Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2003 (10/01/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 80

Pag. 236930

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de enero de 2003

administrativa de la Entidad, segun corresponda podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por contravencion de las normas legales, debiendo expresar en la resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; Que, en tal sentido, y habiendose verificado la infraccion del articulo 55º del Reglamento, asi como de las Bases Integradas, corresponde declarar nulo el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0040-2002-MTC/20, debiendo retrotraerse hasta la etapa de evaluacion tecnica, en consecuencia el Comite Especial Permanente debera otorgar un plazo MORDAZA de dos dias para que los postores mencionados cumplan con efectuar las subsanaciones indicadas; Que, en consecuencia carece de objeto pronunciarse sobre el recurso de apelacion interpuesto por el postor Central Peruvian & Asociados S.A.C. en consorcio con Central Peruvian Services S.R.L.; De conformidad con las Bases Integradas de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0040-2002-MTC/20, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar nulo el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0040-2002MTC/20, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, debiendo retrotraerse el MORDAZA hasta la etapa de la evaluacion tecnica. Articulo 2º.- Declarar sin objeto pronunciarse sobre el recurso de apelacion interpuesto por el postor Central Peruvian & Asociados S.A.C. en consorcio con Central Peruvian Services S.R.L. Articulo 3º.- Transcribir a los miembros del Comite Especial Permanente la presente Resolucion. Articulo 4º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 00448

Declaran nula la MORDAZA Convocatoria del Concurso Publico Internacional Nº 0002-2002-MTC/22
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 020-2003 MTC/02 MORDAZA, 8 de enero de 2003 VISTA: La Nota de Nota de Elevacion Nº 030-2002-MTC/22.01 de la Directora Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVIAS DEPARTAMENTAL, mediante la cual solicita se declare la nulidad del Concurso Publico Internacional Nº 002-2002-MTC/22. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 753/2002.TC-S2 de fecha 18 de octubre de 2002, el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, declaro la nulidad del Concurso Publico Internacional Nº 002-2002-MTC/ 15.17 para la contratacion del servicio de Elaboracion de los Estudios de Pre Factibilidad y Evaluacion Ambiental del Eje Nº 5 MORDAZA Rio MORDAZA, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas; retrotrayendo el MORDAZA hasta la etapa de absolucion de consultas; Que, con fecha 5 de noviembre de 2002, se publico el aviso de MORDAZA Convocatoria del Concurso Publi-

co Internacional Nº 002-2002-MTC/22 para la Elaboracion de los Estudios de Pre Factibilidad y Evaluacion Ambiental del Eje Nº 5 MORDAZA Rio MORDAZA, Provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas; senalandose como fecha de absolucion de consultas el 31 de octubre de 2002 y de formulacion de Observaciones a las Bases el periodo entre el 4 y el 6 de noviembre del mismo ano; Que, mediante Informe Nº 001-2002-MTC/22.CECPN 0002-2002, el Comite Especial encargado del mencionado Concurso Publico informo que con fecha 22 de noviembre, el Sub Gerente de Monitoreo de CONSUCODE remitio el Oficio Nº 2626-2002-(GTN/MON) en el que senalaba que tratandose de una MORDAZA Convocatoria, debe indicarse un MORDAZA cronograma, en el que los plazos y etapas previstos MORDAZA considerados a partir de la publicacion del MORDAZA aviso; Que, de acuerdo al literal c) del articulo 180º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM, en adelante el Reglamento, en el caso que el Tribunal declare nula la resolucion recurrida mediante recurso de apelacion, se determinara claramente el estado al que se retrotrae el MORDAZA de seleccion; Que, la Resolucion Nº 753/2002.TC-S2 del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones declaro nula la resolucion recurrida y nulo el Concurso Publico Internacional Nº 00022002-MTC/15.17 para la Elaboracion de los Estudios de Pre Factibilidad y Evaluacion Ambiental del Eje Nº 5 MORDAZA Rio MORDAZA, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas; retrotrayendolo hasta la etapa de absolucion de consultas; Que, sin embargo, de acuerdo al titulo del aviso de convocatoria publicado con fecha 5 de noviembre, el Comite Especial habria efectuado una MORDAZA Convocatoria del mencionado MORDAZA de seleccion, lo que contraviene el articulo 181º del Reglamento, que dispone que la resolucion dictada por el Tribunal debe ser cumplida por las partes sin calificarla y bajo sus terminos; Que, de conformidad con el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Titular del Pliego podra declarar la nulidad del MORDAZA de seleccion en caso que se hayan expedido actos administrativos que contravengan las normas legales, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, sin perjuicio de la que sea declarada en la resolucion recaida sobre los recursos impugnativos; Que, en tal sentido, corresponde declarar nula la MORDAZA Convocatoria del Concurso Publico Internacional Nº 0002-2002-MTC, retrotrayendo el mencionado MORDAZA a la etapa de absolucion de consultas (primera convocatoria), para lo cual el Comite Especial debera elaborar un MORDAZA cronograma del MORDAZA de seleccion, el mismo que debera ser publicado teniendo en cuenta los plazos que establece la ley; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar nula la MORDAZA Convocatoria del Concurso Publico Internacional Nº 0002-2002-MTC/22, para la contratacion del servicio de Elaboracion de los Estudios de Pre Factibilidad y Evaluacion Ambiental del Eje Nº 5 MORDAZA Rio MORDAZA, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas, retrotrayendo dicho MORDAZA a la etapa de Absolucion de Consultas. Articulo 2º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 00450

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.