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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G37/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 31 de diciembre de 2003 la aprobación de la Modificación del Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital deSan Luis, para el período presupuestal 2003; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada porla Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, las muni-cipalidades provinciales y distritales, y las delegadas con- forme a Ley, son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asun-tos de su competencia, correspondiendo al Concejo Muni-cipal las funciones normativas y fiscalizadoras; y a la Ge-rencia Municipal las funciones Administrativas; Que el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que la autonomía que la Constitución establece para las Municipalidades radi-ca en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativosy de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 004- 2003-GG-MDSL del 20.1.03 se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distri- tal de San Luis para el ejercicio 2003; Que, de conformidad con lo establecido por el último párrafo del artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Plan Anual podría ser modificado de conformidad con la asignación presupues- tal o en caso de reprogramación de metas propuestas; Que, mediante los documentos: Informe Nº 186-2003- MDSL/UPPRE e Informe Nº 541-2003-MDSL-OAL se sus-tenta la necesidad de incluir en el Plan Anual de Adquisi-ciones y Contrataciones del ejercicio 2003, nuevas Obras como resultado de la modificación del Plan de Obras para el presente año; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y los artí-culos 20º numeral 6. y 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgáni-ca de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar en vía de regularización la Modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrata-ciones de la Municipalidad Distrital de San Luis, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Re- solución. Artículo Segundo.- Remitir, la presente Resolución al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones delEstado CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de laPequeña y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los diez (10) días de emitida. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Adminis- tración, Unidad de Logística, Gerencia de Desarrollo Urba-no, Unidad de Planeamiento, Presupuesto, Racionalizacióny Estadística el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. BLANCA SANTIBAÑEZ MAGALLANES Gerente Municipal 24255 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G52/GED/G67/G69/G64/G61/G20/G6C/G61/G20/G41/G76/G2E/G20/G43/G6F/G73/G74/G61/G6E/G65/G72/G61 /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G79/G20/G70/G65/G73/G61/G64/G6F/G20/G6F /G64/G65/G20/G63/G61/G72/G67/G61/G20/G79/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G69/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G6E/G65/G2D/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 27-MDSM San Miguel, 18 de noviembre de 2003 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de la fecha, por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de aproba-ción del Acta, aprobó la siguiente:CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 195º inciso 8) de la Consti- tución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, se establece la competencia de los gobiernos locales para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materiade transporte colectivo, circulación y tránsito conforme aley; Que, la Municipalidad de San Miguel es un órgano de gobierno promotor del desarrollo local, con personería jurí- dica de derecho público y plena capacidad para el cumpli- miento de sus fines. Tiene autonomía política, económicay administrativa en los asuntos de su competencia, queradica en la facultad de ejercer actos de gobierno, adminis-trativos y de administración, con sujeción al ordenamientojurídico; Que, en ese sentido, la Corporación es competente para planificar el desarrollo de sus circunscripciones y ejecutarlos planes de desarrollo sostenido de la infraestructura ur-bana o rural, con incidencia en el catastro y zonificación desu jurisdicción, con sujeción al plan y a las normas munici-pales provinciales sobre la materia; Que, la acción del gobierno local en materia de trans- porte y tránsito se orienta a la satisfacción de las necesi-dades de los vecinos, en resguardo de sus condiciones deseguridad y salud, así como la protección del ambiente dela comunidad sanmiguelina en su conjunto; Que, en igual forma la Corporación en aplicación de la autonomía de sus actos administrativos y de adminis- tración, promueve que el desarrollo local sea permanen-te e integral, en coordinación y asociación a los intere-ses de la comunidad sanmiguelina, con el objeto de faci-litar las mejores condiciones de vida con seguridad ytranquilidad, fortaleciendo el ornato y belleza de su ju- risdicción; Que, en éste último contexto, se hace necesario dictar medidas que conlleven a una mejor infraestructura, con-servación y embellecimiento de la Av. Costanera en armo-nía a la futura implementación del circuito Costa Verde enel distrito de San Miguel, significando dicho acto adminis- trativo, el declarar la prohibición de la instalación de pane- les publicitarios en dicha arteria vecinal; Que, mediante Informe Nº 375-2003-DIDU/MDSM, de fecha 14 de noviembre de 2003, la Dirección de Infraes-tructura y Desarrollo Urbano ha establecido que el tránsitovehicular de transporte público como el transporte pesado en la Av. La Costanera debe prohibirse por cuanto, al en- contrarse cerca al acantilado de la futura continuación delProyecto Costa Verde, perjudicaría la conservación de lainfraestructura vehicular por el tonelaje de los vehículos detransporte público y pesado; señalando respecto a la ins-talación de paneles de publicidad, que las mismas perjudi- carían la seguridad vial del transporte de menor tonelaje como la seguridad de los vecinos de dicha avenida; Estando al considerando precedente y en uso de las atribuciones conferidas de la Ley Orgánica de Muni-cipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD,aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE DECLARA ZONA RÍGIDA LA AV. LA COSTANERA DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL PROHIBIÉNDOSE EL TRANSPORTE PÚBLICO, TRANSPORTE PESADO Y LA INSTALACIÓN DE PANELES DE PUBLICIDAD Artículo Primero.- DECLARAR Zona Rígida la Av. Cos- tanera del distrito de San Miguel, para el transporte públi-co, transporte pesado o de carga y para la instalación depaneles de publicidad. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente disposición a la Dirección de Seguridad Vial en coordinación con la Dirección de Infraestructura y Desa- rrollo Urbano. Artículo Tercero.- Comunicar el contenido de la pre- sente Ordenanza al Ministerio Público y Policía Nacionaldel Perú, para que dentro de su competencia, presten apo-yo necesario para el cumplimiento de la misma. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplaseSALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 24092