Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2003 (18/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, martes 18 de febrero de 2003

PROYECTO

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CONFORMACION.- Distribucion proporcional y desarrollo armonico de los componentes anatomicos de la carcasa, segun la especie animal. CONTAMINACION AMBIENTAL.- Concentracion de elementos quimicos, fisicos, biologicos o energeticos en el ambiente por encima de lo normal, la cual presenta riesgo al estado de los recursos naturales, los ecosistemas naturales y en el desarrollo de la MORDAZA en general. COMISO.- Acto por el cual el personal autorizado por el SENASA retiene carcasas, visceras y apendices que no son aptos para el consumo humano directo pero que pueden ser transformados en subproductos para la alimentacion animal. Esta accion tambien es aplicable a animales que MORDAZA rechazados en el examen ante-mortem. DEGUELLO.- Accion de seccionar los MORDAZA vasos sanguineos a nivel del cuello que tiene por finalidad facilitar la sangria del animal. DESINFECCION.- Aplicacion de agentes fisicos y productos quimicos autorizados sobre superficies limpias para eliminar microorganismos. DESUELLO.- Accion de separar la piel de las carcasas. DESPOJOS COMESTIBLES.­ Organos digestivos, visceras y apendices de animales beneficiados. DESPOSTE.- Seccionamiento de carcasas a traves de cortes anatomicos. EMACIACION.- Delgadez muy acentuada que disminuye la calidad de la carne. EMBARQUE.- Cargar o estibar a los vehiculos de carga, productos y subproductos de origen pecuario que seran transportados por el territorio nacional. EVISCERACION.- Extraccion de los organos digestivos, respiratorios, reproductores, circulatorios y nerviosos. ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DETALLADO.Documento que sustenta la evaluacion de impacto ambiental para los proyectos cuyas caracteristicas y/o envergadura pueden producir impactos ambientales negativos significativos cuantitativa o cualitativamente, requiriendo un analisis profundo para revisar sus impactos y proponer la estrategia de manejo ambiental correspondiente. ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL SEMIDETALLADO.- Es el documento que sustenta la evaluacion de impacto ambiental para los proyectos cuya ejecucion pude originar impactos ambientales moderados y cuyos efectos negativos pueden ser eliminados o minimizados mediante la adopcion de medidas facilmente aplicables. HACCP.- Sistema de Analisis de Riesgo y Puntos Criticos de Control, que permite identificar, evaluar y controlar peligros significativos para garantizar la inocuidad de los alimentos. HIGIENIZACION.- Limpieza por accion del MORDAZA con agua fria, caliente o vapor de agua, de manera que disminuya la contaminacion. IMPACTO AMBIENTAL.- cualquier cambio en el ambiente , sea adverso o beneficioso, resultante de manera total o parcial de las actividades de implementacion y/o funcionamiento del camal. INDUSTRIALIZACION.- Actividad que comprende desde el beneficio de los animales hasta su transformacion en productos finales. INSENSIBILIZACION Y ATURDIMIENTO.- Perdida de la conciencia de los animales por golpe o descarga electrica; tambien incluye el uso de gases ( CO2) INSPECCION SANITARIA.- Examen del estado sanitario pre y post-mortem del ganado destinado al beneficio y de las instalaciones del centro de beneficio, que sera desarrollada por personal autorizada por el SENASA. LIMPIEZA.- Eliminacion de residuos de alimentos u otras materias extranas o indeseables. OREO.- Exposicion de las carcasas y menudencias a temperatura ambiente. PIEL:- Cubierta externa de los animales que no ha sido curtida. PRODUCTO CARNICO O DERIVADO CARNICO.Productos que resultan del MORDAZA industrial de las carnes, menudencias y residuos organicos del beneficio. Comprende a los embutidos y demas productos de charcuteria o chacineria. PRODUCTO CONDENADO.- Todo animal, carcasa, menudencia o parte de estas y apendices que deben ser

cremados, incinerados o mediante el uso de digestores para tal fin. PRODUCTO COMISADO.- Todo animal, carcasa, o parte de esta, menudencias y apendices no aptos para consumo humano directo, que dependiendo de las causales del comiso, pueden ser destinados al MORDAZA industrial para la obtencion de subproductos o ser sujetos a condena. REFRIGERACION.- MORDAZA por el cual se logra disminuir la temperatura de la superficie de las carcasas, piezas, cuartos, musculos, visceras, etc, a niveles entre +1°C y +5°C , en el tiempo mas corto posible. Para este MORDAZA se usan tuneles de refrigeracion por aire a -1°C con humedad relativa de alrededor de 90% y a una velocidad de 2 m/seg. RESIDUOS ORGANICOS.- Elementos residuales del beneficio de los animales. Comprende: sangre, tejido adiposo, huesos, esofago, vejiga, pene, testiculos, utero, pezones, jugos organicos, hiel, piel, pezunas, cuernos, pelos, cerdas, bazofia y estiercol. SENASA.- Servicio Nacional de Sanidad Agraria, creado por Decreto Ley N° 25902, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Agricultura y encargado de cautelar y mejorar la sanidad agraria en el pais. Autoridad Nacional en Sanidad Agraria ­ Ley Nº 27322. SANGRIA.- Evacuacion rapida y completa de la sangre de los animales al inicio del beneficio. SUPERVISION SANITARIA.- Evaluacion periodica inopinada y al azar de las actividades del Centro de Beneficio, asi como de su infraestructura a efectos de verificar el cumplimiento del Reglamento Tecnologico de Carnes y de ser el caso, establecer y tomar las medidas correctivas necesarias. SISTEMA DE VIGILANCIA SANITARIA.- Evaluacion permanentemente de las enfermedades de importancia cuarentenaria y/o economica para el agro nacional efectuada por el SENASA. SUBPRODUCTOS CARNICOS.- Residuos organicos no aptos para el consumo humano y comisos transformados mediante procesos termicos industriales en productos que se destinan a la alimentacion animal u otros fines similares. SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA AMBIENTAL.- Conjunto de acciones y actividades planificadas destinadas a velar por el cumplimiento de los compromisos ambientales asumidos por la entidad correspondiente en el MORDAZA de evaluacion de impacto ambiental. VISCERAS.- Conjunto de organos respiratorios, circulatorios y reproductores. TITULO II DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Articulo 2º.- El presente Reglamento tiene por objetivo, normar los procesos del beneficio de animales de abasto para consumo humano, asi como las condiciones tecnicas sanitarias de los centros de beneficio y otros medios empleados para tal fin, con el proposito de mejorar la calidad de las carnes, con la consecuente disminucion de los problemas de salud publica. Articulo 3º.- El SENASA es la institucion competente de cumplir y hacer cumplir la presente MORDAZA, como Autoridad nacional en Sanidad Agraria y en cumplimiento de los derechos y obligaciones emanadas de la Ley MORDAZA de Sanidad Agraria. El ambito de aplicacion del Reglamento es el territorio nacional e incluye a las personas naturales o juridicas. Articulo 4°.- El presente Reglamento MORDAZA el beneficio del ganado, el MORDAZA de industrializacion y comercializacion de las carnes y menudencias de los animales de abasto, asi como tambien las condiciones tecnico-sanitarias de infraestructura, materiales y equipos de los Centros de Beneficio y su medio ambiente. Articulo 5°.- El presente Reglamento se aplicara a los animales de abasto para el consumo humano de las siguientes especies: bovinos, bubalinos, ovinos, camelidos sudamericanos domesticos (llamas y alpacas), caprinos, porcinos, equidos (caballar, asnar y mular). Son tambien animales de abasto los conejos, cuyes y avestruces, cuyo beneficio y comercializacion de carnes y menudencias se realizara en mataderos especificos segun lo dispongan sus propios Reglamentos. Articulo 6°.- El beneficio de los animales de abasto debera efectuarse obligatoriamente en los camales que

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