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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G35/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 18 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formalespara la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros median- te Evaluación Interna de Expedientes Nº 14-2003-RIAScelebrada el 11 de noviembre de 2003, en concordanciacon lo dispuesto en el artículo 9º del Reglamento del Regis-tro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la ins-cripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or-gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - LeyNº 26702 y sus modificatorias; y en virtud de la facultaddelegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enerode 1998; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros, Sección B: Personas Jurídicasdel Libro II De los Corredores de Seguros a la empresaALVA & ASOCIADOS ASESORES Y CORREDORES DESEGUROS S.R.L. con matrícula Nº J-0651, cuya repre-sentación será ejercida por la señora Elsa Gladys Alva Sil-va-Santisteban con Nº de Registro N-2668. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 23537 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA /G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G75/G61/G74/G72/G6F/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G2D /G6E/G61/G73/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65 /G4C/G69/G6D/G61/G20/G79/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1719-2003 Lima, 11 de diciembre de 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se le autorice la apertura de cuatro (4) OficinasEspeciales, con carácter temporal, los días 5 y 6 de di-ciembre de 2003 para el evento "Teletón 2003", ubicadasen las siguientes instalaciones: - Panamericana Televisión: Av. Arequipa Nº 1110, dis- trito, provincia y departamento de Lima; - Panamericana Televisión: Av. Alejandro Tirado Nº 217, Santa Beatriz, distrito, provincia y departamento de Lima; - Global Televisión: General Orbegozo Nº 140, distrito Breña, provincia y departamento de Lima; - Hogar Clínica San Juan de Dios - Arequipa: Av. del Ejército Nº 1020, distrito Cayma, provincia y departamentode Arequipa. CONSIDERANDO: Que, el Banco de Crédito del Perú en sesión de Comité Ejecutivo celebrado el día 27 de noviembre de 2003, apro-bó la instalación de cuatro oficinas temporales, para el even-to "Teletón 2003", que se realizó los días 5 y 6 de diciem-bre de 2003; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solicita-da; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº179-2003-DESF "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros, con la Circular Nº B-1996-97; y, en vir-tud de las facultades delegadas mediante la ResoluciónSBS Nº 003-98;RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú, en vías de regularización, la apertura de cuatro (4) Ofici-nas Especiales, con carácter temporal, los días 5 y 6 dediciembre de 2003 para la "Teletón", ubicadas en las si-guientes instalaciones: - Panamericana Televisión: Av. Arequipa Nº 1110, dis- trito, provincia y departamento de Lima; - Panamericana Televisión: Av. Alejandro Tirado Nº 217, Santa Beatriz, distrito, provincia y departamento de Lima; - Global Televisión: General Orbegozo Nº 140, distrito Breña, provincia y departamento de Lima; - Hogar Clínica San Juan de Dios - Arequipa: Av. del Ejército Nº 1020, distrito Cayma, provincia y departamentode Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 23485 UNIVERSIDADES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G75/G61/G6C /G73/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G70/G75/G74/G61/G2D /G64/G6F/G72/G61/G73/G20/G79/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G63/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G79/G20/G65/G6E/G73/G65/G2D /GF1/G61/G6E/G7A/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G54/G72/G75/G6A/G69/G6C/G6C/G6F UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1336-2003/UNT Trujillo, 9 de diciembre de 2003 Visto el Expediente Nº 3412-28C, con 19 folios, promo- vido por el Jefe de la Oficina Técnica de Abastecimiento,sobre modificación de Resolución Rectoral Nº 1259-2003/UNT; CONSIDERANDO:Que, el artículo 33º inciso b) de la Ley Universitaria Nº 23733, concordante con el artículo 196º inciso c) del Esta-tuto vigente, establecen que el Rector es el personero yrepresentante legal de la universidad, cuya atribución esdirigir la actividad académica de la institución y su gestiónadministrativa, económica y financiera; Que, por Resolución Rectoral Nº 1259-2003/UNT, de fecha 6 de noviembre de 2003, se autoriza la adquisiciónde 200 computadoras y material de escritorio y enseñan-za, con destino a las diferentes facultades, con fondos pro-venientes del FEDADOI y se designa a los responsablestitulares y suplentes del manejo de la Cuenta Especial delFEDADOI Nº 0741-052490 del Banco de la Nación; Que, mediante Oficio Nº 1940-2003-UNT/OGSEF- ABAST., el Jefe de la Oficina Técnica de Abastecimiento,solicita la modificación de la citada resolución, en el senti-do que la misma debe ser considerada de URGENCIA,incluyéndose además la adquisición de material de cóm-puto e impresiones; Que, mediante Informe Legal Nº 1647-2003-OAJ/UNT, que sirvió como sustento para la emisión de la ResoluciónRectoral Nº 1259-2003/UNT, la Jefa de la Oficina de Asun-tos Jurídicos, de conformidad con el artículo 21º de la LeyNº 26850 y por último proceso para estos fines, opinó quela misma se encuentra en situación de URGENCIA; Estando a lo expuesto, de conformidad con el Informe Legal Nº 1647-2003-OAJ/UNT, artículo 21º de la Ley Nº26850 y, en uso de las atribuciones conferidas al señorRector en virtud del artículo 33º de la Ley Nº 23733 con-cordante con el inciso c) del artículo 196º del Estatuto vi-gente; SE RESUELVE: 1º) MODIFICAR, el primer numeral resolutivo de la Re- solución Rectoral Nº 1259-2003/UNT, debiendo conside-