Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2003 (26/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, miercoles 26 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

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so pulpo (Octopus mimus) en la jurisdiccion de los departamentos de MORDAZA y MORDAZA desde el 31 de octubre de 2002 hasta el 20 de diciembre de 2002; Que el Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE) mediante Oficio Nº DE-100-028-2003-PRODUCE/IMP del 4 de febrero de 2003 remite el informe tecnico "Situacion Actual del Recurso Pulpo (Octopus mimus) en el Litoral Peruano", en el cual recomienda suspender la actividad extractiva del recurso en el litoral de MORDAZA y MORDAZA por un periodo de tres meses (febrero MORDAZA 2003), a fin de proteger los procesos de crecimiento, reproduccion y reclutamiento de la especie; Que a fin de garantizar la conservacion del recurso pulpo (Octopus mimus), es necesario reforzar las medidas de ordenamiento pesquero establecidas para la proteccion del recurso, prohibiendo su extraccion en las areas de mayor explotacion de la citada especie y durante la epoca de mayor incidencia de su reproduccion natural; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Con la opinion favorable del Viceministro de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prohibir la extraccion, procesamiento, transporte, comercializacion y utilizacion del recurso pulpo (Octopus mimus) en la jurisdiccion de los departamentos de MORDAZA y MORDAZA, a partir de las 00:00 horas del dia siguiente a la fecha de publicacion de la presente Resolucion Ministerial, hasta el 30 de MORDAZA de 2003. Articulo 2º.- Las personas naturales y juridicas que extraigan, procesen, transporten, comercialicen o utilicen el recurso pulpo en cualquiera de sus estados de conservacion durante el periodo de MORDAZA senalado en el articulo anterior, seran sancionadas de acuerdo a lo dispuesto por la Ley General de Pesca, su Reglamento y demas disposiciones legales vigentes. Articulo 3º.- El Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE) realizara la evaluacion poblacional y el monitoreo de la extraccion del recurso pulpo en el litoral de los departamentos dePiura y MORDAZA, a fin de recomendar las medidas de ordenamiento pesquero necesarias para su conservacion. Para tal efecto, el citado instituto queda exceptuado de los alcances de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- Las personas naturales y juridicas que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolucion, cuenten con un stock de pulpo, podran comercializarlo en un plazo de cinco (5) dias, contados a partir de dicha fecha, previa MORDAZA de una declaracion jurada sobre el volumen de tal stock, a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero o a la Direccion Regional de Pesqueria correspondiente. Articulo 5º.- Las Direcciones Regionales de Pesqueria de MORDAZA y MORDAZA, la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y las Municipalidades Provinciales y Distritales, en el ambito de sus respectivas competencias, velaran por el estricto cumplimiento de lo establecido por la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 03603

materia de Seguridad y Fomento de la Confianza de la Comunidad MORDAZA, se llevaran a cabo en la MORDAZA de Bogota D.C., Republica de Colombia, el 27 y 28 de febrero de 2003, respectivamente; Que el objetivo del mencionado MORDAZA es iniciar las discusiones en torno a los aspectos fundamentales para la formulacion de una politica comunitaria de seguridad; Que, asimismo, la I Reunion del mencionado Grupo de Alto Nivel definira la posicion MORDAZA para la Conferencia Especial de Seguridad de la Organizacion de Estados Americanos, a realizarse en Mexico en MORDAZA proximo y esbozar los lineamientos de politica MORDAZA de seguridad; Que la participacion de representantes nacionales permitira fortalecer la posicion peruana en materia de seguridad a nivel regional; Teniendo en cuenta lo expuesto en los memoranda (DGS) Nºs. 56, 65 y 67 de la Direccion General para Asuntos de Seguridad y Defensa; De conformidad con el inciso b) del articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; de 28 de diciembre de 1992; la Ley Nº 27619, de 21 de diciembre de 2001 y el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de 6 de junio de 2002, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la delegacion peruana que participara en el MORDAZA MORDAZA sobre Seguridad y Fomento de la Confianza y en la I Reunion del Grupo de Alto Nivel en materia de Seguridad y Fomento de la Confianza de la Comunidad MORDAZA, a realizarse en la MORDAZA de Bogota D.C., Republica de Colombia, el 27 y 28 de febrero de 2003, respectivamente, la que estara conformada por los siguientes funcionarios: - Embajador MORDAZA de la MORDAZA Ribeyro, Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa, quien la presidira; - Contralmirante AP MORDAZA Weston Zanelli, Director de Politica, Estrategia y Movilizacion del Ministerio de Defensa; - MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; - Ministra Consejera Aelin MORDAZA de MORDAZA, funcionaria de la Direccion General para Asuntos de Seguridad y Defensa; y, - Tercera Secretaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionaria de la Subdireccion de OEA y Asuntos Hemisfericos de la Direccion de Asuntos Politicos Multilaterales y de Seguridad. Articulo Segundo.- Los gastos que ocasione la participacion de los mencionados funcionarios diplomaticos seran financiados parcialmente por la Comunidad MORDAZA, debiendo cubrirse el saldo con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, con cargo a rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de las referidas reuniones, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes US$ MORDAZA de la MORDAZA Ribeyro Aelin MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA --------292.00 Viaticos US$ 380.00 380.00 600.00 Tarifa aeropuerto US$ 28.00 28.00 28.00

RELACIONES EXTERIORES
Designan delegacion que participara en eventos sobre seguridad y fomento de la confianza de la Comunidad MORDAZA, a realizarse en Colombia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0171-2003-RE
MORDAZA, 24 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que el MORDAZA MORDAZA sobre Seguridad y Fomento de la Confianza y la I Reunion del Grupo de Alto Nivel en

Articulo Tercero.- La participacion del Contralmirante AP MORDAZA Weston Zanelli y del MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no ocasiona gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo Cuarto.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la citada reunion, los mencionados funcionarios diplomaticos deberan presentar un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, ante el senor Ministro de Estado de Relaciones Exteriores. Articulo Quinto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 03657

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