Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2003 (26/02/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de febrero de 2003

y Estado Civil, y el articulo 11º inc. h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- EXONERAR el MORDAZA de seleccion de contratacion del arrendamiento de un inmueble destinado al funcionamiento de la Escuela Nacional de Registro del Estado Civil e Identificacion (ENRECI) del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia de Administracion la contratacion del arrendamiento del inmueble ubicado en MORDAZA MORDAZA Nº 275 del distrito de San MORDAZA, por el periodo de un (1) ano y al monto total de US$ 18,000.00 Dolares Americanos, por tratarse de un servicio que no admite sustituto de conformidad con lo dispuesto en Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo legal, asi mismo, en coordinacion con la Gerencia de Tecnologia de la Informacion, publique la presente Resolucion en la pagina web del RENIEC. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 03660

la representacion legal de la Institucion, por tanto, tiene a su cargo su direccion y control, por lo cual esta autorizado a ejecutar las modificaciones convenientes para un mejor servicio a la poblacion; Que, la Jefatura Nacional, con el proposito de afianzar el MORDAZA identificatorio de todos los peruanos a traves de la emision del Documento Nacional de Identidad, es indispensable establecer politicas orientadas a completar las disposiciones referidas al otorgamiento del DNI a los nacionales menores de edad, fundamento sobre el cual la sociedad y el Estado lo identifican para todos sus efectos; En uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º Inc. h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto el articulo 2º de la Resolucion Jefatural Nº 243-2002-JEF/RENIEC, de fecha 3 de junio del ano 2002, dandose por concluido el Plan Piloto de la emision del Documento Nacional de Identidad a los menores de edad que durante el ano 2002 cumplan los seis (6) anos de edad. Articulo Segundo.- Disponer la emision del Documento Nacional de Identidad a los menores de edad, cuyas edades comprendan entre ocho (8) y diecisiete (17) anos, a partir del 2 de MORDAZA del presente ano 2003. Articulo Tercero.- Encargar la implementacion oportuna y eficiente de lo dispuesto en el articulo precedente de la presente resolucion a la Gerencia de Tecnologia de la Informacion, Gerencia de Operaciones y Gerencia de Procesos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 03661

Disponen emision de Documento Nacional de Identidad a menores comprendidos entre 8 y 17 anos de edad
RESOLUCION JEFATURAL Nº 063-2003-JEF/RENIEC
MORDAZA, 21 de febrero de 2003 VISTO: El Informe Nº 162-2003-GAJ/RENIEC, de fecha 14 de febrero de 2003, y lo demas que contiene; Y CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado civil, creado por Ley Nº 26497, de fecha 12 de MORDAZA del ano 1995, es el organismo constitucionalmente MORDAZA encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de emitir el documento unico que acredita la identidad de las personas; precisando al DNI como el documento publico, personal e intransferible que constituye la unica cedula de Identidad Personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 31º de la MORDAZA acotada, el Documento Nacional de Identidad (DNI) es otorgado a todos los peruanos nacidos dentro o fuera del territorio de la Republica desde la fecha de su nacimiento y a los que se nacionalicen, desde que se apruebe el tramite de nacionalizacion; Que, por Resolucion Jefatural Nº 342-2001-JEF/RENIEC, de fecha 28 de septiembre del ano 2001, se constituye el proyecto de Registros Civiles e Identificacion de Menores, cuya funcion general, entre otras, es planear y organizar las acciones orientadas a la expedicion del Documento Nacional de Identidad de menores de edad; Que, en tal virtud, mediante la Resolucion Jefatural Nº 243-2002-JEF/RENIEC, de fecha 3 de junio del ano 2002, se aprobo el Documento Nacional de Identidad para personas menores de edad, determinando sus caracteristicas; y autorizando el desarrollo del Plan Piloto de la emision del DNI a las personas que durante el ano 2002 cumplan los seis (6) anos de edad; Que, el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional de RENIEC es la MORDAZA autoridad y ejerce

SBS
Autorizan adecuacion de persona juridica a la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la SBS como Empresa de Transferencia de Fondos
RESOLUCION SBS Nº 197-2003
MORDAZA, 20 de febrero de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud de fecha 20 de marzo de 2000 presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Mosquera Murias, en su condicion de Gerente General de la empresa PERU - EXPRESS SERVICIOS INTERNACIONALES S.A., para que se autorice la adecuacion de su representada a la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, como Empresa de Transferencia de Fondos; CONSIDERANDO: Que, la Decima Disposicion Transitoria de la Ley General establece que las Empresas de Transferencia de Fondos, en actual existencia se adecuaran a lo dispuesto en la Ley General en un plazo que senalara este Organo de Control. Al efecto, someteran el plan respectivo a la aprobacion de esta institucion; Que, con tal finalidad esta Superintendencia, expidio las Circulares Nºs. ETF 002-97 del 29 de setiembre de 1997 y ETF 004-99 del 11 de noviembre de 1999, estableciendo los requisitos y plazos para la adecuacion de las Empresas de Transferencia de Fondos, en actual existencia; Que, el numeral 3.1.2 de la Circular Nº ETF-002-97 senala como requisito para el referido tramite de adecuacion realizar las modificaciones estatutarias necesarias para

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