Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2003 (23/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 23 de diciembre de 2003

Designan Jefe de la Oficina Zonal I Chiclayo del INFES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 276-2003-VIVIENDA MORDAZA, 19 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 480-2001-CD-PRES-INFES de fecha 13 de junio de 2003, se acepto la renuncia formulada por el ingeniero MORDAZA MORDAZA Larrea Wong, al cargo de Jefe de la Oficina Zonal I - Chiclayo, del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; Que, en tal sentido, el cargo citado en el considerando precedente se encuentra vacante por la renuncia de su titular; Que, de conformidad con la Ley Nº 27779, Nº 27792, Nº 27594, el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y la Resolucion Ministerial Nº 074-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a partir de la fecha al arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Jefe de la Oficina Zonal I - Chiclayo del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 23877

pos y Herramientas de la referida Obra, diligencia realizada con la presencia del Juez de Paz de Tercera Nominacion del distrito de Punta de Bombon; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 5082003-INFES-VIVIENDA del 17 de MORDAZA de 2003, se aprobo la Liquidacion Final del Contrato de Obra a Suma Alzada correspondiente al referido Centro Educativo, la cual fue notificada por conducto notarial, no habiendo podido ser diligenciado por no encontrarse presente ninguna persona en el domicilio senalado en el referido Contrato; por lo que se procedio a notificar la Resolucion que resuelve el Contrato, mediante publicaciones en el Diario Oficial El Peruano y en el diario El Comercio el dia 4 de agosto de 2003; Que, la aseguradora Wiese Aetna Compania de Seguros, ahora INVITA SEGUROS DE MORDAZA, garantizo frente al INFES, al Contratista KAZZYCO S.R.L. en el cumplimiento de las obligaciones en la ejecucion de la obra del C.E. "Victor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ", emitiendo las Polizas de Caucion siguientes: - Poliza de Caucion Nº 111176 (Fiel Cumplimiento) Importe S/. 50,694.69 F/vencimiento 1.3.2003. - Poliza de Caucion Nº 111177 (Garantia Adicional) Importe S/. 217,262.95 F/vencimiento 1.3.2003. - Poliza de Caucion Nº 111178 (ADLTO en Efectivo) Importe S/.101,389.38 F/vencimiento 12.9.2002. - Poliza de Caucion Nº 111179 (ADLTO Materiales) Importe S/. 202,778.76 F/vencimiento 12.9.2002; Que, mediante Oficios Nºs. 984-2002-GA-ME-INFES, 9852002-GA-ME-INFES, de fecha 17.9.2002 y Nºs. 187-2003INFES-VIVIENDA, 188-2003-INFES-VIVIENDA de fecha 4.3.2003, los cuales fueron diligenciados notarialmente, el INFES solicito a INVITA SEGUROS DE MORDAZA, la efectivizacion de las Polizas de Caucion Nºs. 111176, 111177, 111178 y 111179, garantias que se encontraban exigibles y conforme a lo previsto en el articulo 1898º del Codigo Civil concordante con el articulo 40º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la mencionada aseguradora estaba en la obligacion de proceder a efectivizar dichas Polizas dentro del plazo MORDAZA de tres (3) dias; Que, mediante Cartas Nºs. 098/2003 y 099/2003 recepcionadas por el INFES en fecha 4 de junio del 2003, INVITA SEGUROS DE MORDAZA, precisa que las indicadas Polizas de Caucion para su ejecucion estan supeditadas a terminos y a condiciones especificas previstas en los articulos 4º y 7º de las Condiciones Generales (Objeto y Extension del Seguro y del Siniestro), debiendo el INFES remitir informacion documentada, cumpliendo el INFES mediante Oficios Nºs. 978-2003-GG-INFES-VIVIENDA y 12462003-GG-INFES-VIVIENDA de fechas 1.8.2003 y 4.8.2003, con remitir la documentacion solicitada; sin embargo, de manera inexplicable la citada Cia. de Seguros, no ha cumplido con su obligacion de honrar las referidas Polizas, pese a su requerimiento oportuno y reiterado; Que, el inciso 1) articulo 1219º del Codigo Civil establece como efecto de las obligaciones, el autorizar al acreedor para emplear las medidas legales a fin de que el deudor le procure aquello a que esta obligado; y, Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Legal; y, De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la Procuradora Publica Ad Hoc encargada de los asuntos judiciales del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, a interponer las acciones judiciales que correspondan contra la compania de seguros INVITA SEGUROS DE MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Publica mencionada, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 23878

Autorizan a procuradora iniciar acciones judiciales para que compania de seguros cumpla con efectivizar polizas de caucion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 277-2003-VIVIENDA MORDAZA, 19 de diciembre de 2003 Visto, el Oficio Nº 1716-2003-GG-INFES-VIVIENDA del Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, por el que solicita se autorice a la Procuradora Publica Ad Hoc del INFES, a interponer acciones judiciales que correspondan, contra la compania de seguros INVITA SEGUROS DE VIDA; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 21 de junio del 2002, se suscribio el Contrato de Construccion de Obra a Suma Alzada entre el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES y la firma KAZZY CONSTRUCTORA PROYECTISTA S.R.L. (KAZZYCO S.R.L.), para la construccion de la Obra del C. E. "Victor MORDAZA MORDAZA Caceres", ubicado en el distrito de Punta de Bombon, provincia de Islay, departamento de MORDAZA, por un monto de S/. 506 946.90,materia de la A.D.P Nº 0002-2002-INFES-ODI-ORDESUR-PAE-CAF; Que, mediante Carta Nº 2477-2002-JVII-INFES-VIVIENDA, el Jefe Zonal VII - MORDAZA, recomienda la resolucion total del contrato, ya que el contratista KAZZYCO S.R.L. continua con el reiterado incumplimiento de sus obligaciones contractuales, evidenciando una total incapacidad tecnico economica, falta de voluntad y negligencia, lo que ha generado la paralizacion de sus trabajadores por falta de pago de sus haberes, con el consecuente retiro de equipos, insumos y recursos humanos; sin los cuales no es posible continuar con la ejecucion de indicada obra; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 7962002-INFES-VIVIENDA de fecha 31 de octubre de 2002, el INFES declaro RESUELTO el contrato de Construccion de Obra a Suma Alzada del C.E. "Victor MORDAZA MORDAZA Caceres", Resolucion que fue debidamente notificada a traves del Oficio Nº 1827-2002-GG-INFES-VIVIENDA en fecha 5 de noviembre de 2002; posteriormente con fecha 18 de noviembre de 2002, se suscribio el Acta de Constatacion Fisica de la Obra e Inventario de los Materiales, Equi-

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