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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2003 (10/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 75

Pág. 236925 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de enero de 2003 PM mediante la ampliación de 156.30 m3 a 259.67 m3 de volumen de bodega; Que a través de los escritos del visto, el recurrente so- licita la modificación del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera "C&Z3", por la ampliación de capa- cidad de bodega autorizada mediante Resolución Directo- ral Nº 094-2002-PRODUCE/DNEPP, mencionada en el párrafo precedente; Que de la evaluación de la solicitud presentada por el recurrente, se ha acreditado que el armador JACOBO ES- TUARDO CAVENAGO REBAZA y doña TERESA CON- SUELO ZOLEZZI DE CAVENAGO son propietarios de la embarcación pesquera denominada "C&Z 3" con matrícu- la Nº CE-1887-PM, así mismo se ha determinado que ha- biéndose ampliado la capacidad de bodega de la embarca- ción pesquera "C&Z 3", en virtud a la autorización de in- cremento de flota otorgada por Resolución Directoral Nº 094-2002-PRODUCE/DNEPP y en aplicación al artículo 5º de la mencionada Resolución, corresponde modificar el permiso de pesca para operar la embarcación menciona- da, en el extremo referido a la capacidad de bodega de la misma, indicándose que ésta es de 259.67 m3; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 051-2002- PRODUCE/DNEPP-Dchi-rng y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25977, Ley Ge- neral de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por Decreto Supre- mo Nº 004-2002-PRODUCE, Ley Nº 27444-Ley del Proce- dimiento Administrativo General y el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del Ministerio de Pesquería (ac- tualmente Ministerio de la Producción), aprobado por De- creto Supremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modificación del permiso de pesca de la embarcación pesquera "C&Z 3", de matrícula Nº CE-1887-PM de propiedad de los armadores JACOBO ESTUARDO CAVENAGO y doña TERESA CONSUELO ZOLEZZI de CAVENAGO, al haberse ampliado la capaci- dad de bodega a 259.67 m3 , manteniéndose las demás características del permiso de pesca otorgado para su operación, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 5º de la Resolución Directoral Nº 094-2002-PRODUCE/DNE- PP. Artículo 2º.- Consignar la nueva capacidad de bodega de 259.67 m3 de la embarcación pesquera "C&Z3", de matrícula Nº CE-1887-PM, en el literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº193-2002-PRODUCE, así como en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 192-2002- PRODUCE. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la autorización de incre- mento de flota otorgada por Resolución Directoral Nº 094- 2002-PRODUCE/DNEPP y en consecuencia excluirla del Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 193-2002-PE. Artículo 4º.- Modificar las Resoluciones Ministeriales Nºs. 161-96-PE y 182-98-PE, así como la Resolución Di- rectoral Nº 081-2001-PE/DNEPP, en el extremo referido, que la embarcación pesquera de propiedad de los arma- dores JACOBO ESTUARDO CAVENAGO y doña TERE- SA CONSUELO ZOLEZZI de CAVENAGO, denominada "C&Z3" con Matrícula Nº CE.1887-PM, la capacidad de bodega ha sido ampliada a 259.67 m3. Artículo 5º.- Los armadores dentro el plazo de cuaren- ta y cinco (45) días, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, deberán acreditar ante la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción la certificación expresa que acredite la destrucción o desguace de la em- barcación sustituida "C&Z 1" emitida por la autoridad marí- tima, caso contrario, caducará de pleno derecho el permi- so de pesca otorgado. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionalesde Pesquería de Tumbes, Piura, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 00389 RELACIONES EXTERIORES Designan Secretario Pro Tempore del Mecanismo Permanente de Consulta y Concertación Política del Grupo de Río RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0004-2003-RE Lima, 8 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que el Grupo de Río constituye el mecanismo per- manente de consulta y concertación política más amplio y representativo en América Latina y el Caribe y es el más importante interlocutor de la región frente a países y gru- pos de otras regiones geográficas para el tratamiento de diversos temas de importancia; Que el Perú asigna la más alta prioridad a las labo- res del Grupo de Río, que congrega a 19 países de la región y ha contribuido a fortalecer la presencia y ca- pacidad de negociación de la región ante la comunidad internacional; Que el Grupo de Río funciona bajo la coordinación de una Secretaría Pro Tempore que se rota anualmente entre los miembros, apoyada por un esquema de Troika que im- plica la participación de tres países: el que ejerce la Secre- taría Pro Tempore, el que la ejerció el año inmediatamente anterior y el que la asumirá el año siguiente; Que el Perú detentará la Secretaría Pro Tempore del Grupo de Río durante el año 2003, por lo que es necesario nombrar a un funcionario diplomático como Secretario Pro Tempore de este mecanismo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exterio- res y el inciso b) del artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Harry Belevan Mc-Bride, como Secretario Pro Tempore del Mecanismo Permanente de Consulta y Concertación Política del Grupo de Río, a partir del 9 de enero de 2003. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 00453 SALUD Aceptan renuncia de Director General de la Dirección Regional de Salud Ayacucho RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 012-2003-SA/DM Lima, 9 de enero del 2003