Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (18/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 65

PÆg. 17 PROYECTO Lima, martes 18 de febrero de 2003 25. Triquinosis. 26. Meningitis cerebro-espinal. 27. Encefalomielitis infecciosa. 28. Adenitis equina concomitante con otras lesiones.29. Tripanosomiasis. 30. Hemoglobinuria paroxística. 31. Linfangitis ulcerosa concomitante con otras lesiones.32. Tumores malignos. 33. Cualquier otra enfermedad acompañada de lesiones inflamatoria agudas generalizada. ANEXO Nº10 (Artículo 58°) FACTORES PARA LA CLASIFICACIÓN DE LAS CARNES EDAD: Que da la terneza a la carcasa CONFORMACIÓN: Distribución armónica de los tejidos óseo y muscular, según la especie animal. SEXO: No constituye factor discriminatorio a la clasifica- ción. ACABADO: Estado o grado de gordura, el cual se deter- mina, apreciando la cantidad y la distribución del tejidoadiposo de cobertura, almacenamiento e infiltración en la región dorso-lumbar, riñones, cavidad pelviana e intra- muscular, respectivamente.PESO: Que sea adecuado y que contribuya a la mejor conformación, según cada especie animal. SANIDAD: Sólo se clasifican las carcasas que luego de la inspección veterinaria hayan sido admitidas para con- sumo y estén debidamente selladas. Las carnes clasificadas PROCESAMIENTO se destina-rán exclusivamente para la elaboración de embutidos y alimentos industrializados para consumo humano. Los comisos sólo pueden emplearse para elaborarsubproductos no aptos para el consumo humano. En caso de las carne de équidos, las clasificadas PRO- CESAMIENTO se destinarán exclusivamente para usoindustrial y tendrán necesariamente que haber sido des- huesadas y sometidas a congelación inmediatamente. ANEXO Nº 11 ( Artículo 58°) CLASIFICACIÓN DE CARCASAS Las carcasas de vacunos, ovinos, caprinos, porcinos, camélidos sudamericanos domésticos y equinos serán clasificadas en el ámbito nacional de acuerdo a sus ca-racterísticas, en la siguiente forma: A.- DE BOVINOSSuper Extra (Ternero).- Carcasa de bovinos hasta con 15 meses de edad, con un peso mínimo de 140 kgs,muy buena conformación muscular y cobertura de gra- sa suficiente para asegurar protección y calidad de car- casa. Extra.- Carcasas de bovinos engordados, hasta con cua- tro (4) dientes permanentes de edad, con muy buenaconformación (masa muscular abundante y de color rojo claro y bien distribuida) muy buen acabado, con grasa de consistencia firme y serosa. Primera.- Carcasas provenientes de bovinos engordados hasta con seis (6) dientes, con buena conformación, (abun-dante masa muscular de color rojo y bien distribuida) y buen acabado, con grasa de cobertura firme y serosa. Segunda.- Carcasas de bovinos con (8) dientes, boca llena o más, con regular conformación muscular, de color rojo, con regular grasa de reserva serosa y de consisten-cia firme. Procesamiento.- Carcasas de bovinos que presentan un estado deficiente de carnes, carcasas mal desangradas, con carnes excesivamente flácidas con grasa gelatino- sa, con pigmentación metabólica muy pronunciada y otras;condiciones que las hagan impropias para el consumo humano directo. También están comprendidas en esta clasificación las carcasas con traumatismos que compro-meten más del 50% de la pieza, animales menores de dos (2) meses de edad. NOTA: La carcasa del ganado de lidia será clasificada de acuerdo a las características que exhiba, no pudiendo alcanzar la categoría de extra ni primera. B. PORCINOS.Lechón .- Carcasas provenientes de porcinos hasta 8 semanas de edad, con un peso hasta de 15 kilogramos de buena conformación y grasa de color blanco y firme al tacto, procedente de granjas tecnificadas y registradasen el SENASA. Primera.- Carcasas de porcinos machos sin castrar con un peso hasta de ochenta y cinco (80) kilogramos, así como de machos castrados (escroto cicatrizado) y hem- bras no paridas con un peso hasta de noventa (90) kilos,con buena conformación (abundante masa muscular enpiernas, brazuelos y lomos), grasa de color blanco y fir-me al tacto, con un espesor de grasa dorsal no mayor deveinticinco (25) milímetros a la altura de la ultima costilla y a cinco(5) milímetros a la altura de la última costilla y cinco (5) centímetros de la línea dorsal y en forma para-lela a ésta, procedente de granjas tecnificadas y regis-tradas en el SENASA. Segunda.- Carcasas de porcinos machos castrados (es- crotos cicatrizados) y hembras de buena conformación y buena apariencia de carne que no cumpla con los requi-sitos de primera. Procesamiento.- Corresponden a esta categoría las car- casas destinadas exclusivamente para la elaboración de embutidos y alimentos industrializados para consumo humano. Comprenden las carcasas de: - Verracos - Porcinos de cualquier edad y sexo, con pobre condi- ción de carnes. - Porcinos que se han cocido demasiado en el escal- dado. - Porcinos con exagerada pigmentación metabólica. Al realizar la inspección sanitaria, las carcasas no debe- rán presentar ningún CISTICERCO por superficie de corte para ser consideradas aptas para su comercialización. Cuando se observe la presencia de un (1) CISTICERCOse decomisará en su totalidad . C. DE OVINOS. Extra .- Carcasas de ovinos machos enteros o castra- dos, hasta con dos (2) dientes permanentes de edad, deexcelencia conformación ósea y muscular. Carcasas conapariencia de masas muscular redondeadas y tejido adi-poso bien distribuido en cobertura, depósito e infiltraciónintramuscular, grasa blanca y consistente, sin exceso de grasa con excelente acabado. Primera. - Carcasas de machos castrados y de hem- bras no aptas para la reproducción hasta con cuatro(4) dientes permanentes de edad, adecuada propor-ción ósea y muscular desarrollo convexo de músculos, en especial los de mayor valor comercial, aspecto re- dondeado con buena presencia de grasas de manto,también en la riñonada, ligera infiltración de grasa in-tramuscular. Segunda.- Carcasas de ovinos machos o hembras de mediano desarrollo óseo y muscular, ligera proporciona- lidad entre los cuartos, con grasa incipiente de coberturay algo en la cavidad pélvica (regular acabado). Procesamiento.- Carcasas de ovinos que no alcanza la clasificación anterior, considerándolas no aptas para con- sumo humano directo, por lo que para su comercializa- ción deberán ser transformadas en carnes secas – sala-das, ahumadas, charqui, embutidos, y/o afines. Estascarnes deberán ser sometidas a un estricto control Bac-teriológico, micótico y parasitario.