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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (31/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 106

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G37/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 31 de diciembre de 2003 Artículo 29º.- Funciones del Presidente: a) Convocar y presidir las Sesiones de la Comisión. b) Suscribir el despacho de la Comisión. c) Suscribir con el Secretario las Actas de las Sesio- nes de la Comisión. d) Informar al Concejo sobre las actividades de la Co- misión así como el Informe Trimestral de la asistencia de sus miembros a las Sesiones. El Vicepresidente reemplaza al Presidente en caso de ausencia, o de impedimento. Artículo 30º.- Actas Las Actas de las Comisiones Ordinarias deberán cons- tar en un Libro Especial que será autorizado y proporcio- nado por el Secretario General del Concejo. También po- drán ser llevadas en hojas foliadas visadas por el Secreta- rio General del Concejo. Artículo 31º.- Inasistencias a Comisiones Es obligatoria la asistencia de los Regidores a las Co- misiones de las que forma parte. El incurrir en inasisten- cias injustificadas a más de tres Sesiones consecutivas o seis no consecutivas de una Comisión en un año, da lugar a la aplicación de una sanción económica, sin perjuicio del retiro del Regidor como miembro de la Comisión, debiendo el Concejo elegir un reemplazante. Artículo 32º.- Convocatoria a Sesiones de Comisio- nes El Presidente de la Comisión a través del Secretario Técnico convocara a sesión, por los medios dispuestos por el presente Reglamento o aprobados en sesión por los miembros de la Comisión, con una anticipación no menor a 48 horas, se exceptúan las sesiones de emergencia, que se realizaran si se cuenta con mayoría simple. Artículo 33º.- Frecuencia de las Reuniones Las Comisiones Ordinarias de Desarrollo Urbano Vi- vienda y Nomenclatura, Asuntos Legales y de Asuntos Económicos y de Organización, se reúnen en Sesiones Ordinarias por lo menos una vez por semana, se constitu- yen en las Comisiones Dictaminadoras por esencia del Concejo Metropolitano, las demás Comisiones en las opor- tunidades que se determine por acuerdo de las mismas y en Sesiones Extraordinarias cuando las convoque el Pre- sidente. Las Comisiones Especiales se reúnen con la frecuen- cia que ellas establezcan, de conformidad con la carga de trabajo y los plazos que se le hubieran establecido. Artículo 34º.- Quórum en Comisiones El quórum de las Comisiones es de la mitad más uno de sus miembros hábiles. Las Comisiones podrán sesio- nar por medios electrónicos, si así lo determinan y autori- zan la mayoría de sus miembros. Artículo 35º.- Información a las Comisiones Las Comisiones a través de la Secretaría General, pue- den solicitar por escrito las informaciones que requieran para el cumplimiento de sus fines, de otros organismos del Sector Público, concesionarios o contratistas de los servi- cios municipales, de dependencias y empresas municipa- les. Artículo 36º.- Temas de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura Corresponde a la Comisión Metropolitana de Desarro- llo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, pronunciarse sobre los asuntos Metropolitanos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a) Acondicionamiento Territorial a nivel provincial. b) Planificación Urbana Metropolitana, integrando el desarrollo urbano de los distritos que conforman la Metró- poli. c) Usos del Suelo y Zonificación. d) Plan Metropolitano de Vías e Infraestructura Urbana. e) Plan Metropolitano de Equipamiento y Servicios Ur- banos. f) Plan Metropolitano de Parques y Recreación. g) Desarrollo del Centro Histórico de Lima y de los Cen- tros Históricos Distritales.h) Políticas, planes y programas de vivienda y de sa- neamiento en la Metrópoli, priorizando a los sectores enriesgo social. i) Proyectos habitacionales del sector público y priva- do. j) Asentamientos Humanos Marginales.k) Zonas y áreas ribereñas del litoral de la Metrópoli y el proyecto de la Costa Verde. l) Zonas Monumentales y Monumentos Culturales, His- tóricos Arquitectónicos. m) Desarrollo, Renovación y Expansión Urbana. n) Habilitaciones Urbanas.o) Catastro Urbano Metropolitano.p) Demarcación Territorial.q) Terrenos Eriazos y bienes de propiedad estatal.r) Licencias de obra de construcción, remodelación, restauración y demolición. s) Asistencia técnica, capacitación, investigación cien- tífica y tecnológica en materia de construcción, habilita-ción urbana y saneamiento. t) Anuncios y publicidad exterior.u) Nomenclatura de la red vial metropolitana, parques, áreas verdes y de recreación pública. v) Sistemas de información sobre planificación, zonifi- cación y administración del desarrollo urbano de la Metró-poli. w) Otros que le encomiende la Ley Orgánica, otra leyes posteriores de carácter municipal o regional, en lo que pue- da ser aplicable, o conexas y las que pueda señalar el Con- cejo. Artículo 37º.- Temas de la Comisión Metropolitana de Medio Ambiente y Servicios a la Ciudad. Corresponde a la Comisión Metropolitana de Medio Ambiente y Servicios a la Ciudad, pronunciarse sobre los asuntos Metropolitanos que deben ser resueltos por elConcejo, relacionados con: a) Políticas, Planes y Programas relacionados con la Gestión Ambiental, Conservación, Protección de los Re- cursos Naturales y del Medio Ambiente. b) El Plan de Saneamiento ambiental, así como el Sis- tema Metropolitano de gestión ambiental. c) El Sistema Metropolitano de Tratamiento y elimina- ción de Residuos Sólidos y líquidos, limpieza pública y ac-tividades conexas. a) Regulación y Evaluación del uso sostenible de los recursos naturales y de conservación y mejoramiento delmedio ambiente. d) Forestación y Reforestación.e) Creación de las áreas de conservación en el marco del Sistema Nacional de áreas protegidas. f) Regulación y control del Sistema Metropolitano de Parques, Jardines y áreas verdes. g) Investigación Ambiental.h) Gestión sostenible del recurso hídrico, así como el mantenimiento y recuperación de los cauces y ríos. i) Proyectos de Investigación e Información de Preser- vación y Protección del medio ambiente marino, fluvial, la- custre, así como de los suelos y aire. j) Control y Preservación de zonas agrícolas.k) Regulación, Evaluación y control del otorgamiento de permisos, autorizaciones y concesiones forestales. l) Regulación y Funcionamiento de la Policía de Ecolo- gía. m) Servicios básicos urbanos (agua, desagüe) y otros (SSHH y baños públicos). n) Registros de Estado Civil en el ámbito de la jurisdic- ción. o) Los Servicios Públicos. p) Regulación y Control de los Servicios Funerarios. Velatorios y Cementerios. q) Proyectos y obras de generación de energía y elec- trificación en las zonas mas desprotegidas. r) Registro e inventario de los recursos mineros y el potencial minero. s) Control de epidemias que puedan afectar a la fauna de la Metrópoli. t) Programas de Educación Ecológica.u) Zoológicos, jardines botánicos, parques recreacio- nales y bosques naturales. v) Sistemas de Información que permitan conocer en forma oportuna los recursos naturales y resultados de la gestión ambiental en la Metrópoli. w) Otros que le encomiende la Ley Orgánica, otras le- yes posteriores de carácter municipal o regional, en lo que