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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G39/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 23 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1238-2003-SA/ SG-DM, se aprueba el acta de compromiso suscrita entreel Ministerio de Salud con los representantes de la Federa-ción Médica Peruana, Asociación Nacional de Médicos delMinisterio de Salud, Asociación Nacional de Médicos Con-tratados por Servicios No Personales y Asociación Nacio-nal de Médicos Residentes; Que, uno de los acuerdos adoptados consiste en la conformación de una comisión encargada de elaborar unante proyecto de ley del residentado médico; y, De conformidad con lo establecido en el literal l) del artículo 8º de la Ley del Ministerio de Salud, aprobada porla Ley Nº 27657; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Conformar una comisión encargada de evaluar la problemática de los médicos residentes a efec-tos de elaborar propuestas normativas sobre el particular.Dicha comisión está conformado de la siguiente manera: - Un representante del Ministro de Salud, quien la pre- sidirá. - Un representante del Instituto de Recursos Humanos - IDREH, quien actuará como secretario técnico. - Un representante Oficina General de Gestión de Re- cursos Humanos. - Un representante de la Oficina General de Asesoría Jurídica. - Un representante del Colegio Médico del Perú.- Un representante de la Federación Médica del Perú.- Un representante de la Asociación Nacional de Médi- cos Residentes del Perú. Artículo 2º.- La Comisión concluirá su informe en un plazo máximo de 90 días, debiendo remitir dicho informe alDespacho Ministerial. Regístrese y comuníquese.ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 23883 /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G61/G2D /G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G2D /G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G6C/G61/G7A/G61/G73/G20/G64/G65 /G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G6D/GE9/G64/G69/G63/G6F/G2D/G63/G69/G72/G75/G6A/G61/G6E/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1283-2003-SA/DM Lima, 22 de diciembre del 2003 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 559, Ley de Trabajo Mé- dico, y su norma reglamentaria aprobada por el DecretoSupremo Nº 024-2001-SA, establecen que el ingreso a lacarrera médica se realiza únicamente por concurso públi-co; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1238-2003-SA/ SG-DM, se aprobó el acta de compromiso suscrita entre elMinisterio de Salud con los representantes de la Federa-ción Médica Peruana, Asociación Nacional de Médicos delMinisterio de Salud, Asociación Nacional de MédicosContratados por Servicios No Personales y AsociaciónNacional de Médicos Residentes; Que, uno de los acuerdos adoptados consiste en la conformación de una comisión encargada de elaborar elproyecto de reglamento de concursos para la provisión deplazas de profesionales médicos-cirujanos; De conformidad con lo establecido en el literal l) del artículo 8º de la Ley del Ministerio de Salud, aprobada porla Ley Nº 27657; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar una comisión encargada de elaborar el proyecto de reglamento de concursos para laprovisión de plazas de profesionales médico-cirujanos, laque está conformada de la siguiente manera:- Un representante del Ministro de Salud, quien la pre- sidirá. - El Director General de la Oficina de Gestión de Recur- sos Humanos o su representante, quien actuará como se-cretario técnico. - El Jefe del Instituto de Recursos Humanos - IDREH o su representante. - El Director de la Oficina de Asesoría Jurídica o su representante. - Un representante del Colegio Médico del Perú.- Un representante de la Federación Médica del Perú.- Un representante de la Asociación Nacional de Médi- cos del Ministerio de Salud - ANMS. Artículo 2º.- El grupo de trabajo remitirá el proyecto de reglamento en un plazo de 15 días naturales, contadosdesde la notificación de la presente resolución. Artículo 3º.- El Ministerio de Salud podrá invitar a otros organismos públicos para coadyuvar en la elaboración delmencionado proyecto normativo. Regístrese y comuníquese. ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 23884 VIVIENDA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G66/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G72/G65/G64/G69/G74/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G69/G6D/G2D /G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G61/G68/G6F/G72/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G6F/G73/G74/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6C/G20/G42/G6F/G6E/G6F/G20/G46/G61/G6D/G69/G6C/G69/G61/G72/G20/G48/G61/G62/G69/G74/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G52/G65/G6E/G6F/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 274-2003-VIVIENDA Lima, 19 de diciembre de 2003CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 054-2002-VI- VIENDA, se declaró de utilidad pública la creación y desa-rrollo del Proyecto Techo Propio, en el ámbito del Ministeriode Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que tienecomo objetivo entre otros, establecer, promover y/o facilitarlos mecanismos adecuados y transparentes que permitanel acceso de los sectores populares a una vivienda digna; Que, mediante Ley Nº 27829 se creó el Bono Familiar Habitacional - BFH como parte de la política sectorial delMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el cualse otorga por una sola vez a los beneficiarios, con criteriode utilidad pública, sin cargo de restitución por parte deéstos, y que se destinará exclusivamente a la adquisición,construcción en sitio propio o mejoramiento de una vivien-da de interés social; Que, el artículo 1º del Reglamento de la Ley Nº 27829, Ley del Bono Familiar Habitacional, aprobado por DecretoSupremo Nº 030-2003-VIVIENDA, señala que medianteResolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construc-ción y Saneamiento, se podrán establecer otras formas deacreditar el ahorro mínimo; Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo X de la Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Localespromueven el desarrollo integral, para viabilizar el creci-miento económico, la justicia social y sostenibilidad am-biental, en coordinación y asociación con los niveles degobierno nacional y regional, con el objeto de facilitar lacompetitividad local y propiciar las mejores condiciones devida de su población; Que, existen Fondos especialmente creados en la Mu- nicipalidades que tiene como objetivo financiar proyectosde construcción, rehabilitación, remodelación, restauración,recuperación y reconstrucción inmobiliaria y equipamientocon fines de renovación y desarrollo urbano; Que, resulta necesario establecer nuevos mecanismos que permitan acreditar el importe de la cuota inicial requeri-da para la postulación al Bono Familiar Habitacional paraRenovación Urbana, regulado por el artículo 38º de la Re-solución Ministerial Nº 247-2003-VIVIENDA, el cual se se-ñala que se podrá postular al BFH para Renovación Urbanade manera individual o colectiva, bajo cualquiera de las mo-dalidades de aplicación: Adquisición de Vivienda Nueva,Construcción en Sitio Propio o Mejoramiento de Vivienda;