Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2003 (31/12/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 116

Pag. 258774

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2003

d) Si se plantea y aprueba una cuestion previa de vuelta a Comisiones, el MORDAZA o quien presida la Sesion ordenara su reenvio y consultara el plazo. e) De aprobarse la Proposicion de dispositivo municipal, la Secretaria Tecnica de la Comision redactara el proyecto de version definitiva, la misma que sera firmada por el Presidente de la Comision y el Secretario General y que quedara en el archivo de la Secretaria General. Articulo 85º.- Publicacion y Vigencia de Ordenanzas, Acuerdos y Resoluciones El MORDAZA ordena su publicacion. La Ordenanza es obligatoria desde el dia siguiente de su publicacion en el diario oficial, salvo disposicion distinta de la misma ley que establezca un mayor periodo de "vacatio legis" en todo o en parte. Los Acuerdos y Resoluciones son publicados si requieren ser hechos de conocimiento general y cuando fuera el caso, a costo del interesado, para lo cual se incluira el valor del servicio en el MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana.

DISPOSICION TRANSITORIA:
El presente Reglamento Interno del Concejo Metropolitano de MORDAZA, entrara en vigencia a partir del primero de enero del 2004 para todos sus efectos.

DISPOSICION FINAL
Su actualizacion se encuentra a cargo de la Comision de Asuntos Legales, la que por lo menos una vez al ano debera hacer las propuestas pertinentes. POR TANTO: Mando se publique, comunique y cumpla. En MORDAZA, a los once dias del mes de diciembre de dos mil tres. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 24111

Aprueban proyecto de ley que declara de necesidad publica la construccion de la Via de Interconexion de los distritos del MORDAZA y San MORDAZA de Lurigancho
ACUERDO DE CONCEJO Nº 245
MORDAZA, 11 de diciembre de 2003 Vista en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 11 de diciembre de 2003, la Carta Nº 1318-2003-EMAPE/GG de la Empresa Municipal Administradora de Peaje de MORDAZA S.A. - EMAPE S.A., sobre la propuesta para la expropiacion de inmuebles con el objeto de iniciar la construccion de la obra: "Via de interconexion de los distritos del MORDAZA y San MORDAZA de Lurigancho", alcanzando para tal fin el texto del Proyecto de Ley y la Exposicion de Motivos correspondiente; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Exposicion de Motivos, adjunta a la Carta Nº 1318-2003-EMAPE/GG emitida por EMAPE S.A., s e establece la necesidad de ejecutar una obra publica municipal que interconecte los distritos del MORDAZA y San MORDAZA de Lurigancho, fundamentado en el incremento de la circulacion vehicular principalmente en las avenidas Prolongacion Tacna y MORDAZA Alcazar, en el distrito del MORDAZA, asi como en las avenidas Proceres de la Independencia, 9 de Octubre y Malecon MORDAZA Checa, lo que viene ocasionando retraso, gasto de combustible, contaminacion y riesgo de accidentes para los usuarios que transitan por ellas; Que, dentro de sus planes y programas de desarrollo integral de los distritos ubicados en la provincia de MORDAZA, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ha previsto ejecutar la obra publica denominada: "Via de Interconexion de los distritos del MORDAZA y San MORDAZA de Lurigancho", en la pro-

vincia y departamento de MORDAZA, que permitira descongestionar el MORDAZA vehicular entre los distritos del MORDAZA y de San MORDAZA de Lurigancho, beneficiando directamente a la poblacion y al progreso de la MORDAZA de MORDAZA, en concordancia con el Art. 154º, 157º inciso 12) y el Art. 161º inciso 7.3, de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, en este sentido, es necesario establecer el MORDAZA legal especifico que permita la expropiacion de dos inmuebles ubicados en el distrito del MORDAZA y de diecisiete inmuebles ubicados en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, para la construccion de la obra de gran envergadura denominada "Via de Interconexion de los distritos del MORDAZA y San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima", cuyo detalle se encuentra en la Exposicion de Motivos presentado por EMAPE S.A.; Que, la propuesta legislativa se sustenta en el Articulo 70º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley General de Expropiaciones y los Articulos 94º al 96º de la Ley Organica de Municipalidades, teniendo como objeto especifico la expropiacion de determinados bienes inmuebles de propiedad privada, para la ejecucion de una obra publica de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que integrara los distritos del MORDAZA y San MORDAZA de Lurigancho, de la provincia y departamento de Lima; Que, el articulo 70º de la Constitucion Politica del Peru establece que a nadie puede privarse de su propiedad sino, exclusivamente, por causa de seguridad nacional o necesidad publica, declarada por ley, y previo pago en efectivo de indemnizacion justipreciada que incluya compensacion por el eventual perjuicio; Que, el Articulo 2º de la Ley General de Expropiaciones Nº 27117, dispone que la expropiacion se autoriza unicamente por ley expresa del Congreso a favor del Estado, a iniciativa del Poder Ejecutivo, Regiones o Gobiernos Locales, y previo pago en efectivo de la indemnizacion justipreciada que incluya compensacion por el eventual perjuicio. Precisando que el unico beneficiario de la expropiacion es el Estado; Que, asimismo, se indica que en la ley debe senalarse la razon de la necesidad publica o seguridad nacional que justifica la expropiacion, asi como tambien el uso o destino que se MORDAZA al bien o bienes a expropiarse; Que, el Articulo 96º inciso 1. de la Ley Nº 27972, establece que para efectos de expropiacion con fines municipales, se considera causa de necesidad publica la ejecucion de obras publicas municipales; Que, el articulo 16º de la Ley Nº 27117, establece que el valor del bien se determinara mediante tasacion comercial actualizada que sera realizada exclusivamente por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA; Que, las razones para descongestionar el MORDAZA vehicular entre los distritos del MORDAZA y de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, que se esgrimen para solicitar la expropiacion de los inmuebles correspondientes, se relacionan con la causal de la necesidad publica, ya que tales bienes seran destinados a la ejecucion de la obra publica municipal denominada "Via de Interconexion de los distritos del MORDAZA y de San MORDAZA de Lurigancho", la cual permitira a los usuarios de dicha via, efectuar la travesia en un menor tiempo, ahorrar combustible, mitigar la contaminacion y circular por una via segura; lo que justifica plenamente la viabilidad del proyecto de ley propuesto, cuyo costo debera ser asumido por la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA y que esta previsto en su proyecto de Plan de Accion y Presupuesto del ejercicio 2004; Que, en el caso de obras de gran envergadura, como la que se pretende ejecutar, el Articulo 7º de la Ley General de Expropiaciones Nº 27117, establece un MORDAZA especial segun el cual la ley de expropiacion, emitida por el Congreso, autoriza al sujeto activo para que, mediante la dacion de multiples resoluciones, realice la ejecucion de la expropiacion del bien, de tal modo que en un plazo de dos anos, contados desde la promulgacion de dicha ley, se hayan iniciado todos los procesos de expropiacion necesarios; Que, en este sentido, acogiendo la recomendacion efectuada mediante Informe Nº 2645-2003-MML/OGAJ del pasado 28 de noviembre de la Oficina de Asuntos Administrativos de la Direccion General de Asuntos Juridicos, se ha considerado conveniente agregar al Articulo 7º del Proyecto de Ley elaborado por EMAPE S.A., la disposicion acotada en el parrafo precedente, de tal forma que expresamente se autorice a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para que en el plazo de dos anos, contados desde la fecha de promulgacion de la ley no solo inicie el MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.