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PÆg. 239144 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de febrero de 2003 nes y Adquisiciones del Estado, establece que el Ti- tular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda, podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selección por algunade las causales establecidas en el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, sólo hasta antes de la ce-lebración del contrato, sin perjuicio de la que sea declarada en la resolución recaída sobre los recur- sos impugnativos; Que, atendiendo a la norma mencionada precedente- mente, corresponde declarar de oficio la nulidad de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0208S00051 y Adjudi-cación Directa Selectiva Nº 0208S00052; Que, conforme a lo señalado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el Ofi-cio Nº 1194/2001 (GTN-MON) del 9 de noviembre del 2001, corresponde en forma exclusiva al Titular del Plie- go la facultad prevista en el artículo 26º del Reglamentodel Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, la declaración de nulidad de oficio de un proce- so es una atribución de la autoridad administrativa en los casos contemplados en la Ley; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. DECLARAR de oficio la nulidad de las Adjudica- ciones Directas Selectivas Nºs. 0208S00051 y 0208S00052 "Contratación del servicio de Alimentacióny Nutrición de la Gerencia Departamental Tumbes" y en consecuencia, sin efecto la declaratoria de desierto, debiendo retrotraerse el proceso a la Etapa de Convo-catoria inclusive. 2. DISPONER la publicación de la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco(5) días siguientes a su expedición. 3. DISPONER que la Secretaría General notifique la presente Resolución al Comité Especial de las Adjudi-caciones Directas Selectivas Nºs. 0208S00051 y 0208S00052 y a la Gerencia Departamental Tumbes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR FELIPE GUTIÉRREZ PEÑA Presidente Ejecutivo 02933 FONDO MIVIVIENDA Cronograma correspondiente a la Segunda Convocatoria del ProyectoTecho Propio a que se refiere la R.M.N” 028-2003-VIVIENDA RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA EJECUTIVA Nº 010-SE-2003 Lima, 12 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 054-2002- VIVIENDA, se declaró de interés nacional la creación y desarrollo del Proyecto Techo Propio, en el ámbito delMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento otor- gándole la administración al Fondo Hipotecario de Pro- moción de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA; Que, mediante Ley Nº 27829 se creó el Bono Familiar Habitacional (BFH) como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, elmismo que será otorgado a los beneficiarios por una sola vez, con criterio de utilidad pública, sin cargo de restitución por parte de éstos, y que constituye un in-centivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzo constructor; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 028-2003- VIVIENDA se ha convocado a la ciudadanía a participar en la Segunda Convocatoria del Proyecto Techo Propio, mediante el cual se entregarán hasta dos mil Bonos Fa-miliares Habitacionales, bajo la modalidad de adquisición de vivienda nueva; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 028-2003-VIVIENDA faculta al Secretario Ejecutivo delFondo MIVIVIENDA a desarrollar y difundir el crono- grama correspondiente a la Segunda Convocatoria a que se refiere el considerando precedente, así como larelación de las Instituciones Financieras Intermediarias participantes; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 031-2003- VIVIENDA se aprobó el Reglamento Operativo del Bono Familiar Habitacional-BFH - Postulación Individual, el mis- mo que sustituye al aprobado mediante Resolución Mi-nisterial Nº 098-2002-VIVIENDA; Que, el Informe Nº 07-2003/GO de fecha 11 de fe- brero de 2003, emitido por la Gerencia de Operaciones,ha sustentado el cronograma correspondiente a la Se- gunda Convocatoria, así como la relación de las Institu- ciones Financieras Intermediarias participantes; SE RESUELVE: 1. Publicar el Cronograma correspondiente a la Se- gunda Convocatoria del Proyecto Techo Propio, a que se refiere la Resolución Ministerial Nº 028-2003-VI-VIENDA, el mismo que tiene el siguiente tenor: RECEPCIÓN DE FORMULARIOS DE POSTULACIÓN Hasta el 28 de febrero de 2003 DIFUSIÓN DE LOS BENEFICIARIOS DEFINITIVOS A partir del 28 de marzo de 2003 2. Las Instituciones Financieras Intermediarias parti- cipantes en la Segunda Convocatoria del Proyecto Te- cho Propio son las siguientes: AHORRO Y CRÉDITO: Banco del Trabajo, Banco Financiero, Banco Interbank, Banco Wiese Sudameris, Caja Municipal de Maynas, Caja Municipal de Trujillo,Caja Rural de Ahorro y Crédito Nor Perú, Caja Rural de Ahorro y Crédito Sur, Caja Señor de Luren, Financiera CMR y Financiera Solución. AHORRO SOLAMENTE: Banco de Crédito del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese.RENÉ CORNEJO D. Secretario Ejecutivo 02967 INDECOPI Aplican derechos antidumping provi- sionales sobre importaciones de plan-chas de yeso regulares o normales ori-ginarias de Chile y producidas por em-presas de dicho país COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE DUMPING Y SUBSIDIOS RESOLUCIÓN Nº 012-2003/CDS-INDECOPI Lima, 6 de febrero de 2003 LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI1 Vistos, el Expediente Nº 006-2002-CDS; y, CONSIDERANDO: Que, a solicitud de la empresa Drywall Peruana S.A.2, mediante Resolución Nº 033-2002/CDS-INDECOPI, pu-blicada en el Diario Oficial El Peruano el día 11 de julio de 1 En adelante la Comisión. 2 En adelante Drywall.