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PÆg. 248360 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de julio de 2003 na al Crl. Ing. EP Rolando YARIHUAMAN AGUILAR, es- pecialista en Cartografía, para que integre el Grupo Téc-nico del Perú, que viabilizará el trabajo binacional (Perú -Brasil), de acceso progresivo del Perú a las informacio-nes generadas por el Sistema de Vigilancia de la Amazo-nía (SIVAM); Que, con Oficio Nº 3810/SC2/EMD/MD de 15 de junio del 2003, el Ministerio de Defensa - Estado Mayor de De-fensa del Brasil invita a la delegación de las Fuerzas Ar-madas del Perú, para que visiten las instalaciones delSistema de Protección de la Amazonía del Brasil, ubica-da en la ciudad de Manaos - Brasil, en cumplimiento a loestablecido en el Acta de la VII Ronda de Conversacionesentre el Estado Mayor de Defensa del Brasil y el Coman-do Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú; Que, con Fax Nº 786-EMCFFAA/D6/RCC de 20 de junio del 2003 el Jefe del Estado Mayor Conjunto delas Fuerzas Armadas, solicita la participación del Ofi-cial del Instituto Geográfico Nacional, designado conOficio Nº 050-IGN/JEFATURA, para que conforme elGrupo Técnico del Perú, y se gestione la ResoluciónMinisterial que autorice su viaje al Brasil, del 12 al 15de julio del 2003; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 de fecha 4 de enero del 2002, concordante con el Decre-to Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del2002, que regulan la autorización de viajes al exterior deservidores y funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Nombrar en Comisión de Servicio al Co- ronel Ing. EP Rolando YARIHUAMAN AGUILAR, con CIPNº 107723600 para que integre el Grupo Técnico del Perú,que viabilizará el trabajo binacional (Perú - Brasil) de ac-ceso progresivo del Perú a las informaciones generadaspor el Sistema de Vigilancia de la Amazonía (SIVAM), arealizarse entre los días 12 y 15 de julio del 2003, en laciudad de Manaos - Brasil. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán sufragados por el Insti-tuto Geográfico Nacional con cargo a la Fuente de Fi-nanciamiento: Recursos Directamente Recaudados, deacuerdo al siguiente detalle: Pasajes: Lima - Manaos (Brasil) - Lima US$ 1,085.00 x 1 persona Viáticos: US$ 200.00 x 5 días x 1 persona Impuesto CORPAC: US$ 28.00 x 1 persona Artículo 3º.- El citado personal militar, deberá cum- plir con sustentar lo señalado en los artículos 6º y 10º delDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de juniodel 2002. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 13466 ECONOMÍA Y FINANZAS FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 095-2003-EF Mediante Oficio Nº 1405-2003-EF/60, el Ministerio de Economía y Finanzas solicita se publique Fe de Erratasdel Decreto Supremo Nº 095-2003-EF, publicado en la edición del 4 de julio de 2003, en la página Nº 247464. DICE: Cuarto Considerando: "(...)Que, se cuenta con la opinión técnica previa de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Con-sejo de Ministros, conforme a la Ley Nº 27658, Ley Mar-co de Modernización de la Ley de la Gestión del Estado; (...)" DEBE DECIR: Cuarto Considerando: "(...)Que, se cuenta con la opinión técnica previa de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Con-sejo de Ministros, conforme a la Ley Nº 27658, Ley Mar-co de Modernización de la Gestión del Estado; (...)" 13493 EDUCACIÓN Rectifican nombre de persona natural consignado en resolución suprema queotorgó pensión de cesantía RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 035-2003-ED Lima, 17 de julio de 2003 Visto el expediente Nº 25119-2003 presentado por doña Antonina Portaro de Burke, solicitando la rectifica-ción de su nombre; y, CONSIDERANDO: Que por Resolución Suprema Nº 090, de fecha 22 de febrero de 1964, se le otorgó pensión de cesantía comoex Secretaria Bilingüe del Servicio Cooperativo PeruanoNorteamericano de Educación, consignando su identidadcomo Antonina Portaro Urdanivia; Que la Partida de Matrimonio en fotocopia autentica- da que obra en el expediente acredita su estado civil decasada; Que su Libreta Electoral, única cédula de Identidad Personal para todos los actos civiles, comerciales, admi-nistrativos y judiciales según el Art. 26º de la Ley Nº 26497,registra el nombre de Antonina Portaro de Burke; De conformidad con lo establecido en los artículos 24º y 26º del Código Civil, el Art. 26º de la Ley Nº 26497,Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil; y, el Art. 201º de la Ley Nº 27444, Ley delProcedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectificar el nombre de Antonina Porta- ro Urdanivia consignado en la Resolución SupremaNº 090, de fecha 22 de febrero de 1964, siendo el nom-bre correcto ANTONINA PORTARO DE BURKE. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese y comuníquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS MALPICA FAUSTOR Ministro de Educación 13619