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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (07/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 63

PÆg. 238757 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de febrero de 2003 to de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, así como los establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la CONASEV; Que, el presente procedimiento de modificación del re- glamento de participación y modelo de contrato, implica cambios a las condiciones preestablecidas de los siete (7)fondos mutuos de inversión en valores en mención, referi- das a la denominación social de la sociedad administrado- ra, la denominación de los Fondos, el cambio de custodio yla eliminación del Comité de Vigilancia, resultando de apli- cación el artículo 40º del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administrado-ras, que prevé para estos casos que a los partícipes les asiste el derecho de rescate de sus cuotas sin estar afec- tos a comisión; Que, de acuerdo con los artículos 34º y 136º del Regla- mento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, las sociedades administrado-ras que reciban en administración un fondo mutuo deberán constituir una garantía a favor de CONASEV, en respaldo de los compromisos contraídos con los partícipes de di-chos fondos, por un monto no inferior al dos por ciento (2%) del patrimonio neto administrado de cada fondo mutuo; Que, en tal sentido, es necesario que Credifondo SAF S.A. en su calidad de administradora que asume la admi- nistración de los siete (7) fondos mutuos de inversión en valores, cuente con la garantía a que se refiere el conside-rando anterior al momento de la entrada en vigencia de la transferencia del referido fondo mutuo; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 2º inciso j) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126 así como por los artí- culos 30º, 38º y 134º del Reglamento de Fondos Mutuosde Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras; así como lo acordado por el Directorio de esta Comisión Nacional reunido en sesión de fecha 27 de enero de 2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la transferencia de los siete (7) fondos mutuos de inversión en valores denominados San- tander Central Hispano Acciones FMIV, Santander CentralHispano Hiper Renta Soles FMIV, Santander Central His- pano Hiper Renta Dólares FMIV, Santander Central Hispa- no Overnight Dólares FMIV, Santander Central HispanoOvernight Soles FMIV, Santander Central Hispano Internacional FMIV y Santander Central Hispano Mega Renta Dólares FMIV, de Santander Central Hispano SAF afavor de Credifondo SAF S.A. Artículo 2º.- Autorizar la sustitución del custodio Ban- co Santander Central Hispano que tiene a su cargo la cus-todia de los siete (7) fondos mutuos de inversión en valores a que se refiere el artículo precedente, por el Banco de Crédito del Perú. Artículo 3º.- Inscribir en el Registro Público del Merca- do de Valores de CONASEV las modificaciones al regla- mento de participación y modelo de contrato a suscribircon los partícipes de los siete (7) fondos mutuos de inver- sión en valores a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 4º.- Santander Central Hispano SAF deberá notificar a los partícipes de los siete (7) fondos mutuos de inversión en valores a que se refiere el artículo 1º de lapresente resolución, las modificaciones del reglamento de participación, y posteriormente publicar las modificaciones y un resumen explicativo de las mismas en el Diario OficialEl Peruano y en otro de circulación nacional. Artículo 5º.- Santander Central Hispano SAF deberá otorgar un plazo de quince (15) días hábiles contados des-de la última publicación a que alude el artículo anterior para que los partícipes de los siete (7) fondos mutuos de inver- sión en valores a que se refiere el artículo 1º de la presenteresolución, puedan optar por el rescate de sus cuotas sin estar afectos a comisión. Artículo 6º.- Credifondo SAF S.A. deberá remitir a CONASEV dos (2) ejemplares actualizados de los docu- mentos modificados a que hace referencia el artículo 3º precedente, dentro del plazo de los quince (15) días hábi-les siguientes a la entrada en vigencia de la presente reso- lución. Artículo 7º.- Credifondo SAF S.A. deberá cumplir con constituir la garantía a que se refiere el artículo 136º del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores ysus Sociedades Administradoras, a la fecha de entrada envigencia de la transferencia de los siete (7) fondos mutuos de inversión en valores. Artículo 8º.- La presente resolución entrará en vigen- cia el día de su notificación. Los artículos 1º, 2º y 3º de lapresente resolución entrarán en vigencia una vez vencidoel plazo a que se refiere el artículo 5º precedente. Artículo 9º.- Transcribir la presente resolución a San- tander Central Hispano SAF, a Credifondo SAF S.A., a Ban-co de Crédito del Perú, a Banco Santander Central Hispa-no y al Comité de Vigilancia de los siete (7) fondos mutuosde inversión en valores a que se refiere el artículo 1º de lapresente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS EYZAGUIRRE GUERRERO Presidente 02014 Aprueban Reglamento del Sistema MVNet COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN CONASEV Nº 008-2003-EF/94.10 Lima, 28 de enero del 2003 VISTO: El Informe Nº 022-2003-EF/94.40 de fecha 23 de enero de 2003 presentado por la Gerencia de Sistemas, con la opinión favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 2º inciso a) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Co-misión Nacional Supervisora de Empresas y Valores, apro- bado mediante Decreto Ley Nº 26126, es función de esta Institución estudiar, promover y reglamentar el mercado devalores y controlar a las personas naturales y jurídicas que intervienen en él; Que, CONASEV tiene entre sus principales objetivos el reducir los costos de transacción legales en beneficio delas entidades participantes del mercado de valores y el público inversionista en general, promoviendo el uso de medios electrónicos, especialmente Internet, para facilitarel cumplimiento de las obligaciones de las entidades super- visadas y mejorar su propia gestión administrativa a través del idóneo y rápido tratamiento informático de la informa-ción que procesa; Que, en sesión de directorio de fecha 20 de diciem- bre de 1999 se aprobó el Plan de Sistemas 2000 y en sesión de Directorio de fecha 24 de abril del 2000 el PlanEstratégico del 2000-2002, los cuales plantean la nece- sidad de desarrollar e implementar un sistema de infor- mación que utilice Internet y la tecnología PKI, basadaen el uso de certificados y firmas digitales, con la finali- dad que las empresas que se encuentran bajo el ámbito de supervisión de CONASEV envíen su información poreste medio a CONASEV y las que correspondan a la Bolsa de Valores de Lima; Que, el 28 de mayo del 2000 se emite la Ley Nº 27269 denominada "Ley de Firmas y Certificados Digitales" la cualtiene como objeto regular la utilización de la firma electró- nica otorgándole la misma validez y eficacia jurídica que el uso de una firma manuscrita, disposición que brinda el sus-tento legal suficiente para dar inicio al Proyecto MVNet y para la realización de transacciones seguras por Internet; Que, es necesario dictar las disposiciones pertinentes que permitan poner en práctica el sistema de transmisión eintercambio de documentos e información a través de la Red del Mercado de Valores Peruano (MVNet), a fin de posibilitar su adecuado funcionamiento; Estando a lo dispuesto por el inciso b) del Artículo 11º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de CONA- SEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126; y a lo acordado por el Directorio de esta Comisión Nacional reunido en se-sión de fecha 27 de enero de 2003;