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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (31/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 125

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G37/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 31 de diciembre de 2003 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G70/G74/G6F/G20/G64/G65 /G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G65/G63/G61/G6E/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G2D/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 ORDENANZA Nº 0133-CDLO Los Olivos, 15 de diciembre de 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS POR CUANTO: En la Sesión Extraordinaria de la fecha, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta, y POR MAYORIA, apro- bó la siguiente: ORDENANZA Nº 133-CDLO QUE ESTABLECE MONTOS A PAGAR POR CONCEPTO DE EMISIÓN MECANIZADA Y DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES EJERCICIO 2004 Artículo Primero.- APROBAR en S/.8.00 (Ocho y 00/100 Nuevos Soles), el monto que deberán abonar los contribuyen-tes por concepto de derecho de emisión mecanizada de ac-tualización de valores o de determinación del Impuesto Pre-dial correspondiente al Ejercicio Anual 2004. Para cada predio y/o Anexo Independizado adicional se abonará S/. 4.00 (Cua- tro y 00/100 Nuevos Soles) por el derecho mecanizado. Artículo Segundo .- APROBAR en S/.4.00 (Cuatro y 00/ 100 Nuevos Soles), el monto que deberán abonar los contri-buyentes por concepto de derecho de emisión mecanizadade actualización de valores, determinación del tributo y reci- bos de pago de los Arbitrios Municipales que se encuentran comprendidos por el Arbitrio de Limpieza Pública, Parquesy Jardines Públicos y Serenazgo por cada predio y/o anexoIndependizado, correspondiente al ejercicio 2003. Artículo Tercero.- DISPONER que para el presente ejercicio 2004 el costo de emisión determinada por el Im- puesto Predial y los Arbitrios Municipales será gravado en la primera cuota de pago de cada uno de ellos. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Ren- tas a través de la División de Administración Tributaria, es-tablecer los mecanismos más adecuados para la correctaaplicación de la presente ordenanza y a la unidad de Co- municaciones la difusión de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 24128MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G2D /G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G72/G61/G66/G6C/G6F/G72/G65/G73 ORDENANZA Nº 140 Miraflores, 22 de diciembre del 2003 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO:El Concejo de Miraflores, en sesión Ordinaria de la fe- cha; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Es- tado, consagra el concepto de Autonomía Municipal, Ga-rantía Institucional sobre la base de la cual las Municipali-dades tienen autonomía política, económica y administra- tiva en los asuntos de su competencia; Que, a su turno, el artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, define en su numeral9.1. a la autonomía política como aquella facultad de adop-tar y concordar las políticas, planes y normas en los asun-tos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, de- cidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes; Que, en armonía con la autonomía política de la que goza toda Municipalidad, en su calidad de Gobierno Local,el artículo constitucional citado en el párrafo anterior haotorgado expresamente al Concejo Municipal, conforman- te de la estructura orgánica de cada gobierno local, la fun- ción normativa respecto de aquellos asuntos que son desu competencia; Que, en este mismo orden de ideas, el Concejo Munici- pal cumple su función normativa fundamentalmente a tra-vés de las Ordenanzas Municipales, las mismas que, de conformidad con lo previsto por el artículo 200º numeral 4) de la Constitución, en concordancia con el artículo 194ºarriba glosado, ostentan rango normativo de ley, en su ca-lidad de normas de carácter general de mayor jerarquíadentro de la estructura normativa municipal, calidad reco-nocida por el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades vigente a la fecha; Que, en concordancia con lo expuesto, el numeral 8 del artículo 9º de la aludida Ley Nº 27972, establece que co-rresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o dero-gar las Ordenanzas; Que, la norma legal glosada en el párrafo anterior esta- blece en su artículo 79º, numeral 3.6.3., que las municipa- lidades distritales, en materia de organización del espaciofísico y uso del suelo, ejercen la función específica exclu-siva de autorizar la ubicación de avisos publicitarios; Que, el artículo 29º de la Ley Nº 27444, Ley del Proce- dimiento Administrativo General, establece que, se entien- de por procedimiento administrativo al conjunto de actos y diligencias tramitados en las entidades, conducentes a laemisión de un acto administrativo que produzca efectosjurídicos individuales o individualizables sobre intereses,obligaciones o derechos de los administrados; Que, en este sentido, el numeral 36.1. del artículo 36º de la precitada Ley, establece que, los requisitos, costos y procedimientos administrativos se establecen exclusiva-mente, entre otros, mediante Ordenanza Municipal, proce-dimientos que deben ser compendiados y sistematizadosen el correspondiente Texto Único de Procedimientos Ad-ministrativos (TUPA), aprobados para cada entidad; Que, es el caso que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Comuna, aprobado porOrdenanza Nº 102, contempla, en el numeral 16 de los pro-cedimientos seguidos ante la Dirección de Comercializa-ción y Defensa del Consumidor, el procedimiento denomi-nado “Autorización de Anuncio y Publicidad Exterior”, pro- cedimiento que debe seguirse, según lo establecido en di- cha norma, por cada aviso simple, aviso luminoso, panelsimple, y panel monumental; Que, conforme se puede apreciar, la autorización se tramita por panel individual, con prescindencia de encon-trarse o no en la misma ubicación física, o contar con lasRECAUDACIÓN POR ARBITRIO DE SERENAZGO CUADRO Nº 20 RECAUDACIÓN POR ARBITRIO DE SERENAZGO TIPO DE Nº ARBITRIO RECAUDACIÓN USO PREDIOS AFECTOS MEN-TRIMEST. ANUAL MEN- TRIMEST. ANUAL SUAL SUAL CASAHABITACIÓN 40.976 2,60 7,80 31,20 106.551, 34 319.654,03 1.278.616,11 COMERCIO, INDUSTRIA,SERVICIOS GENERALES, 9.884 6,01 18,03 72,12 59.406,05 178.218,14 712.872,58 CENTROSEDUCATIVOS,PARTICULA-RES. MERCADOSO CENTROSDE ABASTO 3.675 7,59 22,76 91,06 27.886,85 83.660,56 334.642,22 (Por Nº dePuestos) TERRENOSSIN CONS- 2.942 1,52 4,55 18,20 4.461,00 13.383,00 53.532,02 TRUIR TOTAL 57.477 198.305,24 594.915,73 2.379.662,93 Nota.- El número TOTAL de predios consignado en el cuadro anterior, está considerando los 3.675 PUESTOS instalados en los 29 MERCADO o CENTROS DE ABASTOS. 24127