Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2003 (26/12/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

Pag. 258256

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 26 de diciembre de 2003

Pliego o la que haga sus veces, garantizar la consistencia tecnica de la Programacion Mensual de Ingresos y Gastos, con el objeto de facilitar las acciones de caracter operativo -a cargo de las Unidades Ejecutoras- orientadas al cumplimiento oportuno de las Metas Presupuestarias establecidas para el ano fiscal. En los casos de las Unidades Ejecutoras cuyas programaciones mensuales de gastos se encuentren sujetas a determinados lineamientos de politica sectorial, establecidos por Entidades pertenecientes al Gobierno Nacional; la Oficina de Presupuesto del Pliego o la que haga sus veces debe efectuar la compatibilizacion correspondiente, a efectos de lograr una programacion armonizada con las acciones del Sector al cual se vinculan. Articulo 13º.- La Programacion de las Metas Presupuestarias La Programacion de las Metas Presupuestarias, es el MORDAZA tecnico mediante el cual se efectua el cronograma de la ejecucion fisica de las Metas Presupuestarias establecidas para el ano fiscal, teniendo en cuenta el Plan Anual de Adquisiciones, cronogramas de Desembolsos, cronogramas de Inversion, periodo de cumplimiento de la meta y otros documentos adecuados para el efecto. La programacion de las metas presupuestarias relacionadas a obras se ajustan a las acciones contenidas en el Plan Operativo y no necesariamente a un programa mensual de gastos. La determinacion de los cronogramas de ejecucion fisica, a nivel de cada Meta Presupuestaria, se encuentra a cargo de las areas tecnicas pertinentes, para cuyo efecto, el Titular del Pliego instruye, coordina y asigna las responsabilidades operativas que estime necesarias para su cumplimiento, en atencion a las atribuciones establecidas en el primer parrafo del Articulo 8º de la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado - Ley Nº 27209. La informacion a que se refiere el parrafo anterior debe presentarse a la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, para efectos de los procesos vinculados al control y evaluacion presupuestal. Articulo 14º.- MORDAZA del "Reporte Analitico del Presupuesto Institucional de Apertura" La Direccion Nacional del Presupuesto Publico remite a los Pliegos, el documento denominado "Reporte Analitico del Presupuesto Institucional de Apertura", el cual se encuentra detallado a Nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Componente, Meta Presupuestaria, Fuente de Financiamiento, Categoria del Gasto, Grupo Generico de Gasto y Especifica del Gasto. Dicho "Reporte" constituye el documento de referencia para efectos de los procesos de Control y Evaluacion Presupuestal pertinentes a cargo del Pliego, de acuerdo a sus respectivos ambitos de competencia. El citado "Reporte" se remite a mas tardar el 26 de enero de 2004. SUBCAPITULO II PROCEDIMIENTO DE EJECUCION PRESUPUESTAL Articulo 15º.- La Asignacion Trimestral de Gastos La Asignacion Trimestral de gastos, a que se refiere el articulo 30º de la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado - Ley Nº 27209, se elabora tomando como referencia la informacion proporcionada por los Pliegos Presupuestarios a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, contenida en el aplicativo "Programacion Mensualizada del Presupuesto 2004" (para el Primer Trimestre del Ano 2004) y en el aplicativo "Proceso Presupuestario" (para los siguientes Trimestres del Ano 2004) y a la real disponibilidad de los recursos de la MORDAZA Fiscal en el caso de la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios".

Articulo 16º.- Comunicacion a los Pliegos de la Asignacion Trimestral La Direccion Nacional del Presupuesto Publico, en los plazos senalados en el Anexo Nº 01/GN de la presente Directiva, aprueba mediante Resolucion Directoral el monto de la Asignacion Trimestral de gastos correspondiente a las entidades del Gobierno Nacional, de acuerdo al nivel de los recursos financieros disponibles. El detalle de la asignacion trimestral, con cargo a la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios" es comunicado a la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, en base al cual se efectuan las correspondientes programaciones trimestrales de Gastos. Articulo 17º.- Prevision Trimestral de MORDAZA de Financiamiento distintas a Recursos Ordinarios La Prevision Trimestral de los recursos provenientes de MORDAZA de Financiamiento distintas a Recursos Ordinarios, se elabora en base a la Programacion Mensual contenida en el aplicativo "Programacion Mensualizada del Presupuesto 2004" (para el primer trimestre del ano 2004) y en el aplicativo "Proceso Presupuestario" (para los siguientes trimestres del ano 2004) y es comunicada por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico conjuntamente con la Asignacion Trimestral, a fin que sirvan de base para la Programacion Trimestral de Gastos. Articulo 18º.- La Programacion Trimestral de Gastos La Programacion Trimestral de Gastos constituye un MORDAZA tecnico orientado a perfeccionar la Programacion Mensual de Gastos efectuada por los Pliegos, a que se refiere el articulo 9º de la presente Directiva. Dicha Programacion, se efectua en funcion a los montos de la Asignacion Trimestral (con cargo a la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios") y a la Prevision Trimestral (resto de MORDAZA de Financiamiento) y a la demanda de los gastos para el respectivo trimestre. La Programacion Trimestral de Gastos debe consignar, de acuerdo a la disponibilidad fiscal, los recursos mensualizados necesarios para el cumplimiento de las Metas Presupuestarias previstas para el ano fiscal, dentro del MORDAZA de la Escala de Prioridades establecida por el Titular del Pliego. Para tal efecto, la Programacion Trimestral de Gastos tiene en cuenta lo siguiente: (i) La programacion de gastos depende de la disponibilidad mensual de los ingresos, por lo tanto el gasto no debe concentrar en el primer mes del trimestre. (ii) Las prioridades que asigne para cada trimestre el Titular de Pliego, de acuerdo a los Objetivos Institucionales establecidos para el ano fiscal, respecto a las metas a cumplir. (iii) Los requerimientos de gasto informados por las Unidades Ejecutoras. (iv)Las proyecciones de ingresos que se esperan captar u obtener durante el periodo por MORDAZA de Financiamiento. (v) En caso que las programaciones trimestrales generen mayores gastos en los Grupos Genericos respecto al Presupuesto Institucional, el Pliego debera generar las Notas de Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, en el MORDAZA de la normatividad legal vigente. El reporte de la Programacion Trimestral de Gastos (Opcion C.5 "Resumen a Nivel de Programa" del menu de programacion presupuestal) debe incluir como anexo sustentatorio un Resumen Explicativo del mismo, a nivel mensual, el detalle de las licitaciones y concursos con cargo a la asignacion trimestral de gastos que se espera efectuar de acuerdo al Plan Anual de Adquisiciones, asi como el Formato Nº 02/GN "Sustentacion de la Progra-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.