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PÆg. 238367 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de febrero de 2003 Que, por consiguiente, es necesario disponer la pu- blicación de la Variación Mensual del Índice de Precios alConsumidor de Lima Metropolitana, correspondiente almes de enero del 2003 y la Variación Acumulada del Índi-ce de Precios al Consumidor con respecto al mes de di-ciembre del 2002, así como aprobar la publicación del Boletín Mensual que contiene la información oficial de precios al consumidor; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la publicación de la Variación Porcentual Mensual y Acumulada del Índice de Preciosal Consumidor de Lima Metropolitana, (Base: Diciembre2001 = 100,00 correspondiente al mes de enero del 2003: AÑO 2003 NÚMERO VARIACIÓN PORCENTUALMES ÍNDICE MENSUAL ACUMULADA ENERO 101,75 0,23 0,23 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Men- sual de Indicadores de Precios de la Economía, corres-pondiente al mes de enero del 2003, documento que con-tiene la Información Oficial del Índice de Precios al Con-sumidor. Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 02070 Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional correspon-diente al mes de enero de 2003 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 027-2003-INEI Lima, 31 de enero del 2003 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 797 establece las Nor- mas de Ajuste por inflación del Balance General con In-cidencia Tributaria, usando para tal caso de corrección,el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor aNivel Nacional; Que, la Resolución Ministerial Nº 041-91-EF/93, dis- pone que el Instituto Nacional de Estadística e Informáti-ca (INEI) publique mensualmente en el Diario Oficial ElPeruano, el Índice de Precios Promedio Mensual al PorMayor a Nivel Nacional; Que, el INEI elabora el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, adoptando como período Base: Año 1994 = 100,00 a partir del mes deenero de 1999; Que, es conveniente disponer la publicación de la Va- riación Mensual y Acumulada del Índice de Precios Pro-medio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de enero del 2003, y del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información ofi-cial del Índice de Precios al Por Mayor; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la publicación, del Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacio- nal que contiene la Base: Año 1994 = 100,00 correspon- diente al mes de enero del 2003, así como la publica-ción de la variación mensual y acumulada del Índicede Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Na-cional.AÑO/MES NÚMERO ÍNDICE VARIACIÓN PORCENTUAL BASE 1994 MENSUAL ACUMULADA 2003 ENERO 154,161062 -0,16 -0,16 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Men- sual de Indicadores de Precios de la Economía, que con- tiene la información Oficial del Índice de Precios Prome- dio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspon-diente al mes de enero del 2003. Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 02071 Autorizan contratación de servicios de seguros personales y no personalesmediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 028-2003-INEI Lima, 31 de enero del 2003 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informáti- ca suscribió un contrato con la Compañía LA POSITI-VA SEGUROS Y REASEGUROS S.A., para la presta- ción del servicio de seguros personales y no persona- les, cuyo plazo de vigencia vence el 31 de enero del2003; Que, a través del Informe Nº 007-2003-INEI/OTA/ OEAS, la Dirección Técnica de Administración informa, que siendo necesario contar con la prestación del servi- cio de seguros, solicitó a la citada Compañía asegurado-ra una ampliación contractual conforme al artículo 141ºdel Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PCM, la misma que no se concretó por cuanto la compañía, de acuerdo a la situación del merca- do asegurador peruano ha incrementado sustancialmenteel costo de las primas de seguros. Asimismo, indica quese ha iniciado el proceso de selección correspondiente,el mismo que concluirá a fines del mes de marzo del pre-sente año; Que, la situación descrita en el considerando prece- dente ha derivado en una situación extraordinaria no pre-vista, para la contratación del servicio de seguros, y queel no contar con dicho servicio se compromete sustan-cialmente la continuidad de los servicios o de las opera-ciones esenciales que realiza el INEI, ya que se pondría en riesgo la cobertura de los bienes patrimoniales y la salud de los trabajadores, configurándose lo establecidoen el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el artículo 20º del TUO de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, establece que las ad- quisiciones exoneradas de los procesos de selección se realizarán mediante el proceso de adjudicación directade menor cuantía, y se aprobará mediante Resolucióndel Titular del Pliego; Que, el numeral 2 del artículo 108º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que la situación de urgencia debe en- tenderse como un hecho de excepción que determinauna acción rápida de adquisición o contratación comomedida temporal, sin perjuicio de que se realice el proce-so de selección correspondiente para la contratacióndefinitiva; Que, mediante Informe Nº 001-2003-INEI/OTAJ, la Ofi- cina Técnica de Asesoría Jurídica ha emitido su informeconforme a lo establecido en el artículo 113º del Regla-