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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (23/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 26

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G39/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 23 de diciembre de 2003 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G49/G20/G2D /G43/G68/G69/G63/G6C/G61/G79/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G46/G45/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 276-2003-VIVIENDA Lima, 19 de diciembre de 2003CONSIDERANDO:Que, mediante el Oficio Nº 480-2001-CD-PRES-INFES de fecha 13 de junio de 2003, se aceptó la renuncia formu-lada por el ingeniero Eduardo Antonio Larrea Wong, al car-go de Jefe de la Oficina Zonal I - Chiclayo, del InstitutoNacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; Que, en tal sentido, el cargo citado en el considerando precedente se encuentra vacante por la renuncia de su ti-tular; Que, de conformidad con la Ley Nº 27779, Nº 27792, Nº 27594, el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA yla Resolución Ministerial Nº 074-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha al arquitecto Franklin Chávez Torres, en el cargo de Jefe de la OficinaZonal I - Chiclayo del Instituto Nacional de InfraestructuraEducativa y de Salud - INFES. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 23877 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G63/G6F/G6D/G70/G61/GF1/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G2D/G67/G75/G72/G6F/G73/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G69/G76/G69/G7A/G61/G72/G20/G70/GF3/G6C/G69/G7A/G61/G73/G20/G64/G65/G63/G61/G75/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 277-2003-VIVIENDA Lima, 19 de diciembre de 2003Visto, el Oficio Nº 1716-2003-GG-INFES-VIVIENDA del Gerente General del Instituto Nacional de InfraestructuraEducativa y de Salud - INFES, por el que solicita se autori-ce a la Procuradora Pública Ad Hoc del INFES, a interpo-ner acciones judiciales que correspondan, contra la com-pañía de seguros INVITA SEGUROS DE VIDA; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 21 de junio del 2002, se suscribió el Con- trato de Construcción de Obra a Suma Alzada entre el Insti-tuto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - IN-FES y la firma KAZZY CONSTRUCTORA PROYECTISTAS.R.L. (KAZZYCO S.R.L.), para la construcción de la Obradel C. E. “Víctor Manuel Torres Cáceres”, ubicado en el dis-trito de Punta de Bombón, provincia de Islay, departamentode Arequipa, por un monto de S/. 506 946.90,materia de laA.D.P Nº 0002-2002-INFES-ODI-ORDESUR-PAE-CAF; Que, mediante Carta Nº 2477-2002-JVII-INFES-VI- VIENDA, el Jefe Zonal VII - Arequipa, recomienda la reso-lución total del contrato, ya que el contratista KAZZYCOS.R.L. continúa con el reiterado incumplimiento de sus obli-gaciones contractuales, evidenciando una total incapaci-dad técnico económica, falta de voluntad y negligencia, loque ha generado la paralización de sus trabajadores porfalta de pago de sus haberes, con el consecuente retiro deequipos, insumos y recursos humanos; sin los cuales noes posible continuar con la ejecución de indicada obra; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 796- 2002-INFES-VIVIENDA de fecha 31 de octubre de 2002,el INFES declaró RESUELTO el contrato de Construcciónde Obra a Suma Alzada del C.E. “Víctor Manuel TorresCáceres”, Resolución que fue debidamente notificada a tra-vés del Oficio Nº 1827-2002-GG-INFES-VIVIENDA en fe-cha 5 de noviembre de 2002; posteriormente con fecha 18de noviembre de 2002, se suscribió el Acta de Constata-ción Física de la Obra e Inventario de los Materiales, Equi-pos y Herramientas de la referida Obra, diligencia realiza- da con la presencia del Juez de Paz de Tercera Nomina-ción del distrito de Punta de Bombón; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 508- 2003-INFES-VIVIENDA del 17 de julio de 2003, se aprobóla Liquidación Final del Contrato de Obra a Suma Alzadacorrespondiente al referido Centro Educativo, la cual fuenotificada por conducto notarial, no habiendo podido serdiligenciado por no encontrarse presente ninguna personaen el domicilio señalado en el referido Contrato; por lo quese procedió a notificar la Resolución que resuelve el Con-trato, mediante publicaciones en el Diario Oficial El Perua-no y en el diario El Comercio el día 4 de agosto de 2003; Que, la aseguradora Wiese Aetna Compañía de Segu- ros, ahora INVITA SEGUROS DE VIDA, garantizó frente alINFES, al Contratista KAZZYCO S.R.L. en el cumplimien-to de las obligaciones en la ejecución de la obra del C.E.“Víctor Manuel Torres Cáceres ”, emitiendo las Pólizas deCaución siguientes: - Póliza de Caución Nº 111176 (Fiel Cumplimiento) Im- porte S/. 50,694.69 F/vencimiento 1.3.2003. - Póliza de Caución Nº 111177 (Garantía Adicional) Im- porte S/. 217,262.95 F/vencimiento 1.3.2003. - Póliza de Caución Nº 111178 (ADLTO en Efectivo) Importe S/.101,389.38 F/vencimiento 12.9.2002. - Póliza de Caución Nº 111179 (ADLTO Materiales) Importe S/. 202,778.76 F/vencimiento 12.9.2002; Que, mediante Oficios Nºs. 984-2002-GA-ME-INFES, 985- 2002-GA-ME-INFES, de fecha 17.9.2002 y Nºs. 187-2003-INFES-VIVIENDA, 188-2003-INFES-VIVIENDA de fecha4.3.2003, los cuales fueron diligenciados notarialmente, elINFES solicitó a INVITA SEGUROS DE VIDA, la efectiviza-ción de las Pólizas de Caución Nºs. 111176, 111177, 111178y 111179, garantías que se encontraban exigibles y confor-me a lo previsto en el artículo 1898º del Código Civil concor-dante con el artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la menciona-da aseguradora estaba en la obligación de proceder a efecti-vizar dichas Pólizas dentro del plazo máximo de tres (3) días; Que, mediante Cartas Nºs. 098/2003 y 099/2003 re- cepcionadas por el INFES en fecha 4 de junio del 2003,INVITA SEGUROS DE VIDA, precisa que las indicadasPólizas de Caución para su ejecución están supeditadas atérminos y a condiciones específicas previstas en los artí-culos 4º y 7º de las Condiciones Generales (Objeto y Ex-tensión del Seguro y del Siniestro), debiendo el INFES re-mitir información documentada, cumpliendo el INFES me-diante Oficios Nºs. 978-2003-GG-INFES-VIVIENDA y 1246-2003-GG-INFES-VIVIENDA de fechas 1.8.2003 y 4.8.2003,con remitir la documentación solicitada; sin embargo, demanera inexplicable la citada Cia. de Seguros, no ha cum-plido con su obligación de honrar las referidas Pólizas, pesea su requerimiento oportuno y reiterado; Que, el inciso 1) artículo 1219º del Código Civil esta- blece como efecto de las obligaciones, el autorizar al acree-dor para emplear las medidas legales a fin de que el deu-dor le procure aquello a que está obligado; y, Con la opinión favorable de la Oficina General de Ase- soría Legal; y, De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537,modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y la Ley Nº 27792,Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivien-da, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Procuradora Pú- blica Ad Hoc encargada de los asuntos judiciales del Insti-tuto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - IN-FES, a interponer las acciones judiciales que correspon-dan contra la compañía de seguros INVITA SEGUROS DEVIDA, por las razones expuestas en la parte considerativade la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Pública mencionada, para los fines a quese contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 23878