Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2003 (18/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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D. DE CAPRINOS.

PROYECTO

MORDAZA, martes 18 de febrero de 2003

Extra (cabrito) .- Carcasa de animales tiernos (hasta cuatro (4) meses y medio de edad), con un peso MORDAZA de seis (6) kgs, de buena conformacion y acabado, con grasa de reserva de consistencia firme y serosa. Primera.- Carcasa de caprino de buena conformacion y acabado, con grasa de consistencia firme y serosa. Segunda.- Carcasas de caprinos de regular conformacion y buen aspecto de carne que no reunan las caracteristicas de las clases precedentes. Procesamiento.- Carcasas de caprinos que presenten un estado deficiente de carnes, exagerada pigmentacion metabolica, traumatismo muy extendido u otras condiciones que las hacen impropias para el consumo humano directo. E. DE CAMELIDOS SUDAMERICANOS DOMESTICOS. Extra.- Carcasas de alpacas y llamas, de machos enteros o capones hasta dos (02) dientes permanentes, de excelente configuracion osea, excelente desarrollo muscular, si exceso de grasa. Primera.- Carcasas de alpacas y llamas, de machos castrados y de hembras no aptas para reproduccion con hasta cuatro (04) dientes permanentes de edad, con adecuada proporcion osea y desarrollo convexo de musculos en especial lo de mayor valor comercial, con presencia de grasa de manto. Segunda.- Carcasas de alpacas y llamas, de machos y de hembras de mediano desarrollo oseo y muscular, con grasa incipiente de cobertura. Procesamiento.- Carcasas de alpacas y llamas que no alcanzan la clasificacion anterior, considerandolas no adecuadas para el consumo humano directo, por lo que, para su comercializacion deberan ser transformadas en carnes secas-saladas, ahumadas, MORDAZA, embutidos y/o afines, previo analisis microbiologico. F. EQUIDOS. Primera.- Carcasas provenientes de animales machos enteros y/o castrados, de buen estado de salud, con buenas condiciones carnicas, adecuada conformacion, regular acabado y menores de tres anos de edad, (6) dientes, procedentes de crianzas para consumo humano. Segunda.- Carcasas provenientes de animales sanos, machos o hembras de pobres condiciones carnicas con mala conformacion y/o deficiente acabado, de cualquier edad. Procesamiento.- Carcasas de animales que no reunan las caracteristicas anteriores las cuales no podran ser consumidas directamente, destinandose exclusivamente para uso industrial. ANEXO N° 12 PROCEDIMIENTOS PARA DETERMINAR EL CUPO DE BENEFICIO La determinacion de la capacidad de beneficio sera por jornada de operaciones, se considera una jornada de faena en promedio de ocho (8) horas efectivas si persiste el examen sanitario post mortem y clasificacion solo con luz natural no se puede establecer dos turnos, salvo la obligatoriedad de implementacion de un sistema de iluminacion excelente (luz solar). Para establecer la capacidad de beneficio de un matadero se tomara en cuenta las capacidades de sus zonas o areas en las cuales se realizan tareas directamente relacionadas con el manejo animal en funcion de sus requerimientos y su capacidad de mitigar el impacto ambiental del MORDAZA, de acuerdo a estos conceptos y otros de orden tecnico sanitario se establece las siguientes pautas: 1. Superficie en m2 de los MORDAZA de descanso. 2. Capacidad en volumen de agua disponible del matadero. 3. Longitud de la seccion de sangria.

4. Longitud del sistema de rieleria en la sala de oreo. 5. Capacidad en m3 del sistema de tratamiento de residuos liquidos (desague). 6. Capacidad de camara (s) frigorificas (s), en caso que el matadero ofrezca este servicio, es opcional. METODOLOGIA A. Superficie en m2 de los MORDAZA de descanso CAPACIDAD (A): Superficie total en m2 de los MORDAZA por especie/ superficie en m2 requerida por animal segun especie. B. Disponibilidad de capacidad de volumen de agua en el camal. CAPACIDAD (B): Capacidad en volumen de agua disponible del matadero/requerimiento minimo de agua por animal segun especie. El agua potable que se observa en los tanques de reserva mas lo que debe disponer de la red publica sera la suma para determinar el volumen de agua que dispone el camal. C. Longitud de la seccion de sangria Formula: CAPACIDAD (C) (Longitud de la seccion de sangria en m/3 m) x 100 bovinos D. Longitud del sistema de rieleria en la sala de oreo CAPACIDAD (D) Longitud del sistema de rieleria en la sala de oreo/ longitud minima requerida por animal segun la especie. E. Capacidad en m3 del sistema de tratamiento de residuos liquidos (desague) CAPACIDAD (E) Capacidad total en m3 del sistema de tratamiento de residuos liquidos (desague)/ volumen de residuos liquidos producidos por animal beneficiado. La capacidad del sistema de tratamiento de residuos liquidos (vertimientos) se da en volumen por unidad de tiempo, debera ser proyectado por los disenadores del sistema, este MORDAZA debe ser aportado por el matadero y verificado por un especialista del Ministerio de Salud y un profesional autorizado por el SENASA. El valor que determina la capacidad del centro de beneficio se establece por el menor valor obtenido de esta evaluacion, porque ningun parametro debe ser excedido en su capacidad. ANEXO N° 13 (Art. 16) DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACIONES DE IMPACTO AMBIENTAL PARA CAMALES - INRENA. Indice. Resumen Ejecutivo. Informacion General. Linea Base Ambiental. Descripcion del Proyecto. Evaluacion de Impacto Ambiental. Determinacion del Area de influencia. Plan de Manejo Ambiental. Plan de Seguimiento y Vigilancia. Plan de Contingencia. Plan de Cierre. Participacion Ciudadana (Audiencias Publicas). Evaluacion del Beneficio /costo. Permisos Legales. Firma del Titular del proyecto y de la persona que elaboro la declaracion de Impacto Ambiental.

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