Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2003 (31/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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pueda ser aplicable, o conexas y las que pueda senalar el Concejo. Articulo 38º.- Temas de la Comision Metropolitana de Transporte Corresponde a la Comision Metropolitana de Transporte MORDAZA pronunciarse sobre los asuntos Metropolitanos, que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a) Politicas, regulacion y control de la infraestructura vial, transporte MORDAZA publico y privado, incluyendo el transporte de carga asi como de peatones y de personas con discapacidad. b) Plan Metropolitano del transporte y MORDAZA metropolitano. c) Regulacion y control de la circulacion vial. d) Promocion de la Inversion privada en proyectos de infraestructura de transporte publico. e) Regulacion y desarrollo de la infraestructura portuaria. f) Autorizaciones portuarias, licencias y permisos para la prestacion de los servicios portuarios maritimos. g) Desarrollo y control de los aerodromos. h) Regulacion y control del otorgamiento de las licencias de conducir, de acuerdo a la normatividad vigente. i) Regular el funcionamiento de la Policia de Transito. j) Control de multas e infracciones al reglamento de MORDAZA y de transporte urbano. k) Sistemas metropolitanos de senalizacion y semaforizacion. l) El control de la contaminacion ambiental causado por el transporte metropolitano publico y privado. m) Regulacion y control de las revisiones tecnicas del MORDAZA automotor de la provincia de Lima. n) Desarrollo de investigaciones de mejoramiento del transporte publico asi como del uso de nuevas MORDAZA energeticas no contaminantes. o) Regulacion y control de terminales terrestres. p) Regulacion y control de las concesiones, autorizaciones y permisos de operacion para la prestacion de las distintas modalidades de servicios publicos de transporte de pasajeros y de carga, de ambito MORDAZA o interurbano, asi como de las instalaciones conexas. q) Regulacion y control de los recursos humanos responsables de la conduccion del transporte publico y privado, MORDAZA e interurbano. r) Regulacion y control de la circulacion de vehiculos menores motorizados o no motorizados, tales como mototaxis, taxis, triciclos y otros de similar naturaleza. s) Establecimiento, control y evaluacion del sistema de informacion del transporte MORDAZA de la Metropoli. t) Los sistemas de informacion que permitan evaluar periodicamente la infraestructura, recursos humanos y resultados de los sistemas de transporte, incluyendo la siniestralidad del transporte publico y privado. u) Otros que le encomiende la Ley Organica, otras leyes posteriores de caracter municipal o regional, en lo que pueda ser aplicable, o conexas y las que pueda senalar el Concejo. Articulo 39º.- Temas de la Comision Metropolitana de Educacion y Cultura. Corresponde a la Comision Metropolitana de Educacion y Cultura, pronunciarse sobre los asuntos Metropolitanos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a) Politicas Metropolitanas de Educacion, Cultura, Ciencia, Tecnologia asi como del fomento a los valores civicos y culturales metropolitanos y nacionales, de respeto al derecho constituido y a la igualdad de oportunidades. b) Evaluacion y control de las entidades publicas y privadas relacionadas con la Educacion. c) La acreditacion y certificacion de la calidad educativa. d) Planes Metropolitanos de desarrollo Educativo, Cultural, Cientifico y Tecnologico. e) Capacitacion del personal docente. f) Promover la participacion de las Universidades, Empresas e Instituciones, en el desarrollo educativo, cultural, cientifico y tecnologico. g) La curricula educativa metropolitana. h) Nuevos modelos educativos y culturales que mejoren la competitividad comercial y economica de la Metropoli. i) Desarrollo masivo de programas educativos y culturales a distancia.

j) Programas de Alfabetizacion. k) Infraestructura y equipamiento educativo y de investigacion. l) Investigacion educativa, social, economica, cientifica y tecnologica, que mejore la competitividad y productividad de la industria y el comercio metropolitano. m) Promocion de las manifestaciones culturales, centros historicos, arqueologicos, museos asi como del patrimonio historico de la Metropoli y de la Nacion. n) Fomento de las artes. o) Las Bibliotecas y cualquier otra forma que promueva la cultura y conocimiento de los ciudadanos de la Metropoli, priorizando la poblacion en riesgo social. p) Sistemas de informacion que permitan conocer en forma oportuna la infraestructura y resultados de los sistemas educativos y culturales metropolitanos. q) Otros que le encomiende la Ley Organica, otras leyes posteriores de caracter municipal o regional, en lo que pueda ser aplicable, o conexas y las que pueda senalar el Concejo Articulo 40º.- Temas de la Comision Metropolitana de Juventud y Deporte Corresponde a la Comision Metropolitana de Juventud y Deporte, pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a) Politicas y acciones de desarrollo de las capacidades y aptitudes de los jovenes. b) Promover y supervisar el Sistema Metropolitano de Jovenes y el Reglamento de Organizacion de Jovenes. c) Evaluar y controlar a las entidades publicas y privadas relacionadas con la juventud y el deporte. d) Fomentar las condiciones apropiadas para el desarrollo integral de la juventud. e) Dirigir las politicas y lineamientos en materia de juventud y deporte. f) Promocion masiva de la recreacion y del deporte, priorizando la poblacion en riesgo social. g) Promover la Organizacion de Comites Municipales de Deportes. h) Formular y Desarrollar Sistemas de Informacion que permitan conocer en forma oportuna los resultados de los asuntos encargados a la Comision. i) Otros que le encomiende la Ley Organica, otra leyes posteriores de caracter municipal o regional, en lo que pueda ser aplicable, o conexas y las que pueda senalar el Concejo. Articulo 41º.- Temas de la Comision Metropolitana de la Mujer Corresponde a la Comision Metropolitana de la Mujer, pronunciarse sobre los asuntos Metropolitanos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a) Politicas de Mujer, Familia, Genero y de Infancia. b) Politicas y lineamientos referidos a la equidad de genero y a la incorporacion de la Agenda de las Mujeres en la gestion de las Instituciones publicas y privadas. c) Promocion y Fomento de la Mujer, la familia, proteccion del menor desvalido asi como de la poblacion que se encuentra en riesgo social. d) Los derechos de la Mujer, MORDAZA, del Adolescente asi como los Derechos Humanos. e) Sistemas de Informacion que permitan conocer en forma oportuna los resultados de la problematica encomendada en el ambito Metropolitano. f) Otros que le encomiende la Ley Organica, otras leyes posteriores de caracter municipal o regional, en lo que pueda ser aplicable, o conexas y las que pueda senalar el Concejo. Articulo 42º.- Temas de la Comision Metropolitana de Salud y Bienestar Social Corresponde a la Comision Metropolitana de Salud y Bienestar Social, pronunciarse sobre los asuntos Metropolitanos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a) Politicas, planes y programas en materia de Poblacion, Salud, Bienestar Social y Nutricion. b) Evaluacion y control de las entidades publicas y privadas relacionadas con la Salud. c) Regulacion y Control de Sanidad Animal y tenencia de animales domesticos.

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