser pre-sentados a la Superintendencia. Artículo 27º.- Auditoría interna El diseño y aplicación del sistema de prevención del lavado de activos es responsabilidad de cada empresa ydebe ser evaluado por su Unidad de Auditoría Interna (UAI) sobre la base de los procedimientos de auditoría generalmente aceptados. La evaluación del sistema de prevención en el marco de la Ley , el Reglamento y demás disposiciones perti-nentes, debe comprender, como mínimo, los aspectossobre la materia señalados en el Anexo “Actividades Pro- gramadas” del Reglamento de Auditoría Interna. Las con- clusiones de dicha evaluación deben presentarse a laSuperintendencia mediante un informe especial anual,como anexo del informe del Oficial de Cumplimiento co-rrespondiente al segundo semestre.