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PÆg. 248449 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003 Subgerencia de Programación de Procesos Electorales y la Subgerencia de Organización de Procesos Electora- les. Artículo 45º.- La Gerencia de Organización y Progra- mación de Procesos Electorales tiene las siguientes fun- ciones: a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponer el presupuesto de la Gerencia para ser incorporado al Plan Operativo Institucional y evaluar su ejecución deacuerdo a la normatividad vigente. b) Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar el funciona- miento de las Oficinas Descentralizadas de ProcesosElectorales. c) Supervisar y controlar en las Oficinas Descentrali- zadas de Procesos Electorales, que el ingreso de la in-formación de las listas de organizaciones políticas ins- critas y/o de candidatos hábiles, se efectúe de acuerdo a las resoluciones emitidas por los Jurados ElectoralesEspeciales. d) Verificar las listas de organizaciones políticas ins- critas y/o candidatos hábiles y remitir, con las respecti-vas resoluciones, a la Gerencia de Gestión Electoral para la producción de material electoral. e) Recopilar y validar la información sobre las condi- ciones materiales, geográficas y características socio- culturales de las diferentes regiones y remitirla a la Ge- rencia de Planeamiento. f) Consolidar, a través de un sistema informático u otras fuentes de registro, la información referida a los procesos y jornada electorales. g) Constituir el soporte técnico para brindar informa- ción y asesoría a las Oficinas Descentralizadas de Pro- cesos Electorales. h) Formular, proponer, supervisar y evaluar el plan operativo y presupuesto de las Oficinas Descentraliza- das de Procesos Electorales, para su consolidación en elPlan General de Elecciones. i) Elaborar el manual de procedimientos, directivas e instructivos, en el ámbito de su competencia, requeridospara el funcionamiento de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, sobre la base de los lineamien- tos de la Gerencia de Planeamiento. j) Elaborar las especificaciones técnicas de los loca- les sede de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, de acuerdo a los requerimientos de las ge-rencias, y supervisar su adecuada implementación. k) Supervisar la evaluación y selección de las perso- nas que brindan servicios en las Oficinas Descentraliza-das de Procesos Electorales. l) Coordinar y supervisar las acciones relativas al sor- teo de los miembros de mesa en las Oficinas Descentra-lizadas de Procesos Electorales. m) Supervisar el cumplimiento de las metas de los planes y programas de capacitación y educación electo-ral en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electo- rales. n) Supervisar y evaluar las relaciones que establecen las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales con otras instituciones, para el adecuado desarrollo del proceso electoral. o) Coordinar con la Secretaría General y la Gerencia de Administración y Finanzas las medidas de seguridad, en el marco de sus competencias, durante los procesoselectorales y supervisar su implementación en las Ofici- nas Descentralizadas de Procesos Electorales. p) Aprobar y supervisar la ejecución de los planes de despliegue y repliegue del material electoral propuestos por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electora- les para el traslado desde sus sedes hasta los locales devotación, de acuerdo a los lineamientos y procedimien- tos de la Gerencia de Gestión Electoral. q) Consolidar la información de las personas que brin- dan servicios a la Oficina Nacional de Procesos Electo- rales, que deberían ser dispensadas, remitirla al Jurado Nacional de Elecciones, a través de la Secretaría Gene-ral, y distribuir los correspondientes hologramas. r) Supervisar en las Oficinas Descentralizadas de Pro- cesos Electorales, el ingreso de información sobre omi-sos al sufragio y al cargo de miembro de mesa, para los fines de ley. s) Consolidar la información de excusas y justificacio- nes al cargo de miembro de mesa, enviada por las Ofici- nas Descentralizadas de Procesos Electorales, y remitir a la Gerencia de Informática, para los fines de ley.t) Supervisar la obtención de los resultados electora- les a cargo de las Oficinas Descentralizadas de Proce- sos Electorales. u) Organizar y conservar el acervo documentario pro- veniente de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales de acuerdo a los procedimientos formulados por la Secretaría General. v) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyec- tos a ser financiados con recursos de la Cooperación Técnica Internacional, en el ámbito de su competencia. w) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los formatos establecidos, los procedimientos técnicos y/o administrativos en materia de su competencia. x) Implementar las normas técnicas de control inter- no, aprobadas por la Contraloría General de la Repúbli- ca, que sean de su competencia. y) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus compe- tencias, las quejas, consultas y petitorios que se presen- ten a la Institución. z) Realizar otras actividades, relacionadas a su ámbito de acción, que le sean encomendadas por la Jefatura Nacional. Artículo 46º.- La Subgerencia de Programación de Pro- cesos Electorales está a cargo de un funcionario con nivel de Subgerente, encargado de formular el plan y presupues- to de la Gerencia y de las Oficinas Descentralizadas deProcesos Electorales, supervisar, controlar y evaluar su eje- cución; así como de formular y evaluar la aplicación del manual de procedimientos para el funcionamiento de lasOficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. Artículo 47º.- La Subgerencia de Organización de Pro- cesos Electorales está a cargo de un funcionario con nivelde Subgerente, encargado de dirigir, coordinar y brindar soporte y asesoría técnica a las Oficinas Descentraliza- das de Procesos Electorales; así como de conducir y co-ordinar la ejecución de las acciones previas y necesarias para el eficaz desarrollo de los procesos electorales. CENTRO DE INVESTIGACIÓN ELECTORAL Artículo 48º.- El Centro de Investigación Electoral es un órgano dependiente de la Jefatura Nacional, está a cargo de un funcionario con nivel de Gerente, encargado de desarrollar proyectos de investigación, estudios y ac-tividades académicas en materia electoral. Artículo 49º.- El Centro de Investigación Electoral tie- ne las siguientes funciones: a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponer el presupuesto del Centro de Investigación Electoral paraser incorporado al Plan Operativo Institucional y evaluar su ejecución de acuerdo a la normatividad vigente. b) Proponer y realizar estudios e investigaciones apli- cadas en materia electoral. c) Implementar, dirigir y mantener actualizado el Cen- tro de Documentación de la Oficina Nacional de Proce-sos Electorales. d) Dirigir la edición y publicación de sus investigacio- nes y estudios en materia electoral. e) Promover y coordinar el desarrollo de actividades y eventos académicos de interés institucional y proponer los contenidos para el desarrollo de los mismos. f) Diseñar, organizar y coordinar los programas de especialización académica en materia electoral, orienta- dos a formar y especializar a profesionales y público engeneral en la planificación, organización y ejecución de procesos electorales, promoviendo el desarrollo de in- vestigaciones y estudios sobre la materia. g) Atender los requerimientos de estudios e informa- ción electoral, del público usuario, a través del Centro de Documentación. h) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyec- tos a ser financiados con recursos de la Cooperación Técnica Internacional, en el ámbito de su competencia. i) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los for- matos establecidos, los procedimientos técnicos y/o ad- ministrativos en materia de su competencia. j) Implementar las normas técnicas de control inter- no, aprobadas por la Contraloría General de la Repúbli- ca, que sean de su competencia. k) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus compe- tencias, las quejas, consultas y petitorios que se presen- ten a la Institución. l) Realizar otras actividades, relacionadas a su ámbi- to de acción, que le sean encomendadas por la Jefatura Nacional.