TEXTO PAGINA: 36
PÆg. 247970 NORMAS LEGALES Lima, viernes 11 de julio de 2003 junio del presente año, según lo dispuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Ministerio Público, confor- me se detalla a continuación: · Pasajes $ 877.88 · Viáticos $ 1,200.00 Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia Central de Recursos Económicos y la Gerencia Central de Logís- tica, ejecuten las acciones necesarias para el efectivo cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 13054 Autorizan viaje de magistrado para participar en la Ronda de Negociacio-nes sobre el Proyecto de Tratado deExtradición entre Perœ y Brasil RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1053-2003-MP-FN Lima, 9 de julio de 2003 VISTO y CONSIDERANDO:Que, la Directora de la Oficina de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha comunicado la realización de la Ronda de Negociaciones sobre el Proyecto de Tratado de Extradición entre Perú y Brasil, a realizarse del 15 al 18 de julio de 2003, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0595-2003- RE, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se designó al doctor Francisco Edmundo Amoretti Men- doza, Fiscal Superior Provisional de la Tercera Fiscalía Superior Penal de Lima, como integrante de la delega- ción peruana que participará en la negociación del Pro- yecto de Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Federativa del Brasil; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Mi- nisterio Público, y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y la Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del doctor Fran- cisco Edmundo Amoretti Mendoza, Fiscal Superior Pro- visional de la Tercera Fiscalía Superior Penal de Lima, a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 14 al 19 de julio del presente año, para participar en la Ronda de Negociaciones sobre el Proyecto de Tratado de Extradición entre Perú y Brasil. Artículo Segundo.- Encargar el Despacho de la Fis- calía Superior Penal de Lima a la doctora Jhonny Eliza- beth Preguntegui Mantilla, Fiscal Adjunta Superior, mien- tras dure la participación del doctor Francisco Edmundo Amoretti Mendoza, en el evento señalado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cum- plimiento de la presente Resolución, serán con cargo a los recursos presupuestales del Ministerio Público, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1,180.00 Viáticos US$ 1,200.00 Tarifa CORPAC US$ 28.50 ------------- TOTAL US$ 2,408.50 Artículo Cuarto.- El Fiscal Superior participante en la mencionada comisión de servicios, elevará al términodel referido viaje, un informe al Despacho de la Fiscalía de la Nación, dando cuenta de las acciones realizadas, así como formulando la rendición documentada de los gastos efectuados. Artículo Quinto.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros cualquiera fuera su clase o denominación. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento de la presente Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Fiscalía Superior Decana de Lima, a la Gerencia de la Oficina de Registro de Fiscales y a los Fiscales Superio- res interesados, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 13055 Modifican la Res. N” 061-98-MP-CEMP relativa a la competencia de fiscalíasprovinciales en lo civil de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1058-2003-MP-FN Lima, 10 de julio de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, por Resolución Nº 840-2003-MP-FN, de fecha 6 de junio del 2003, se convierte la Sexta Fiscalía Provin- cial en lo Civil de Lima, en Décima Sexta Fiscalía Provin- cial de Familia de Lima; Que, la Sexta Fiscalía Provincial en lo Civil de Lima, atendía los procesos preventivos del Sétimo, Octavo, Noveno, Trigésimo, Trigésimo Sétimo, Cuadragésimo,Cuadragésimo Sexto, Quincuagésimo Quinto y Quincua- gésimo Sétimo Juzgados Especializados en lo Civil de Lima, lo que hace necesario redistribuir la carga de los citados Juzgados entre las cinco Fiscalías Provinciales en lo Civil de Lima; Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modificar la Resolución Nº 061- 98-MP-CEMP, de fecha 27 de enero de 1998, redis- tribuyéndose la atención de los Juzgados de la siguiente manera: - Primera Fiscalía Provincial en lo Civil de Lima, aten- derá los procesos prevenientes del Sétimo, Décimo, Dé- cimo Sexto, Décimo Octavo, Trigésimo Primero, Trigési- mo Octavo, Trigésimo Noveno, Cuadragésimo, Cuadra- gésimo Primero, Quincuagésimo Segundo, Quincua- gésimo Octavo y Sexagésimo Segundo Juzgados Espe- cializados en lo Civil de Lima. - Segunda Fiscalía Provincial en lo Civil de Lima, aten- derá los procesos provenientes del Décimo Segundo, Décimo Tercero, Décimo Quinto, Décimo Noveno, Vigési- mo, Vigésimo Primero, Trigésimo Cuarto, Cuadragésimo Segundo, Cuadragésimo Sétimo, Quincuagésimo Terce- ro, Quincuagésimo Noveno, Sexagésimo y Sexagésimo Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Lima. - Tercera Fiscalía Provincial en lo Civil de Lima, aten- derá los procesos provenientes del Primero, Segundo, Tercero, Vigésimo Tercero, Vigésimo Cuarto, Vigésimo Quinto, Trigésimo Quinto, Cuadragésimo Tercero, Quincuagésimo Cuarto, Quincuagésimo Quinto, Sexagé- simo Primero y Sexagésimo Cuarto Juzgado Especializa- do en lo Civil de Lima. - Cuarta Fiscalía Provincial en lo Civil de Lima, aten- derá los procesos provenientes del Octavo, Undécimo, Décimo Cuarto, Décimo Sétimo, Vigésimo Sétimo, Vigé- simo Octavo, Vigésimo Noveno, Trigésimo, Trigésimo Se- gundo, Cuadragésimo Cuarto, Cuadragésimo Sexto, Quin- cuagésimo Sétimo y Sexagésimo Quinto Juzgado Especializado en lo Civil de Lima.