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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G37/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 31 de diciembre de 2003 las publicaciones regionales, disponiendo la inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MAX HENRRY RAMÍREZ GARCÍA Presidente Regional 24123 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G2D /G63/G65/G6A/G6F/G20/G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 ORDENANZA Nº 571 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO:El Concejo, en Sesión Extraordinaria del día 11 de di- ciembre del 2003, aprobó el siguiente: REGLAMENTO INTERIOR DEL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA CAPÍTULO PRELIMINAR Disposiciones Generales Artículo 1º.- Fuerza Normativa y Materias de Regu- lación del Reglamento El presente Reglamento precisa el régimen interior del Concejo Metropolitano de Lima y define su organi- zación y funcionamiento, establece los derechos y de- beres de sus integrantes, regula los procedimientos parael desarrollo de las Sesiones del Concejo Metropolita-no, así como el funcionamiento de las Comisiones delConcejo. Artículo 2º.- Definición, Funciones Generales, Es- tructura, Composición y Denominación El Concejo Metropolitano es el máximo órgano de Gobierno Municipal de la Capital de la República delPerú. Es órgano Legislativo y Fiscalizador, ejerce juris-dicción exclusiva sobre la provincia de Lima en mate- rias Municipales y Regionales. Está integrado por el Alcalde Metropolitano y treinta y nueve (39) RegidoresMetropolitanos. El Concejo Metropolitano ejerce atribuciones de Con- sejo Regional conforme las leyes en materia. Adicionalmente, sobre la base de su condición singular de Capital de la República y a su régimen especial, que corresponde a sus facultades de región metropolitana, susobjetivos, planes y organización interna se deben corres-ponder a esta escala de responsabilidades y competen-cias. Artículo 3º.- Función Normativa La función normativa comprende: Iniciativa, debate y aprobación de Ordenanzas, Acuerdos, Resoluciones, yPropuestas Legislativas de acuerdo con los procedimien-tos, ámbito de aplicación y alcances señalados en la LeyOrgánica de Municipalidades, Ley Orgánica de GobiernosRegionales, Ley de Bases de la Descentralización y en el presente Reglamento. Artículo 4º.- Función Fiscalizadora La función fiscalizadora del Concejo Metropolitano res- pecto de la gestión municipal, alcanza a la MunicipalidadMetropolitana de Lima, sus Empresas y Organismos Des- centralizados, así como a las Municipalidades Distritales ubicadas en el territorio de la provincia de Lima. Se ejerce de manera corporativa en la forma y condi- ciones que establece el presente Reglamento.Las investigaciones que disponga sobre cualquier asun- to de interés municipal, deben promover un procedimiento de investigación que garantice el esclarecimiento de los hechos y la formulación de conclusiones y recomendacio- nes orientadas a corregir o sancionar la conducta de quie- nes resulten responsables. Artículo 5º.- Funciones Adicionales Son funciones especiales del Concejo las que asimile la Municipalidad Metropolitana de Lima correspondientes a la gestión propia de Gobierno Regional, en lo que fuera aplicable, en concordancia con las leyes en materia. Artículo 6º.- Funciones del Concejo Metropolitano en General Son Funciones del Concejo Metropolitano en General: 1. Velar por el respeto de la Constitución, de la Ley Or- gánica de Municipalidades, de la Ley Orgánica de Regio- nes, de las Ordenanzas que dicte en el ejercicio de sus atribuciones en la provincia de Lima y de la Autonomía Política, Económica y Administrativa para ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración en asun- tos de su competencia, exigiendo el cumplimiento de sus propias normas ya sea con sus propios medios o con el auxilio de las Fuerzas del Orden. La Municipalidad Metropolitana de Lima ejerce jurisdic- ción en las materias de su competencia, sobre las Munici- palidades Distritales ubicadas en el territorio de la provin- cia de Lima. 2. Ejercer las atribuciones y competencias que le co- rrespondan, conforme a la Ley Orgánica de Municipalida- des así como a la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. 3. Aprobar por Ordenanza el Reglamento Interior del Concejo Metropolitano de Lima. 4. Aprobar mediante Ordenanza el Reglamento de Or- ganización y Funciones de la Alcaldía. 5. Aprobar mediante Ordenanza el Estatuto del Gobier- no Metropolitano de Lima. 6. Aprobar el Plan de Desarrollo Concertado de la Re- gión, el Presupuesto Participativo Regional así como el Presupuesto de la Municipalidad Metropolitana de Lima, sus modificaciones, dentro de los plazos señalados por la ley y fiscalizar su ejecución . 7. Aprobación de Planes y Programas Metropolitanos de: Acondicionamiento Territorial; Planes Urbanísticos, de Infraestructura urbana, de Vivienda, de Seguridad Ciuda- dana, de Población, de Salud, de Protección del Medio Ambiente, de Educación, de Cultura, de Conservación de Monumentos de acuerdo a ley, de Turismo, de Recreación, de Deporte, Abastecimiento, Comercialización de Produc- tos, de Transporte, de Circulación y de Tránsito, de Partici- pación Ciudadana. 8. Aprobación de Planes Directores de Desarrollo Ur- bano de los Distritos Metropolitanos, así como de todos aquellos planes y programas que afecten el desarrollo in- tegral y armónico de la Capital de la Republica así como el bienestar de sus ciudadanos. 9. Aprobar los Planes y Programas Regionales de: Pro- moción de inversiones y exportaciones, competitividad, así como los acuerdos de cooperación con otros Gobiernos Regionales e integrar las estrategias de acciones macro regionales. 10. Aprobar y Controlar el Plan de Desarrollo Institucio- nal; el Programa de Inversiones ; el Plan de Desarrollo Ur- bano; de Zonificación de Áreas Urbanas; del Plan de De- sarrollo Rural; del Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos; del Plan de Desarrollo de Capacidades, de ám- bito Metropolitano. 11. Aprobar el Sistema de Gestión Ambiental así como los planes ambientales integrales en la provincia de Lima, así como controlar y promover la preservación del medio ambiente, en concordancia con las políticas, normas y pla- nes regionales Metropolitanos, sectoriales y nacionales. 12. Dictar Ordenanzas sobre asuntos municipales y regionales, dentro de su ámbito territorial, las cuales ten- drán el alcance, vigencia y preeminencia metropolitana. Las Ordenanzas Distritales de carácter tributario y otras que afecten el Plan de Desarrollo Urbano Metropolitano, para que tengan efecto legal deberán ser ratificadas por el Con- cejo Metropolitano. 13. Crear, modificar, suprimir o exonerar de Contribu- ciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos, conforme a ley.