Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2003 (31/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2003

como la ratificacion de las Ordenanzas Distritales en materia tributaria. h) Emprestitos internos y externos y operaciones de endeudamiento de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA i) Proposiciones que impliquen iniciativa de gasto no presupuestados. j) Proponer la Escala de Multas para la Metropoli, el margesi de bienes, el Sistema de Recaudacion Metropolitana de Ingresos y Rentas, la remuneracion del MORDAZA Metropolitano y Dietas de los Regidores Metropolitanos, la creacion, modificacion, ampliacion y liquidacion de empresas municipales. k) La participacion en empresas mixtas dedicadas a la prestacion de servicios publicos locales o ejecucion de actividades Municipales Metropolitanas. l) La aceptacion de legados y la aceptacion u otorgamiento de donaciones. m) La estructura organica y organizacion de la Municipalidad Metropolitana. Asi como la creacion de Empresas Municipales y Organismos Publicos Descentralizados. n) La disposicion de bienes municipales y las concesiones sobre bienes municipales, velando porque los acuerdos de este MORDAZA MORDAZA puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica en un plazo no mayor de 7 (siete) dias utiles. o) Supervisar los procesos de fijacion de tarifas de los servicios publicos locales. p) Fomentar y proponer formas de inversion privada en la Metropoli, asi como los Proyectos Metropolitanos de inversion en infraestructura y servicios Metropolitanos. q) Desarrollo de la productividad y competitividad de las unidades economicas y el desarrollo de las potencialidades Metropolitanas. r) La implantacion del MORDAZA de Regionalizacion y la transferencia de funciones y competencias del Gobierno Nacional a la Municipalidad Metropolitana. s) Sistemas de Informacion que permitan conocer la informacion economica y proyectos de inversion metropolitanos, asi como los asuntos administrativos de la municipalidad metropolitana, de sus empresas y organismos descentralizados, tambien de los distritos de su jurisdiccion y cualquier otra informacion que permita el desarrollo y fomento de la inversion privada y la transparencia de la gestion administrativa. t) Otros que le encomiende la Ley Organica de Municipalidades, otras leyes posteriores de caracter Municipal o Regional, en lo que pueda ser aplicable, o conexas y las que pueda senalar el Concejo. Articulo 50º.- Temas de la Comision Metropolitana de Defensa Civil Corresponde a la Comision Metropolitana de Defensa Civil pronunciarse sobre los asuntos Metropolitanos que deben ser resueltos por el Concejo relacionados con: a) Politicas de prevencion de desastres naturales y provocados asi como el fortalecimiento del sistema de defensa civil. b) El plan metropolitano de contingencias para la prevencion y atencion de situaciones de emergencia y desastres. c) Dirigir el sistema de defensa civil de la region por delegacion del MORDAZA Metropolitano. d) Acciones de atencion directa e inmediata a los damnificados y rehabilitacion de las zonas afectadas. e) El establecimiento y equipamiento de companias de bomberos voluntarios. f) Identificacion y supervision de zonas de peligro y desastres. g) Otros que le encomiende la Ley Organica de Municipalidades, otras leyes posteriores de caracter Municipal o Regional, en lo que pueda ser aplicable, o conexas y las que pueda senalar el Concejo Articulo 51º.- Participacion de Funcionarios Las Comisiones Ordinarias se complementan con los Funcionarios de la Corporacion Municipal de mayor jerarquia o a quien estos deleguen, quienes tienen a su cargo la administracion de los sistemas de asesoramiento, apoyo y/o gestion de los servicios municipales en los cuales se encuentra el ambito de competencia y pronunciamiento de la Comision. Tales funcionarios tienen derecho a voz, mas no a voto. Los funcionarios y trabajadores de la Corporacion Municipal se encuentran en la obligacion de colaborar y proveer la informacion debidamente solicitada por los Presi-

dentes de las Comisiones asi como por el pleno del Concejo, a traves de la Secretaria General. El Gerente Municipal supervisa y da cumplimiento a lo solicitado. Articulo 52º.- Sustento de la Labor de las Comisiones Los dictamenes, informes, proyectos y propuestas que formulen las Comisiones de Regidores al Concejo, incluyendo los asuntos que este encomiende, deben ser razonados y fundamentados, contendran conclusiones y recomendaciones claras y precisas, incluyendo proyectos de Ordenanza, Acuerdos o Resoluciones de Concejo, segun sea el caso. Asimismo, acompanaran una propuesta de sumilla de cada MORDAZA para la Agenda del Concejo. Los dictamenes, informes, proyectos y propuestas se encontraran debidamente firmadas por los Regidores que los hubieran aprobado, en caso de discrepancia los Regidores pueden presentar informes, estudios, proyectos, propuestas de Ordenanzas, Acuerdos o Resoluciones de Concejo por mayoria, por minoria y/o singulares. Las Comisiones deben presentar sus dictamenes, informes y proyectos dentro de los plazos establecidos para cada caso. si no se senala plazo se entiende que los dictamenes, informes o proyectos deben presentarse dentro del termino de quince dias (15) utiles, pudiendo ser prorrogado por la Alcaldia o el Pleno del Concejo, lo que devenga primero. La prorroga puede solicitarse hasta por seis meses, salvo casos de excepcion aprobada por el Pleno. Asimismo, las Comisiones para solicitar que los temas se coloquen en Agenda del Concejo, deberan entregar a la Secretaria General del Concejo, los Dictamenes, Informes y Proyectos, anexando la documentacion propia del expediente que permita su consulta por los Regidores, a partir del momento en que se convoca a Sesion. Articulo 53º.- Los Grupos de Regidores. Definicion, Constitucion y Registro Los Grupos de Regidores representan a las personas que han sido elegidos por un mismo partido o agrupacion politica para conformar el Concejo Metropolitano de Lima. Tienen derecho a contar con ambientes y personal para realizar las coordinaciones entre sus miembros, que el Municipio, con arreglo a sus capacidades les pueda proporcionar.

SECCION MORDAZA Gestion Administrativa del Concejo Metropolitano de MORDAZA
Articulo 54º.- La Secretaria General del Concejo Metropolitano de MORDAZA La Secretaria General es el MORDAZA organo de Gestion Administrativa del Concejo. Esta a cargo de un funcionario denominado Secretario General del Concejo, que tiene la mayor jerarquia administrativa de la Municipalidad Metropolitana, nombrado por el Alcalde. Dispone de la organizacion que se menciona en el articulo 22º y tiene las siguientes funciones y atribuciones: a) Organizar y dirigir la Gestion Administrativa del Concejo Metropolitano e informar a quien preside las Sesiones, sobre el estado y desarrollo de los procedimientos cursados a la Administracion, cuando se le solicite. b) Preparar la Agenda de las Sesiones del Pleno y asistir a quien dirija el debate durante el desarrollo de las mismas. c) Citar a los Regidores a las Sesiones del Pleno, por encargo del MORDAZA, o quien haga sus veces. d) Actuar como Secretario en cualquier reunion de coordinacion con los Grupos de Regidores. e) Dar forma final a las Ordenanzas, Acuerdos o Resoluciones, suscribiendolos con el MORDAZA tramitando los acuerdos adoptados para su ejecucion. f) Certificar las autografas de las Ordenanzas, Acuerdos y Resoluciones del Concejo, asi como autenticar los documentos oficiales que expide o firma el MORDAZA y determina su publicacion. En lo que se refiere a la autenticacion de estos documentos podra ser apoyado por el Subsecretario General o por Fedatarios. g) Supervisar la redaccion del Diario de los Debates, del Acta de las Sesiones del Pleno y suscribirlas con el Alcalde. Las Actas de las Sesiones consistiran en un resumen sintetico de estas, documentos que se encontraran disponibles a los Regidores Metropolitanos, los que pueden ser alcanzados por via electronica a su solicitud. En el

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