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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2003 (19/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 24

PÆg. 248450 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003 CAPÍTULO V ÓRGANOS DE LÍNEA Artículo 50º.- Son órganos de línea de la Oficina Nacio- nal de Procesos Electorales, la Gerencia de Gestión Elec- toral y la Gerencia de Información y Educación Electoral. GERENCIA DE GESTIÓN ELECTORAL Artículo 51º.- La Gerencia de Gestión Electoral es un órgano dependiente de la Jefatura Nacional, está a car- go de un funcionario de confianza con nivel de Gerente, encargado de conducir supervisar y evaluar las opera- ciones de los procesos electorales de producción, en- samblaje, despliegue y repliegue del material electoral a nivel nacional; así como del acopio del material y archivo de la documentación electoral generada en cada proce- so. Artículo 52º.- La Gerencia de Gestión Electoral está conformada por la Subgerencia de Gestión Electoral. Artículo 53º.- La Gerencia de Gestión Electoral tiene las siguientes funciones: a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponer el presupuesto de la Gerencia para ser incorporado al Plan Operativo Institucional y evaluar su ejecución de acuerdo a la normatividad vigente. b) Formular y proponer el Plan General de produc- ción, ensamblaje, despliegue y repliegue del material elec- toral, de capacitación, educación y simulacro; así como los planes de contingencia, en concordancia con el Plan General de Elecciones. c) Formular y proponer los lineamientos y procedimien- tos para efectuar el despliegue y repliegue del material electoral en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. d) Efectuar el control de calidad de todo el material electoral, antes y durante la producción, ensamblaje y despacho del mismo. e) Ejecutar, supervisar y controlar las operaciones de despliegue y repliegue del material electoral, en provin- cias hasta las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales y en Lima Metropolitana y Callao, hasta los locales de votación. f) Realizar la diagramación del material electoral y del material de simulacro, requeridos para el desarrollo de los procesos electorales. g) Realizar el control de calidad de la información pro- porcionada por la Gerencia de Organización y Progra- mación de Procesos Electorales, sobre las listas de or- ganizaciones políticas inscritas y/o candidatos hábiles u opciones, para la producción del material electoral. h) Administrar y actualizar la Base de Datos de orga- nizaciones políticas, candidatos u otras opciones para cada proceso electoral. i) Coordinar, ejecutar y supervisar el proceso de la impresión, ensamblaje y despacho del material electoral, de capacitación, educación y simulacro. j) Administrar y conservar el Archivo Electoral de acuer- do a los procedimientos formulados por la Secretaría General; así como brindar servicios de información a las instituciones públicas, privadas y ciudadanía en general. k) Administrar la base de datos de omisos al sufragio y al cargo de miembro de mesa y brindar servicio de in- formación a la ciudadanía. l) Solicitar, de acuerdo a ley, al Jurado Nacional de Elecciones la relación de exceptuados al cargo de miem- bro de mesa y la relación de dispensados al sufragio. m) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los pro- yectos a ser financiados con recursos de la Cooperación Técnica Internacional, en el ámbito de su competencia. n) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los for- matos establecidos, los procedimientos técnicos y/o ad- ministrativos en materia de su competencia. o) Implementar las normas técnicas de control inter- no, aprobadas por la Contraloría General de la Repúbli- ca, que sean de su competencia. p) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus compe- tencias, las quejas, consultas y petitorios que se presen- ten a la Institución. q) Realizar otras actividades, relacionadas a su ámbi- to de acción, que le sean encomendadas por la Jefatura Nacional.Artículo 54º.- La Subgerencia de Gestión Electoral está a cargo de un funcionario con nivel de Subgerente encargado de coordinar y supervisar el desarrollo de las actividades de producción, ensamblaje, despliegue, re-pliegue y archivo del material electoral. GERENCIA DE INFORMACIÓN Y EDUCACIÓN ELECTORAL Artículo 55º.- La Gerencia de Información y Educa- ción Electoral es un órgano dependiente de la Jefatura Nacional, está a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Gerente, encargado de conducir las accio-nes de orientación al elector, comunicación, información, difusión y motivación; así como de las relaciones públi- cas encaminadas a proyectar la identidad corporativa dela Institución. Artículo 56º.- La Gerencia de Información y Educa- ción Electoral está conformada por la Subgerencia deInformación y Educación Electoral. Artículo 57º.- La Gerencia de Información y Educa- ción Electoral tiene las siguientes funciones: a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponer el presupuesto de la Gerencia para ser incorporado alPlan Operativo Institucional y evaluar su ejecución de acuerdo a la normatividad vigente. b) Formular, proponer, dirigir, supervisar y evaluar la política y el plan de comunicaciones de la Oficina Nacio- nal de Procesos Electorales. c) Elaborar y producir la publicidad con fines de infor- mación y motivación al elector. d) Conducir y supervisar las actividades de imagen y protocolo institucional. e) Dirigir y conducir las relaciones públicas de la Ins- titución. f) Elaborar y proponer el diseño gráfico del material electoral y remitirlo a la Gerencia de Gestión Electoral. g) Ejecutar las acciones de comunicación interna y externa de la Institución. h) Elaborar la propuesta del diseño de los formatos y signos distintivos a ser utilizados por la Institución. i) Proponer, administrar y actualizar el contenido y definir el diseño de la página web institucional, en coordi- nación con las otras unidades orgánicas. j) Proponer el diseño y organización del sistema de difusión de la información y resultados electorales. k) Asesorar a las Oficinas Descentralizadas de Pro- cesos Electorales, a través de la Gerencia de Organiza-ción y Programación de Procesos Electorales, en lo refe- rente a las actividades de información al público, durante los procesos electorales. l) Brindar información, desde el inicio del escrutinio electoral, sobre el cómputo en las mesas de votación. m) Organizar los eventos de sorteos de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio, en la franja electoral y asignación de número de las organi- zaciones políticas locales y otros establecidos en las le-yes vigentes. n) Coordinar y supervisar la publicación de los resul- tados del sorteo de miembros de mesa y facilitar su co-municación a los ciudadanos que hayan sido designados para cumplir esta función. o) Actualizar la información que la Oficina Nacional de Procesos Electorales proporciona, a través del Portal del Estado Peruano a la ciudadanía. p) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyec- tos a ser financiados con recursos de la Cooperación Técnica Internacional, en el ámbito de su competencia. q) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los for- matos establecidos, los procedimientos técnicos y/o ad- ministrativos en materia de su competencia. r) Implementar las normas técnicas de control inter- no, aprobadas por la Contraloría General de la Repúbli- ca, que sean de su competencia. s) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus compe- tencias, las quejas, consultas y petitorios que se presen- ten a la Institución. t) Realizar otras actividades, relacionadas a su ámbi- to de acción, que le sean encomendadas por la Jefatura Nacional. Artículo 58º.- La Subgerencia de Información y Educa- ción Electoral está a cargo de un funcionario con nivel de Subgerente, encargado de coordinar, desarrollar y supervi- sar las acciones de comunicación interna y externa, infor-