Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2003 (26/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, viernes 26 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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estatutos y sus planes de trabajo, dentro del MORDAZA de sus propias leyes y las normas que para regular este MORDAZA se expidan; Que, es necesario regular la participacion de las organizaciones de la sociedad civil ante el Concejo de Coordinacion Local Distrital creado, para lo cual es necesario aprobar la Ordenanza de constitucion y eleccion de los representantes de la sociedad civil ante dicho Concejo; Que, de conformidad y en uso de las atribuciones que le confieren los numerales 3 y 14 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y en concordancia con los Articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, debatido en el pleno del Concejo y con el tramite de la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta y con el MORDAZA Mayoritario se aprobo la siguiente; ORDENANZA Articulo Primero.- Aprobar la Ordenanza de constitucion y eleccion de los representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA de Miraflores, el que cuenta con 9 titulos, 32 articulos y 1 Disposicion Transitoria que, en anexo adjunto, forma parte integrante de la presente Ordenanza Articulo Segundo.- Encargar al Equipo Tecnico del Plan de Desarrollo Integral - PDI, coordinar y ejecutar las acciones necesarias para garantizar su cabal cumplimiento. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORDENANZA DE CONSTITUCION Y ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONCEJO DE COORDINACION LOCAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- De los objetivos La presente Ordenanza MORDAZA la conformacion y los procedimientos para la eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el Concejo de Coordinacion Local de San MORDAZA de Miraflores. Articulo 2º.- De la naturaleza del CCL El CCL es un organo de coordinacion del Gobierno Local, integrado por el Concejo Municipal y los representantes de la sociedad civil, siendo su naturaleza la concertacion y la consulta. Articulo 3º.- De las funciones del CCL Corresponde al CCL ejercer las funciones de coordinar y concertar el Plan de Desarrollo integral concertado y el Presupuesto Participativo distrital asi como las otras funciones establecidas en el articulo 104° de la Ley Organica de Municipalidades. El CCL no ejerce funciones ni actos de gobierno. Articulo 4º.- Para fines de la presente Ordenanza se considera como organizacion de la sociedad civil a todas las organizaciones del ambito distrital: a) MORDAZA personas juridicas de derecho privado, sin fines de lucro, debidamente inscritos en los Registro Publicos y las organizaciones sociales creadas en el ejercicio del libre derecho a la asociacion debidamente inscritas ante los registros administrativos de acuerdo a su naturaleza. b) Cuenten con autonomia administrativa y economica y que nos esten adscritas a organismos o instituciones del Estado, sea de nivel Nacional, Regional o Local. c) Acrediten un minimo de 3 anos de actividad institucional comprobada en el distrito y, d) Que se inscriban en el libro de registro de organizaciones de la sociedad civil de la Municipalidad.

TITULO II DE LA CONFORMACION Y VIGENCIA Articulo 5º.- De la conformacion El CCL de San MORDAZA de Miraflores esta conformado por: a) El MORDAZA distrital b) Los trece (13) Regidores distritales c) Seis (6) representantes de las organizaciones de la sociedad civil. Articulo 6º.- De la vigencia Los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ejercen sus funciones por un periodo de 2 anos. TITULO III DEL REGISTRO E INSCRIPCION DE LAS ORGANIZACIONES Articulo 7º.- Del libro de registro La Municipalidad abrira el libro de registro de las organizaciones de la sociedad civil del distrito a cargo del Comite Electoral en coordinacion con la Subgerencia de Participacion Vecinal, quien se encargara de su mantenimiento y actualizacion. Articulo 8º.- Organizacion del libro de registro El libro de registro esta organizado por titulos en funcion de los diversos segmentos de la sociedad civil. En cada inscripcion se consignara el nombre de la organizacion, fecha de inscripcion en el registro, fecha de constitucion, direccion e identificacion de la persona designada como delegado elector. Articulo 9º.- De los requisitos para la inscripcion Para inscribirse en el libro de registro se requiere presentar: 1) Solicitud de inscripcion, indicando la razon social y/o la denominacion de la organizacion, el domicilio legal, la nomina del organo directivo y el nombre de la persona que la representa. 2) MORDAZA autenticada por el fedatario de la municipalidad o legalizada ante Notario de los siguientes documentos: a) Acta de fundacion o de constitucion. b) Estatutos de la organizacion. c) Acta del acuerdo de la organizacion o su Junta Directiva para solicitar su inscripcion en el libro de registro d) MORDAZA o documento de acreditacion de inscripcion de la organizacion en los registros respectivos expedida con una antiguedad no mayor de 60 dias calendario de la MORDAZA de la solicitud de inscripcion. e) Documento de identidad del representante legal de la organizacion. f) Documentos (Libro de actas, instrumentos juridicos suscritos o publicaciones, entre otros) que acrediten por lo menos tres (3) anos de actividad institucional, presencia efectiva y trabajo en el distrito. Articulo 10º.- Aprobacion de la inscripcion Presentada la solicitud el Comite Electoral, procedera a su evaluacion y emitira resolucion debidamente motivada en un plazo MORDAZA de 5 dias contados desde el dia siguiente de presentada la solicitud. Transcurrido este plazo sin que MORDAZA pronunciamiento el usuario podra considerar su solicitud aprobada. Esta resolucion es impugnable en un plazo de 5 dias contados a partir del dia siguiente de notificada la resolucion respectiva. El MORDAZA resuelve en MORDAZA y MORDAZA instancia en un plazo de 5 dias. TITULO IV DE LA CONVOCATORIA Y DEL COMITE ELECTORAL Articulo 11º.- De la convocatoria La convocatoria a eleccion de representantes de la sociedad civil ante el CCL la efectuara el MORDAZA mediante Decreto de Alcaldia dentro del plazo MORDAZA de 10 dias habiles con posterioridad a la aprobacion de la presente

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