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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2003 (19/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 28

PÆg. 248454 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la doctora Elia Carol Retiz Pereyra, como Fiscal Adjunta Provincial Provisio-nal del Distrito Judicial de San Martín, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de San Martín. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judi- cial de San Martín, Gerencia Central de Personal, Geren- cia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 13668 S B S Dejan sin efecto la Res. N” 275-2003 por la cual se autorizó al Banco de Co- mercio trasladar de lugar oficina es- pecial ubicada en la provincia deArequipa RESOLUCIÓN SBS Nº 1074-03 Lima, 14 de julio del 2003EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Comercio, para que se deje sin efecto la Resolución SBS Nº 275- 2003, mediante la cual la Superintendencia autorizó el traslado de la oficina especial que funciona en las instala-ciones de la Municipalidad Provincial de Arequipa, ubi- cada en Portal Municipal Nº 110, Cercado, provincia y departamento de Arequipa, hacia la calle El Filtro Nº 511de la misma localidad y dentro de las instalaciones de la citada Municipalidad; y, CONSIDERANDO: Que, el traslado de la citada oficina especial no se podrá realizar en vista que la Municipalidad Provincial de Arequipa ha suspendido el traslado de la Oficina de Ad- ministración Tributaria, en donde funciona la citada ofici-na especial; Que, el Banco de Comercio ha cumplido con presen- tar la documentación pertinente que justifica lo solicita-do; y, Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº090-2003-DESF "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financieroy del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden- cia de Banca y Seguros, Circular Nº B-1996-97; y, en vir- tud de las facultades delegadas mediante la ResoluciónSBS Nº 003-98; RESUELVE:Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 275-2003 de fecha 6 de marzo del 2003, mediante lacual se autorizó al Banco de Comercio el traslado de la oficina especial que funciona en las instalaciones de la Municipalidad Provincial de Arequipa, ubicada en Por-tal Municipal Nº 110, Cercado, provincia y departamen- to de Arequipa, hacia la calle El Filtro Nº 511 de la mis- ma localidad y dentro de las instalaciones de la citadaMunicipalidad. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 13549Otorgan facultades a conductores para que en representación de estudio deabogados lleven a cabo continuacióny culminación de proceso de liquida- ción del Banco Repœblica en Liquida- ción RESOLUCIÓN SBS Nº 1075-2003 Lima, 14 de julio de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Nº 961-2003 del 27 de ju- nio de 2003, esta Superintendencia de Banca y Segurosaprobó los Lineamientos Generales y los Términos de Referencia del Proceso de Selección por invitación de la persona jurídica a la que se encargará la continuidad yculminación del proceso liquidatorio del Banco República; en vista que el plazo y prórroga del contrato de locación de servicios suscritos con el Centro de Servicios y Ela-boración de Proyectos de Inversión de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, UNMSM-CESEPI, ven- ció el 12 de abril del presente año; Que, en acto administrativo realizado el día 9 de julio de 2003, con participación del Notario Público, Dr. José Barreto Boggiano, el Comité de Evaluación, órgano en-cargado de la conducción del referido Proceso de Selec- ción, declaró ganador al Estudio Alzamora Abogados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, en razón dehaber obtenido el mayor puntaje total en la evaluación de todas las propuestas presentadas; de conformidad a los criterios de evaluación aprobados por la Resolución SBSNº 961-2003; Que, el citado Estudio Alzamora Abogados ha desig- nado como conductores del proceso en mención, al se-ñor Francisco de la Villa Hillman y al señor Gerardo Car- los Reinhold Freiberg Puente; Que, resulta necesario otorgar las facultades necesa- rias a dicha persona jurídica ganadora a efectos de que pueda desarrollar debidamente el encargo que recibe; Contando con los vistos de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sis-tema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Artículo Primero.- Encomendar a partir de la fecha de suscripción del Contrato de Locación de Servicios, ala persona jurídica ganadora del Proceso de Selección, Estudio Alzamora Abogados Sociedad Civil de Respon- sabilidad Limitada, el que para estos efectos ha designadoal señor Francisco de la Villa Hillman, con DNI Nº 08242912 y al señor Gerardo Carlos Reinhold Freiberg Puente, con DNI Nº 07788002, como conductores paraque en su representación lleven a cabo la continuación y culminación del proceso de liquidación del Banco Re- pública en Liquidación, con las atribuciones contenidaspor la Resolución SBS Nº 455-99 del 25 de mayo de 1999 y sus modificatorias, así como las facultades de poder general y especial contenidas en los artículos 74º y 75ºdel Código Procesal Civil, concordantes con el artículo 368º de la Ley General, quienes asumirán la representa- ción y administración de la mencionada empresa en li-quidación, sin que sea necesario el otorgamiento de po- der por Escritura Pública ni por acta ante juez u otra au- toridad. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del Centro de Servicios y Elaboración de Proyectos de Inversión de la Universidad Nacional Mayor de San Mar-cos, UNMSM-CESEPI, como empresa liquidadora del Banco República en Liquidación, en la fecha en que se efectúe la transferencia del cargo encomendado segúnartículo anterior. Asimismo, en esa misma fecha se revo- can todos los poderes otorgados a UNMSM-CESEPI para el ejercicio del encargo asignado. Artículo Tercero.- Encargar al señor Guillermo Fran- cisco Villa Ortega, Superintendente Adjunto de Adminis-