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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (26/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 20

PÆg. 239798 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de febrero de 2003 ciones legales contra las personas comprendidas en el Informe Especial Nº 219-2002-CG/SI; Que, mediante el documento del visto, se ha impugna- do la Resolución de Contraloría Nº 341-2002-CG, solicitan- do se deje sin efecto la precitada Resolución de Contralo- ría, al considerar improcedentes las conclusiones del Infor-me Especial descrito en el considerando precedente; Que, respecto a la autorización al Procurador Público para el inicio de las acciones legales correspondientes, laContraloría General de la República ha emitido reiterados y uniformes pronunciamientos estableciendo que dicha au- torización tiene la calidad de actos de administración inter-na destinados a organizar o hacer funcionar a la propiaEntidad, a fin de que sean las autoridades competentesde la Administración Pública las que realicen aquellos ac-tos que producen sus efectos jurídicos en forma directa, resultando por tanto actos inimpugnables, de acuerdo a lo establecido en el numeral 1.2 del artículo 1º de la Ley Nº27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, enconcordancia con el artículo 206º del mismo cuerpo norma-tivo; Que, no obstante lo expuesto en el considerando prece- dente, en el artículo 106º de la Ley Nº 27444, se establece que cualquier administrado individual o colectivamentepuede promover por escrito el inicio de un procedimientoadministrativo ante todas y cualesquiera de las entidades,ejerciendo el derecho de petición reconocido en el artículo2º inciso 20) de la Constitución Política del Estado, que comprende, entre otros, el derecho de presentar solicitu- des en interés particular del administrado; Que, conforme a lo antes expuesto, el documento de vistos corresponde ser atendido como una petición relacio-nada con el ejercicio de los derechos individuales del inte-resado, debiendo considerarse por tanto, como una solici- tud de interés particular, con la que recién se da inicio al procedimiento administrativo, encontrándose en conse-cuencia la Contraloría General de la República en la obli-gación de emitir un acto administrativo otorgando al intere-sado una respuesta escrita, dentro del plazo legal, de con-formidad con lo establecido en los artículos 106º y 142º de la Ley Nº 27444; En ejercicio de las facultades contenidas por los artícu- los 15º inciso f) y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica delSistema Nacional de Control y de Contraloría General de laRepública; SE RESUELVE: Artículo Único.- Desestimar por improcedente la peti- ción interpuesta por el señor Jorge Arana Coha, contra laResolución de Contraloría Nº 341-2002-CG expedida el30.DIC.2002 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 08.ENE.2003, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 03601 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Dejan sin efecto resolución que apro- bó convocatoria de concurso pœblicopara contratación de servicio de sopor-te tØcnico RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 046-2003-JEF/RENIEC Lima, 11 de febrero de 2003 VISTO: El Informe Nº 055-2003/GAD/RENIEC de fecha 11 de febrero del 2003 de la Gerencia de Administración median-te el cual manifiesta la necesidad de dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 756-2002-JEF-RENIEC a efectosde proceder con la exoneración del proceso respectivopara la contratación de los servicios de soporte técnico; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 12 de noviembre del año 2002 se emitió la Resolución Jefatural Nº 756-2002-JEF/RENIEC,mediante la cual se autorizaba la contratación del servi- cio de Soporte Técnico prevista en el Plan Anual de contrataciones del Año 2002 de la entidad , autorizandola Convocatoria del Concurso Público Nº 009-2002-RE-NIEC para la contratación de dicho servicio y asimismodesignando a los miembros del Comité Especial para talefecto; Que, mediante los memorándum emitidos por la Divi- sión de Soporte Técnico de fecha 29 de noviembre signa-dos con los números 391-2002-GIE/DST y 392-2002-GIE/DST, se estableció la importancia de seguir manteniendo elservicio de soporte técnico y mantenimiento de los equipospor ser un elemento crítico dentro de la operatividad de esta institución, estableciendo asimismo en dichos infor- mes que tanto la empresa Hewlett Packard InternationalS.R.L como IBM del Perú S.A.C son los únicos represen-tantes autorizados para brindar los servicios de los equiposCOMPAQ y el sistema operativo AIX respectivamente; Que, siendo ello así, ha quedado establecido que la contrataciones de los servicios de soporte técnico así como la adquisición de licencias señaladas en el numeral ante-rior, se encuentran exoneradas de los procesos de selec-ción respectivos por la causal de "bien que no admite sustituto" , situación ésta que deja sin efecto la Resolución Jefatural Nº 756-2002-JEF/RENIEC que autoriza la convo- catoria del Concurso Público Nº 009-2002-RENIEC al care- cer de objeto la realización de un Concurso Público enrazón de que no existirán postores pues quienes realizandichos servicios son únicos en el país; Que, finalmente no habiendo llegado a convocarse a Concurso Público alguno para la contratación del servicio de soporte técnico y de la base de datos, ni habiéndose aprobado las bases para tal efecto, no se ha dado inicio aproceso de selección alguno razón por la que es necesariodejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 756-2002-JEF/RENIEC; Que, de conformidad con lo expuesto y a lo dis- puesto en la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y con el vistobueno de las Gerencias de Administración y de Aseso-ría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatu- ral Nº 756-2002-JEF/RENIEC que aprobó la convocatoriadel Concurso Público Nº 009-2002-RENIEC para la contra-tación del Servicio de soporte técnico a efectos de proce-der con la exoneración del proceso respectivo por la causal de bien que no admite sustituto. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la pre- sente Resolución a la División de Logística de la Gerenciade Administración. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 03658 Cancelan concurso pœblico sobre contratación de agencia para tramitarobtención y entrega de pasajes aØreosque requiera el RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 061-2003-JEF/RENIEC Lima, 21 de febrero de 2003 VISTO: El Informe Nº 173-2003-GAJ/RENIEC, de fecha 19 de febrero de 2003, y lo demás que contiene;