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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (23/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G39/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 23 de diciembre de 2003 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 278-2003-VIVIENDA Lima, 19 de diciembre de 2003 Visto, el Oficio Nº 1717-2003-GG-INFES-VIVIENDA, de fecha 10 de noviembre, emitido por del Gerente Generaldel Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y deSalud - INFES, por el que solicita se autorice a la Procura-dora Pública Ad Hoc del INFES, a interponer acciones ju-diciales que correspondan, contra la compañía de segurosINVITA SEGUROS DE VIDA; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 25 de junio de 1999, se suscribió el Con- trato de Construcción de Obra a Suma Alzada entre el Insti-tuto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - IN-FES, y la firma contratista A. y F. INGENIEROS S.A., parala construcción de la Obra I.S.P. “José Antonio Encinas ”,ubicado en la Carretera Panamericana Norte S/N. A.H. Sa-lamanca, distrito, provincia y departamento de Tumbes, porun monto de S/. 570,600.00 materia de la A.D. Nº 018-99-PRES-INFES; Que, con fecha 16.2.2001 la aseguradora Wiese Aetna Compañía de Seguros, ahora InVita Seguros de Vida, se obli-gó, frente al INFES garantizar al contratista A. y F. INGENIE-ROS S.A. en el caso de incumplimiento en la ejecución de laobra I.S.P. “JOSÉ ANTONIO ENCINAS” emitiendo la Pólizade Caución Nº 109336 (Fiel Cumplimiento), por un de Impor-te de S/. 60,000.00 y fecha de vencimiento 17.5.2001; Que, por Resolución de Gerencia Obras Nº 200-2001- PRES-INFES del 23.3.2001, el INFES aprobó la LiquidaciónFinal del Contrato de Obra, estableciéndose un monto final acargo del contratista la suma de S/. 62,255.48, por conceptode multa. Notificada al Contratista el 26.3.2001; asimismo dis-puso que la Gerencia de Obras formule la Minuta de Declara-toria de Fábrica por cuenta y costo del contratista citado; Que, mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 035- 2001-PRES-INFES, de fecha 6 de abril de 2001 el INFES,se declaró infundado el Recurso de Apelación interpuestopor el contratista A. y F. INGENIEROS S.A. contra la Re-solución de Gerencia de Obras Nº 200-2001-PRES-INFES,que aprobó la Liquidación Final del Contrato de la ObraI.S.P. “JOSÉ ANTONIO ENCINAS”; Que, mediante Oficios Nºs. 1220, 2054, 2324-2001-GA- PRES-INFE, de fechas 23.5.2001, 10.10.2001 y 27.12.2001y Oficios Nºs. 644-2002-GA-ME-INFES, 2161-2002-GG-INFES-VIVIENDA, de fechas 12.6.2002, 11.12.2002, el IN-FES solicitó a InVita Seguros de Vida, proceder a la efectivi-zación de la Póliza de Caución Nº 109336, dentro del plazomáximo de tres (3) días, garantía que se encontraba exigi-ble, conforme a lo previsto en el Art. 1898º del Código Civilconcordante con el Art. 40º de Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Sin em-bargo, de manera inexplicable la citada aseguradora, no hacumplido con su obligación de honrar la Póliza citada a favordel INFES, pese a su requerimiento oportuno y reiterado; Que, el inciso 1) artículo 1219º del Código Civil esta- blece como efecto de las obligaciones, el autorizar al acree-dor para emplear las medidas legales a fin de que el deu-dor le procure aquello a que está obligado; Con la opinión favorable de la Oficina General de Ase- soría Jurídica; y, De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537,modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y la Ley Nº 27792,Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivien-da, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Procuradora Pú- blica Ad Hoc del Instituto Nacional de Infraestructura Edu-cativa y de Salud - INFES, a interponer las acciones judi-ciales que correspondan contra la aseguradora INVITASEGUROS DE VIDA, por las razones expuestas en la par-te considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Pública mencionada, para los fines a quese contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 23879/G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G73/G75/G2D /G6A/G65/G74/G6F/G20/G61/G20/G6D/G6F/G64/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G62/G61/G6A/G6F/G20/G6C/G6F/G73/G20/G61/G6C/G63/G61/G6E/G63/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G44/G2E/G20/G4C/G65/G67/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G37/G32/G38/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G73/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73 /G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G6E/G63/G61/G73/G68/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G48/G75/GE1/G6E/G75/G63/G6F/G2D/G50/G61/G73/G63/G6F RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL Nº 1007-2003-GG-PJ Lima, 18 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27803, se implementan las reco- mendaciones derivadas de las Comisiones creadas para lasLeyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisar los cesescolectivos efectuados en las entidades del Sector Público; Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2002-TR, se dictan las reglas generales de la Ley Nº 27803, para laimplementación de las recomendaciones de las Comisio-nes Especiales creadas por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586; Que, asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20º del Decreto Supremo Nº 014-2002-TR de fecha28 de setiembre del 2002; los ex servidores cesados en for-ma irregular se reincorporarán en plazas presupuestadas yvacantes que se generen con posterioridad al 28 de setiem-bre del 2002; Que, mediante Oficios Nºs. 259-2003-GPEJ-GG/PJ y 268-2003-GPEJ-GG/PJ, de fecha 22 de julio del 2003 yOficio Circular Nº 015-2003-GPEJ-GG/PJ, de fecha 21 deagosto del 2003, se establecen los criterios a aplicarse parael proceso de reincorporación de los ex servidores cesa-dos irregularmente en las respectivas Cortes Superioresde Justicia de la República; Que, mediante Oficio Nº 2114-P-CSJAN/PJ, de fecha 5 de setiembre del año en curso, la Presidencia de la CorteSuperior de Justicia de Ancash, remite la relación del perso-nal reincorporado por cese irregular, a fin de que sea consi-derado en las plazas vacantes presupuestadas de dicha Corte; Que, mediante Oficio Nº 1140-2003-P-CSJHP/PJ, de fecha 1 de agosto del año en curso, la Presidencia de laCorte Superior de Justicia de Huánuco - Pasco, remite larelación del personal reincorporado por cese irregular, afin de que sea considerado en las plazas vacantes presu-puestadas de dicha Corte; De conformidad con las facultades otorgadas a la Ge- rencia General, mediante Resolución Administrativa Nº 161-2001-CE-PJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar a partir de la fecha, la Con- tratación sujeto a modalidad bajo los alcances del DecretoLegislativo Nº 728, del personal que se detalla en el Anexo1 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Comunicar la decisión contenida en el Artículo Primero de la presente Resolución, al Minis-terio de Trabajo y Promoción del Empleo, a las áreas admi-nistrativas correspondientes, así como a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese.HUGO R. SUERO LUDEÑA Gerente General Anexo Nº 01 Personal Comprendido en el D.S. Nº 014-2002-TR Nº APELLIDOS Y NOMBRES CARGO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANCASH 01 ARAUCANO VEGA NARCISO SECRETARIO JUDICIAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUÁNUCO-PASCO 01 CASTAÑEDA Y CANO GUILLERMO TÉCNICO JUDICIAL 23898