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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G39/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 23 de diciembre de 2003 De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivien-da, Construcción y Saneamiento, su Reglamento aproba-do mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, LeyNº 27829, su Reglamento, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 030-2003 y Resolución Ministerial Nº 247-2003-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Formas de acreditar el importe de aho- rro de la cuota inicial para postulación al Bono Fami-liar Habitacional para Renovación Urbana. Para efectos de la postulación al Bono Familiar Habita- cional para Renovación Urbana de manera individual o co-lectiva, los postulantes acreditarán el importe de la cuotainicial requerida de la siguiente manera: - Con la Cuenta de Ahorros respectiva en la que se encuentre depositado el ahorro mínimo requerido; o, - Con la presentación de una Carta de Compromiso, emitida por Fondos especialmente creados en la Munici-palidades que tengan como finalidad financiar proyectosde construcción, habilitación, recuperación o reconstruc-ción inmobiliaria, con fines de renovación o desarrollo ur-bano, mediante la cual se obliga a conceder un préstamo afavor del solicitante, por el monto necesario para constituir,complementar o incrementar el ahorro mínimo requeridopara su postulación al Bono Familiar Habitacional. La cita-da Carta de Compromiso podrá emitirse a requerimientodel solicitante. El préstamo que los citados Fondos otorguen deberá desembolsarse previamente al Bono Familiar Habitacionaly será considerado como parte integrante del ahorro. Artículo 2º.- Oportunidad de desembolso del prés- tamo El Fondo de la Municipalidad respectiva, podrá condi- cionar el desembolso del préstamo señalado en el artículoanterior, a que el postulante al Proyecto Techo Propio seacalificado como beneficiario definitivo del Bono FamiliarHabitacional, así como a otras condiciones que dicho Fon-do considere pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 23875 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G70/G72/GF3/G72/G72/G6F/G67/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65 /G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65 /G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 275-2003-VIVIENDA Lima, 19 de diciembre de 2003Vistos el Informe Técnico Nº 050-2003/VIVIENDA-OGA, de la Oficina General de Administración y el Informe Nº797-2003/VIVIENDA-OGAJ, de la Oficina General de Ase-soría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 118-2003-VI- VIENDA del 30 de mayo de 2003, se exoneró al Ministeriode Vivienda, Construcción y Saneamiento del requisito deConcurso Público, para la celebración de un Contrato deArrendamiento con la Empresa Petróleos del Perú - PE-TROPERÚ S.A., respecto del inmueble sito en la Av. Pa-seo de la República Nº 3361, San Isidro, autorizándolo aefectuar dicha contratación mediante proceso de Adjudi-cación de Menor Cuantía, por el período comprendido del1 de junio de 2003 al 31 de diciembre de 2003, por un valorreferencial de S/.1’147,811.86; Que, en mérito a la Resolución referida en el conside- rando anterior, con fecha 31 de mayo de 2003, el Ministeriode Vivienda, Construcción y Saneamiento y la EmpresaPetróleos del Perú - PETROPERÚ S.A., suscribieron unContrato de Arrendamiento, respecto del inmueble de supropiedad sito en Av. Paseo de la República Nº 3361, SanIsidro, por un plazo comprendido entre el 1 de junio de 2003 al 31 de diciembre de 2003; Que, mediante el Informe Técnico de Vistos, la Oficina General de Administración señala que estando por culmi-nar el plazo del Contrato antes referido, resulta necesarioprorrogar la vigencia del mismo hasta el 31 de julio de 2004,teniendo en cuenta que el referido inmueble funcionan lasoficinas administrativas del Ministerio de Vivienda, Cons-trucción y Saneamiento, en cuyas instalaciones viene la-borando el personal con el propósito de cumplir con lasmetas y objetivos encomendados; Que, por Informe de Vistos, la Oficina General de Ase- soría Jurídica manifiesta que el marco jurídico en el querealizará la prórroga del Contrato de Arrendamiento mate-ria del presente resolutivo, está determinado en el TUO dela Ley Nº 27850, aprobado mediante Decreto Supremo Nº012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, el literal g) del artículo 19º del TUO de la Ley Nº 26850, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, establece queestán exonerados de los procesos de Licitación Pública,Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea elcaso, las adquisiciones y contrataciones que se realicenpara prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento deinmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando larenta no se incremente en una tasa mayor al crecimientodel índice general de precios al por mayor; Que, el artículo 20º del TUO de la Ley Nº 26850, preci- sa que todas las exoneraciones, salvo la prevista en el lite-ral b) del citado artículo 19º, se aprobarán mediante Reso-lución del Titular del Pliego de la Entidad, según corres-ponda y se realizarán mediante el proceso de Adjudica-ción de Menor Cuantía; Que, el numeral 3) del artículo 119º del Reglamento del TUO de la Ley Nº 26850, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM establece que las prórrogas sucesivas de los contra-tos de arrendamiento deberán efectuarse observando lascondiciones previstas en los contratos respectivos, conte-niendo necesariamente una cláusula de resolución unila-teral a favor de la entidad, sin pago de indemnización porningún concepto y sin incluir opción de compra; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurí- dica, de la Oficina General de Administración y de la Ofici-na General de Planificación y Presupuesto; y, De conformidad con lo establecido en el literal g) del artículo 19º y en el artículo 20º del TUO de la Ley Nº 26850,aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM y en el numeral 3)del artículo 119º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº013-2001-PCM y sus normas modificatorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar al Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento del requisito de Concurso Público,para la prórroga del Contrato de Arrendamiento suscrito el31 de mayo de 2003, con la Empresa Petróleos del Perú -PETROPERÚ S.A., respecto del inmueble de su propie-dad sito en Av. Paseo de la República Nº 3361, San Isidro,autorizándolo a efectuar dicha contratación mediante Ad-judicación de Menor Cuantía, por el período comprendidoentre el 1 de enero al 31 de julio de 2004, por un montototal de S/.1’147,811.86 (Un millón ciento cuarenta y sietemil ochocientos once y 86/100 Nuevos Soles), suma queincluye el pago de la renta, el alquiler de estacionamientosy los gastos, en forma proporcional al área a ser ocupadapor dicho Ministerio, de los servicios de agua, energía eléc-trica, arbitrios, limpieza, seguridad y vigilancia, por las ra-zones expuestas en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- La prórroga a que se refiere el artículo precedente, se realizará de acuerdo a las normas conteni-das en el TUO de la Ley Nº 26850, aprobado por D.S. Nº012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM y sus normas modificatorias. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial así como los Informes Técnico y Legal que la sustentan, seránpuestos en conocimiento de la Contraloría General de laRepública, dentro de los diez (10) días siguientes a la fe-cha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 23876