Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2003 (18/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2003

na al Crl. Ing. EP MORDAZA YARIHUAMAN MORDAZA, especialista en Cartografia, para que integre el Grupo Tecnico del Peru, que viabilizara el trabajo binacional (Peru Brasil), de acceso progresivo del Peru a las informaciones generadas por el Sistema de Vigilancia de la Amazonia (SIVAM); Que, con Oficio Nº 3810/SC2/EMD/MD de 15 de junio del 2003, el Ministerio de Defensa - Estado Mayor de Defensa del Brasil invita a la delegacion de las Fuerzas Armadas del Peru, para que visiten las instalaciones del Sistema de Proteccion de la Amazonia del Brasil, ubicada en la MORDAZA de Manaos - Brasil, en cumplimiento a lo establecido en el Acta de la VII Ronda de Conversaciones entre el Estado Mayor de Defensa del Brasil y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Peru; Que, con Fax Nº 786-EMCFFAA/D6/RCC de 20 de junio del 2003 el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, solicita la participacion del Oficial del Instituto Geografico Nacional, designado con Oficio Nº 050-IGN/JEFATURA, para que conforme el Grupo Tecnico del Peru, y se gestione la Resolucion Ministerial que autorice su viaje al Brasil, del 12 al 15 de MORDAZA del 2003; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 de fecha 4 de enero del 2002, concordante con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, que regulan la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar en Comision de Servicio al MORDAZA Ing. EP MORDAZA YARIHUAMAN MORDAZA, con CIP Nº 107723600 para que integre el Grupo Tecnico del Peru, que viabilizara el trabajo binacional (Peru - Brasil) de acceso progresivo del Peru a las informaciones generadas por el Sistema de Vigilancia de la Amazonia (SIVAM), a realizarse entre los dias 12 y 15 de MORDAZA del 2003, en la MORDAZA de Manaos - Brasil. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran sufragados por el Instituto Geografico Nacional con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: MORDAZA - Manaos (Brasil) - MORDAZA US$ 1,085.00 x 1 persona Viaticos: US$ 200.00 x 5 dias x 1 persona Impuesto CORPAC: US$ 28.00 x 1 persona Articulo 3º.- El citado personal militar, debera cumplir con sustentar lo senalado en los articulos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 13466

del Decreto Supremo Nº 095-2003-EF, publicado en la edicion del 4 de MORDAZA de 2003, en la pagina Nº 247464. DICE: MORDAZA Considerando: "(...) Que, se cuenta con la opinion tecnica previa de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, conforme a la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Ley de la Gestion del Estado; (...)" DEBE DECIR: MORDAZA Considerando: "(...) Que, se cuenta con la opinion tecnica previa de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, conforme a la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; (...)" 13493

EDUCACION
Rectifican nombre de persona natural consignado en resolucion suprema que otorgo pension de cesantia
RESOLUCION SUPREMA Nº 035-2003-ED MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2003 Visto el expediente Nº 25119-2003 presentado por MORDAZA MORDAZA Portaro de MORDAZA, solicitando la rectificacion de su nombre; y, CONSIDERANDO: Que por Resolucion Suprema Nº 090, de fecha 22 de febrero de 1964, se le otorgo pension de cesantia como ex Secretaria Bilingue del Servicio Cooperativo Peruano Norteamericano de Educacion, consignando su identidad como MORDAZA Portaro Urdanivia; Que la Partida de Matrimonio en fotocopia autenticada que obra en el expediente acredita su estado civil de casada; Que su Libreta Electoral, unica cedula de Identidad Personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos y judiciales segun el Art. 26º de la Ley Nº 26497, registra el nombre de MORDAZA Portaro de Burke; De conformidad con lo establecido en los articulos 24º y 26º del Codigo Civil, el Art. 26º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; y, el Art. 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar el nombre de MORDAZA Portaro Urdanivia consignado en la Resolucion Suprema Nº 090, de fecha 22 de febrero de 1964, siendo el nombre correcto MORDAZA PORTARO DE BURKE. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion. Registrese y comuniquese.

ECONOMIA Y FINANZAS
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 095-2003-EF Mediante Oficio Nº 1405-2003-EF/60, el Ministerio de Economia y Finanzas solicita se publique Fe de Erratas

Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MALPICA FAUSTOR Ministro de Educacion 13619

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