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PÆg. 238381 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de febrero de 2003 ORDENANZA Artículo 1º.- Fíjese para el ejercicio fiscal 2003, por concepto de derecho de emisión mecanizada de valores,determinación, recibos de pago y distribución domicilia-ria del Impuesto Predial, el monto de S/. 12.40 (Doce y 40/100 NUEVOS SOLES). Este derecho se abonará con- juntamente con el pago total del Impuesto o con la pri-mera cuota en el caso de pago fraccionado. Para cadapredio adicional (PU) se abonará la suma de S/. 4.00(Cuatro y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo 2º.- Fíjese en S/. 1.00 (Uno y 00/100 NUE- VO SOL) por cada predio el monto anual del derecho de emisión y distribución de Hoja de Liquidación y expedi-ción de recibo de pago de los Arbitrios Municipales co-rrespondientes al ejercicio 2003, el mismo que se pagaráa razón de S/. 0.25 (Veinticinco/100 Nuevos Soles) tri-mestrales. Artículo 3º.- Fíjese en S/. 3.50 (Tres y 50/100 NUE- VOS SOLES) el derecho de emisión por cada Resolu-ción de Determinación, Orden de Pago, Resolución deMulta Tributaria, Resolución de Pérdida del Beneficio deFraccionamiento. Artículo 4º.- Establecer como fecha de vencimiento de pago del Impuesto Predial del ejercicio 2003: Al contado : 28 de febrero de 2003Pago fraccionado Primera cuota : 28 de febrero de 2003 Segunda cuota : 31 de mayo de 2003Tercera cuota : 29 de agosto de 2003Cuarta cuota : 29 de noviembre de 2003 Artículo 5º.- Establézcase que el monto mínimo del Impuesto Predial para el año 2003 es de S/. 18.60 (Die- ciocho y 60/100 Nuevos Soles). Artículo 6º.- En el caso de cesión de uso de superfi- cie, la construcción que se realice en él al pertenecer alcesionario, será materia de afectación del Impuesto Pre-dial, por lo que se le emitirá su respectiva Declaración Jurada de Autoavalúo mecanizada, identificando al con- tribuyente con su respectivo Código y asignándole unCódigo Catastral a la construcción realizada, indepen-diente del Código Catastral que corresponde al terreno. Artículo 7º.- Encárguese a la Dirección de Adminis- tración, Oficina de Rentas y a la Unidad de Informática el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 02084 Regulan celebración de matrimonio ci- vil comunitario ORDENANZA Nº 043-MDCH EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Visto, en Sesión Ordinaria del Concejo de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Estado y la comunidad protegen a la familia, promueven el matrimonio, reconociéndoseles como ins- titutos naturales y fundamentales de la sociedad, al am-paro del Art. 4º de la Constitución Política del Perú; Que, el Código Civil en su Art. 233º establece que la regulación jurídica de la familia, tiene por finalidad contri-buir a su consolidación y fortalecimiento, en armonía con los principios y normas proclamados en la Constitución Política del Perú;Que, existen en el distrito de Chorrillos, numerosas parejas que viven en unión de hecho y que desean for-malizar su estado civil, contrayendo matrimonio; Que, proteger a la familia y promover el matrimonio como institución natural y fundamental de la sociedadcautelando su legalidad y seguridad jurídica, es deber que los gobiernos locales tienen; y, Que, la Oficina de Registro Civil ha recomendado ce- lebrar el matrimonio Civil Comunitario con ocasión de el día de San Valentín y del 180º Aniversario de la Inmola- ción del Mártir José Olaya Balandra, resultando pertinenteautorizar la celebración por dichas fechas; Que, estando a lo antes expuesto, a lo establecido en el Libro de Familia, Arts. 233º, 234º y 248º del Códi-go Civil, a las facultades conferidas al Concejo en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, Art. 36º y el Concejo Municipal, aprobó por mayoría, la si-guiente: ORDENANZA QUE REGULA LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO Artículo 1º.- Autorizar la celebración del Matrimonio Civil Comunitario a realizarse los días 15 de febrero del 2003 y 22 de junio del 2003. Artículo 2º.- Establézcase por derecho de celebra- ción de Matrimonio Civil Comunitario, descrito en el artí-culo precedente, un único pago ascendente a la suma de S/. 60.00 (SESENTA Y 00/100 Nuevos Soles). Artículo 3º.- Las parejas contrayentes podrán inscri- birse para el Matrimonio Civil Comunitario desde el 13 deenero hasta el 6 de febrero del 2003 y para el matrimonio Civil Comunitario desde el 26 de mayo, hasta el 14 de junio del 2003, plazo en el que vencerá la presentaciónde expedientes matrimoniales. Artículo 4º.- Las parejas interesadas en contraer Ma- trimonio Civil Comunitario, deberán cumplir con presen- tar los siguientes documentos: a. Partida de Nacimiento original de cada uno de los contrayentes o, en su defecto la respectiva Dispensa Ju-dicial. b. Original y copia de los documentos de Identidad de cada uno de los contrayentes. c. Declaración Jurada del domicilio de cada uno de los contrayentes, según formato. d. Certificado Médico.e. Recibo de Pago por el derecho de celebración del Matrimonio, debidamente cancelado. f. Dos (2) testigos mayores de edad, por cada contra- yente, adjuntando copia de sus documentos de identi- dad. En caso de contrayentes viudos o divorciados, ade- más deberán presentar: a. Partida original de Defunción o Partida de Matri- monio con la respectiva Acta de Disolución en anotación marginal, según sea el caso. b. Declaración Jurada legalizada ante Notario Públi- co, que acredite tener o no la administración de los bie- nes de hijos habidos en anterior matrimonio. Artículo 5º.- Ordénese a la Unidad de Registro Ci- vil la publicación de la relación de las parejas quecontraerán Matrimonio Civil en la referida fecha, du- rante ocho (8) días en el periódico mural de la Munici- palidad. Artículo 6º.- Encargar a la Secretaría General del Con- cejo y la Unidad de Registro Civil el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 02085